Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2004 (25/11/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

Pag. 281000

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de noviembre de 2004

pectivo MORDAZA administrativo disciplinario contra los alumnos; Que, por Resolucion Rectoral Nº 628, del 16 de agosto del 2004, se aprobo el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Estudiantes, donde se MORDAZA el procedimiento a cumplir para el establecimiento de infracciones disciplinarias y las consecuentes sanciones a los estudiantes, y las instancias resolutivas pertinentes; Estando a la opinion legal emitida mediante Proveido Nº 033-2004-OCAL del 9 de noviembre de 2004; De conformidad a lo establecido en el articulo 8º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Estudiantes aprobado por Resolucion Rectoral Nº 0628, en concordancia con el articulo 52º del Estatuto de la Universidad; y a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesion Extraordinaria Nº 24 de fecha 29 de octubre del 2004. SE RESUELVE: 1º.- INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO a los estudiantes Uberlinda MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Huanco MORDAZA, con codigos universitarios, 980414I y 982207K, respectivamente, por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion, MORDAZA que sera conducido en su fase instructiva por la Comision Especial Ad Hoc conformada por Resolucion Rectoral Nº 0670, del 8 de setiembre del 2004, a la que se le remitira el expediente organizado al efecto, para que lo sustancie en el plazo perentorio e improrrogable de treinta (30) dias habiles a partir de la notificacion a los estudiantes, a cuyo termino debera alcanzarse el Informe Final correspondiente. 2º.- DISPONER, que los estudiantes procesados en mencion, para fines de su defensa deberan presentar sus descargos y pruebas pertinentes a la Comision Especial Ad Hoc dentro de los cinco (5) dias habiles de notificada o publicada en el Diario Oficial El Peruano la presente resolucion; haciendose saber que en el caso de optar en no ejercer su defensa, se resolvera en base a los documentos y demas medios probatorios obrantes en el expediente. 3º.- ESTABLECER, que la Comision Especial debera oir en Audiencia de Evaluacion Personal a realizarse a partir del octavo (8) dia de notificada o publicada la presente resolucion, a los alumnos procesados, acto en el cual podran estar asesorados por un abogado de su eleccion; debiendose fijar la hora dentro del horario de atencion al publico. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 21275 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL Nº 892 MORDAZA, 18 de noviembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 402-Rect.- de fecha 3 de noviembre del 2004, que adjunta la documentacion organizada con relacion a los alumnos que han sido identificados como presuntos autores o responsables de infracciones disciplinarias; CONSIDERANDO: Que, con el documento indicado en el visto, corre adjunto el Oficio Nº 3996-04-VII-DIRTEPOL-JSCC-CSADEINPOL de fecha 22 de setiembre de 2004, de la Comisaria de San MORDAZA, en el cual se describen las ocurrencias policiales acaecidas en esa fecha, en que fueron intervenidas por la Policia Nacional del Peru las siguientes personas, MORDAZA MORDAZA Arenaza MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Orbegozo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ampuero y

MORDAZA MORDAZA Ugaz Pena, identificados como alumnos de la Universidad Nacional de Ingenieria, con los codigos, 931258G, 2004.2216F, 2000.1001E, 2003.1030C, 2004.0452D, 2000.0156E, 2003.2580G, 2002.4039I y 2002.0040B, respectivamente; Que, en el Oficio remitido se informa que los estudiantes MORDAZA mencionados fueron intervenidos entre las 16.12 y 17.20 horas del dia 22 de setiembre del 2004, efectuando disturbios en la via publica y oponiendo violencia y resistencia a la autoridad policial, al momento de realizar protestas relacionadas a las presuntas irregularidades en la Universidad Nacional de Ingenieria, causando lesiones al personal de la Policia Nacional interviniente y alterando el orden publico; Que, los actos MORDAZA descritos, dada la forma y circunstancias en que han sido materializados, evidenciarian que los alumnos no estan dedicandose en forma responsable a su formacion humana, academica y profesional, ademas que con su accionar atentan contra el prestigio de esta MORDAZA de Estudios, sin que respeten los derechos de los demas miembros de la comunidad universitaria; asi como constituirian indicios razonables de su participacion o colaboracion en los distintos actos de violencia registrados en el interior del Campus Universitario, que han ocasionado multiples danos materiales e innumerables perdidas economicas a la Universidad; Que, dichos actos configuran por parte de los estudiantes, la presunta comision de infracciones disciplinarias a los deberes estudiantiles previstos en los incisos a), b), c) e i) del articulo 57º de la Ley Universitaria Nº 23733, lo cual da merito para que sea instaurado el respectivo MORDAZA administrativo disciplinario contra los alumnos; Que, por Resolucion Rectoral Nº 628, del 16 de agosto del 2004, se aprobo el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Estudiantes, donde se MORDAZA el procedimiento a cumplir para el establecimiento de infracciones disciplinarias y las consecuentes sanciones a los estudiantes, y las instancias resolutivas pertinentes; Estando a la opinion legal emitida mediante Proveido Nº 033-2004-OCAL del 9 de noviembre de 2004; De conformidad a lo establecido en el articulo 8º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Estudiantes aprobado por Resolucion Rectoral Nº 0628, en concordancia con el articulo 52º del Estatuto de la Universidad; y a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesion Extraordinaria Nº 24 de fecha 29 de octubre del 2004; SE RESUELVE: 1º.- INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO a los estudiantes MORDAZA MORDAZA Arenaza MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Orbegozo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ampuero y MORDAZA MORDAZA Ugaz Pena, con codigos universitarios, 931258G, 2004.2216F, 2000.1001E, 2003.1030C, 2004.0452D, 2000.0156E, 2003.2580G, 2002.4039I y 2002.0040B, respectivamente, por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion, MORDAZA que sera conducido en su fase instructiva por la Comision Especial Ad Hoc conformada por Resolucion Rectoral Nº 0670, del 8 de setiembre del 2004, a la que se le remitira el expediente organizado al efecto, para que lo sustancie en el plazo perentorio e improrrogable de treinta (30) dias habiles a partir de la notificacion a los estudiantes, a cuyo termino debera alcanzarse el Informe Final correspondiente. 2º.- DISPONER, que los estudiantes procesados en mencion, para fines de su defensa deben apersonarse ante la Comision Especial Ad Hoc dentro de los cinco (5) dias habiles de efectuada la notificacion de la presente resolucion, y presentar sus descargos y pruebas pertinentes; haciendose saber que en el caso de optar en no ejercer su defensa, se resolvera en base a los documentos y demas medios probatorios obrantes en el expediente. 3º.- ESTABLECER, que la Comision Especial debera oir en Audiencia de Evaluacion Personal a realizarse a partir del octavo (8) dia de efectuada la notificacion de la presente resolucion, a los alumnos procesados, acto en el cual podran estar asesorados por un abogado de su

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.