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PÆg. 307422 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de diciembre de 2005 Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 21081 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 502-2005-MEM/DM Lima, 5 de diciembre de 2005 VISTO: El Expediente Nº 31176205, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro dePersonas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de imposición de servidumbre de ocupación de bienes de propiedad particular, para lainstalación de la subestación de distribución compacta del tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5053; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, hasolicitado imposición de servidumbre de ocupación de bienes particulares para la instalación de la subestación de distribución compacta del tipo pedestal para ServicioPúblico de Electricidad Nº 5053, ubicada con frente a la calle Malecón de la Reserva Nº 775, Nº 777, Nº 779 y Nº 781, distrito de Miraflores, provincia y departamentode Lima, según las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación de bienes de propiedad particular de J.G.J.PROYECTISTAS S.A.C., sobre un área de 2,50 metros cuadrados para la subestación de distribución, conforme consta en el Contrato de Servidumbre deOcupación de fecha 3 de enero de 2005, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia deservidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendode aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecida en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicaspertinentes; Que, del contenido de la solicitud de la concesionaria se desprende que se refiere a una solicitud dereconocimiento de servidumbre, razón por la cual, se ha procedido a encausar de oficio su solicitud de imposición de servidumbre a una solicitud de reconocimiento deservidumbre, conforme al numeral 1.3 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y numeral 3 del artículo 75º de lamisma Ley; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217º del Reglamento de la Leyde Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido conlos requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 270-2005-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz delSur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupaciónsobre el bien de propiedad de J.G.J. PROYECTISTAS S.A.C., para la instalación de la subestación dedistribución compacta del tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5053, ubicada con frente a la calle Malecón de la Reserva Nº 775, Nº 777, Nº 779y Nº 781, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, constituida mediante el Contrato de Servidumbre de Ocupación de fecha 3 de enero de2005, en los términos y condiciones estipulados en la misma. Cod. Exp. Descripción de la servidumbre Área de Propietario Tipo de servidumbre terreno 31176205 Subestación de Distribución Eléctrica Suelo: 2,50 m2J.G.J. U rbano Nº 5053. y aires Proyectistas Ubicación: distrito de Miraflores, S.A.C. provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vértice Este Norte A 279 417,476 8 658 245,318 B 279 417,142 8 658 243,245 C 279 418,524 8 658 243,023 D 279 418,739 8 658 244,356 Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 21082 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 503-2005-MEM/DM Lima, 5 de diciembre de 2005 VISTO: El Expediente Nº 31176805, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao,sobre solicitud de imposición de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad particular, indispensable para la instalación de la subestación dedistribución eléctrica compacta de tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5194; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la ResoluciónSuprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado imposición de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad particular,indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5194, ubicadacon frente al jirón Berta Morisot y jirón Benlliure, Urbanización San Borja, Noveno Sector, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, segúnlas coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede,se ha constituido servidumbre convencional de ocupación sobre un área de 12,00 metros cuadrados, de propiedad de Constructora e Inmobiliaria PiedraBlanca S.A.C., para la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5194, conforme consta enel Contrato de Servidumbre de Ocupación de fecha 3 de diciembre de 2004, cuya copia obra en el Expediente;