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PÆg. 290777 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de abril de 2005 autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, de funcionarios, servidores públicos o representantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibi- dos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es apli- cable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Ex- terior y Turismo, así como la Dirección de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casos los viajes serán autorizados a través de resolución del Titular del Pliego respectivo, la misma que deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otor- gada al Perú por la Organización de Aviación Civil Interna- cional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones establecidas en el citado Con- venio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Aero Condor S.A.C., con Carta GO- 158E-2005, del 21 de marzo de 2005, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Per- sonal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunica- ciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efec- tuar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equi- po Boeing 737-200, en el Centro de Entrenamiento de Aeroservice de la ciudad de Miami, a su personal aeronáu- tico propuesto, durante los días 15, 16 y 17 de abril de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs. 9878 y 9879, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedi- miento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Co- municaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 592-2005-MTC/12.04-SDO designando al ins- pector Félix Alberto Alvarez Zevallos, para realizar los che- queos técnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 737-200, en el Centro de Entrenamiento de Aeroservice, al personal aeronáutico propuesto por la empresa Aero Con- dor S.A.C., en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 14 al 17 de abril de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aero- náutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos técnicos a que se contrae la Orden de Inspección Nº 592-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Félix Alberto Alvarez Zevallos, Inspector de la Dirección General de Ae- ronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 14 al 17 de abril de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Reso- lución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Aero Condor S.A.C. a través de los Recibos deAcotación Nºs. 9878 y 9879, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tari- fa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle : Viáticos US$ 880.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector men- cionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Minis- terial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Des- pacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Admi- nistración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obte- nidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 07257 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Designan sociedad de auditoría para realizar examen a estados financieros del INFES por el ejercicio 2004 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 171-2005-CG Lima, 11 de abril de 2005 Visto; la Hoja de Recomendación Nº 025-2005-CG/SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoría, sobre la revo- catoria de la designación de la sociedad de auditoría Weis & Asociados Sociedad Civil para realizar el examen a los estados financieros del Instituto Nacional de Infraestructu- ra Educativa y de Salud - INFES, por el ejercicio 2004; CONSIDERANDO:Que, con la Resolución de Contraloría Nº 461-2004-CG del 15.Nov.2004 correspondiente al Concurso Público de Méritos Nº 06-2004-CG, se designó a la sociedad de audi- toría Weis & Asociados Sociedad Civil para realizar el exa- men a los estados financieros del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, por el ejerci- cio 2004; Que, con la finalidad que se evalúe la aplicación de la incompatibilidad establecida en el artículo 27º del Reglamen- to para la Designación de Sociedades de Auditoría, aproba- do por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG, el Jefe del Órgano de Control Institucional del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES con el Oficio Nº 073-2005-OAI-INFES-VIVIENDA de 29.Mar.2005, comu- nicó a la Contraloría General de la República que durante el período 2004, el señor Ing. Gilberto Santos Villar, miembro del equipo de auditoría propuesto por la sociedad ha mante- nido vínculo contractual con el Instituto Nacional de Infraes- tructura Educativa y de Salud - INFES; Que, el literal a) del artículo 27º del referido Regla- mento establece como impedimento para participar en el concurso o ser designada, si las Sociedades, sus socios y/o personal profesional propuesto como integrante del equipo tienen o han mantenido dentro de los dos años anteriores al ejercicio por auditar, vínculo laboral o contrac- tual, bajo cualquier forma o modalidad, con la Entidad a examinar o con los titulares, representantes legales o fun- cionarios de ésta, incluyendo a los del período sujeto a examen; Que, el artículo 45º del Reglamento señala que si de- signada una sociedad se verifica el incumplimiento de las