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PÆg. 278826 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de octubre de 2004 manera acceder al matrimonio religioso, disponiendo la celebración del “I Matrimonio Civil - Religioso Comunita-rio del año 2004”, teniendo en cuenta los procedimien- tos, formalidades y prerrogativas concedidas a los Al- caldes, de conformidad con lo dispuesto por los Artícu-los 248º y siguientes del Código Civil; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dis- puesto por el inciso 8)del Artículo 9º y el Artículo 40º de laLey Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Con- cejo Distrital de San Miguel, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE LA CELEBRACIÓN DEL “I MATRIMONIO CIVIL -RELIGIOSO COMUNITARIO DEL AÑO 2004” EN EL DISTRITO DE SAN MIGUEL Artículo Primero.- Disponer la celebración del “I Ma- trimonio Civil - Religioso Comunitario del Año 2004”, a realizarse el día Sábado 27 de noviembre de 2004, en el distrito de San Miguel; con la exoneración a las parejasque participen, del pago de los derechos que genere la tramitación de la solicitud de matrimonio civil, conforme al siguiente detalle: - 50% del derecho por Apertura de Expediente Matri- monial. - Certificado Medico Pre - Nupcial. - Ceremonia de Matrimonio Civil. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría de Ima- gen Institucional, a la Gerencia de Participación Vecinal y Promoción Social y a la Subgerencia de Registro Civil dela Municipalidad Distrital de San Miguel, la difusión de la celebración del “I Matrimonio Civil-Religioso Comunitario del año 2004”, así como la orientación de los interesa-dos respecto de los requisitos exigidos y verificación de los documentos. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 19008 Establecen exoneración al pago de de- rechos administrativos para el otorga- miento de asignación de numeración municipal, certificado de numeracióny/o de jurisdicción ORDENANZA Nº 58-MDSM San Miguel, 7 de octubre de 2004 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO:El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria, de fecha 10 de setiembre de 2004; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por los Artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional, Ley Nº 27680,en concordancia con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autono-mía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos yde administración, con sujeción al ordenamiento jurídi- co; Que, el segundo párrafo del Artículo I y el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalida-des, Ley Nº 27972, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobiernopromotores del desarrollo local, con personería de dere- cho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; y, representa al vecindario, promueve la ade-cuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circuns- cripción; Que, de acuerdo con el numeral 3.4 del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, son funciones de la municipalidades distritales disponerla nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeración predial; Que, los numerales 10.27, 10.28 y 10.29 de la Orde- nanza Nº 028-2001-MDS, establecen los procedimien- tos y el pago de los Derechos correspondientes, que deberán cumplir los contribuyentes para la obtención dela Asignación de Numeración Municipal, Certificado de Numeración y/o de Jurisdicción; Que, de la misma forma, la Norma II y la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario, esta- blecen que las ordenanzas son normas con rango equi- valente a Ley, a través de las cuales se pueden, con-forme lo dispuesto por la Constitución, crear, modificar, suspender o suprimir tributos y conceder beneficios tributarios; Que, de la misma forma, es necesario indicar que actualmente se vienen recibiendo solicitudes de los con- tribuyentes, quienes manifiestan su deseo de contar conla respectiva Asignación de Numeración Municipal; así como, con el Certificado de Numeración y/o Jurisdicción por los predios de su propiedad, pero que debido a lacrisis económica agobiante que atraviesa el país, no cuentan con los recursos económicos suficientes para realizar el pago de los Derechos Administrativos para laobtención de los documentos correspondientes; en tal sentido, solicitan la exoneración de los derechos admi- nistrativos en mención; Que, siendo política de esta Administración el brindar las mayores facilidades a los Administrados, para la re- gularización y saneamiento de sus predios en todos losaspectos, resulta viable atender a las solicitudes de exo- neración del pago de los derechos administrativos co- rrespondientes para la obtención de la Asignación deNumeración Municipal, Certificado de Numeración y/o de Jurisdicción a todos aquellos contribuyentes que no cuenten con dichos documentos, debiendo para ello, pre-sentar los requisitos establecidos en los numerales 10.27, 10.28 y 10.29 de la Ordenanza Nº 028-2001-MDSM, por un plazo determinado; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, elConcejo Distrital de San Miguel, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA SOBRE EXONERACIÓN AL PAGO DE LOS DERECHOS ADMINISTRATIVOS PARA EL OTORGAMIENTO DE ASIGNACIÓN DE NUMERACIÓN MUNICIPAL, CERTIFICADO DE NUMERACIÓN Y/O DE JURISDICCIÓN A LOS CONTRIBUYENTES DE SAN MIGUEL Artículo 1º.- NATURALEZA DEL BENEFICIO La presente Ordenanza establece la exoneración al pago de los Derechos Administrativos establecidos en los numerales 10.27, 10.28 y 10.29 de la OrdenanzaNº 028-2001-MDSM, para el otorgamiento de: Asigna- ción de Numeración Municipal, Certificado de Numera- ción y/o de Jurisdicción, a quienes se acojan a la pre-sente norma. Dentro de la exoneración señalada para el otorga- miento de la Asignación de Numeración Municipal, seencuentra el Derecho correspondiente al Control Técni- co, establecido en el numeral 10.27 de la citada orde- nanza. Artículo 2º.- ALCANCES DEL BENEFICIO El presente beneficio es de alcance para todos aque- llos contribuyentes que tengan predios ubicados dentro