Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2005 (30/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES
ACORDO:

MORDAZA, viernes 30 de diciembre de 2005

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanzas de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA que modifican la determinacion de tasas por arbitrios correspondientes a los ejercicios 2002 al 2005
ACUERDO DE CONCEJO Nº 364 MORDAZA, 1 de diciembre de 2005 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 1 de diciembre del ano en curso el Oficio N° 516-2005MDJM/SG de 17-10-2005, del Secretario General de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, sobre ratificacion de la Ordenanza Nº 184-MJM, modificada por la Ordenanza N° 186-MJM, mediante las cuales se establece la Modificacion de la Determinacion de Tasas por Arbitrios para los ejercicios 2002 a 2005 correspondiente a esa jurisdiccion; y, CONSIDERANDO: Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido MORDAZA el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, MORDAZA el procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima; Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion y observancia de la normatividad vigente aprobo la Ordenanza, objeto de la ratificacion, remitiendola con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conjuntamente con la informacion y/o documentacion sustentatoria respectiva, la que tiene caracter de declaracion jurada; Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607, 727 y 830 emitidas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, teniendo en cuenta las Sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional en los Expedientes Nºs. 0041-2004-AI/TC y 000532004-PI/TC publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto de 2005, respectivamente, el Servicio de Administracion Tributaria - SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la informacion y/o documentacion presentada por la referida Municipalidad Distrital, la misma que tiene caracter de declaracion jurada, segun lo dispuesto por el Inc. b) del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 607-MML, concluyendo segun Informe Nº 004-082-000000343 que procede la ratificacion de la mencionada Ordenanza por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto; De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion Tributaria SAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 229-2005-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el MORDAZA electronico de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe);

Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza N° 184MJM, modificada por la Ordenanza Nº 186-MJM, de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, que establece la modificacion de determinacion de tasas por arbitrios en esa jurisdiccion, correspondiente a los ejercicios 2002 al 2005, por las consideraciones expuestas en el presente Acuerdo. Articulo Segundo.- El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion hasta el 31.12.2005, conjuntamente con el texto integro de las Ordenanzas Nºs. 184-MJM y 186-MJM y de los anexos que contienen el informe tecnico, los MORDAZA de estructuras de costos y estimacion de ingresos y los importes de las tasas por MORDAZA de arbitrio, dejandose establecido que la aplicacion de las citadas Ordenanzas incumpliendo las referidas condiciones, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 22011

Ratifican la Ordenanza Nº 227-MDMM, modificada por la Ordenanza Nº 233MDMM, sobre modificacion de determinacion de tasas por arbitrios en el distrito de MORDAZA MORDAZA por los ejercicios 2004 a 2005
ACUERDO DE CONCEJO Nº 389 MORDAZA, 13 de diciembre de 2005 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 13 de diciembre del ano en curso el Oficio Nº 001-09000002928 del Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 227-MDMM, modificada por la Ordenanza Nº 233-MDMM, por las "Que se Establecen el Regimen de Arbitrios de Limpieza Publica, de Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo ­ 2004­ 2005 en la jurisdiccion de la Municipalidad Distrital de MORDAZA del Mar". CONSIDERANDO: Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido MORDAZA el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, MORDAZA el procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion y observancia de la normatividad vigente aprobo la Ordenanza, objeto de la ratificacion, remitiendola con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conjuntamente con la informacion y/o documentacion sustentatoria respectiva, la que tiene caracter de declaracion jurada.

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