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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G37/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 16 de enero de 2005 Artículo Segundo.- Agradecer a la Comunidad Eu- ropea y al Instituto para Investigación Polar y MarinaAlfred Wegener de Alemania, la importante contribuciónefectuada al Instituto del Mar del Perú - IMARPE. Artículo Tercero.- Destinar los fondos donados úni- ca y exclusivamente al desarrollo de las actividades del citado Proyecto. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano, de la presente Resolución Directo-ral, dentro de los plazos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. GODOFREDO CAÑOTE SANTAMARINA Director Ejecutivo 00919 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº DE-003-2005 Callao, 12 de enero de 2005 VISTOS: El Acuerdo de Colaboración Interinstitucional suscri- to entre el Fondo de Cooperación Hispano-Peruana -FONCHIP y el Instituto del Mar del Perú - IMARPE para la Ejecución del Subproyecto "Cultivo Experimental de Choros en Sistemas Suspendidos en Pisco - Promocióny Cultivo del Choro en Pisco"; El Acuerdo del Consejo Directivo Nº 037-2003-CD/O de fecha 17.12.2003; Informe UTES Nº 242-2004 de fecha 28.12.2004; CONSIDERANDO: Que, el Objetivo del Acuerdo de Colaboración, es ejecutar promover el cultivo de choros aulacomia ater y Semimytilus algosus , en el área de Pisco, como alterna- tiva productiva o como complemento a la extracción enbancos naturales, realizada por la comunidad pesqueraartesanal; Que, el Acuerdo de Colaboración Interinstitucional en su Cláusula Quinta referida a Obligaciones del FON- CHIP, señala que se comprometen a financiar las etapas de la ejecución del Subproyecto, así como a efectuar ladonación de los recursos económicos para la realiza-ción de actividades señaladas en el anexo 2 del citadoSubproyecto; Que, en la Cláusula Octava, se señala que el monto de financiamiento concedido por el FONCHIP para la ejecución del Subproyecto es la suma de US$ 39,520.00,los que serán transferidos en dos partes; Que, el IMARPE, ha recibido el primer desembolso correspondiente a la suma de US$ 19,760.00, y corres-ponde recibir el segundo desembolso por idéntica suma; Que, conforme al informe de vistos, la Jefa (e) de la Unidad de Tesorería, ha informado que se ha recibidocon fecha 23 de diciembre del 2004 del Programa deCooperación Hispano Peruano el cheque por el importede US$ 19,760.00, el mismo que ha sido depositado enla Cuenta Corriente de la Entidad que mantiene en el Banco de Crédito del Perú; Que, la suma de US$ 19,760.00, al tipo de cambio de la fecha de depósito (S/. 3.230) asciende a la suma de S/. 63,824.80 (Sesenta y Tres Mil Ochocientos Veinticuatroy 80/100 Nuevos Soles); Que, la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala en su Artículo 69º so- bre Donaciones, que las donaciones dinerarias prove-nientes de instituciones nacionales o internacionales,públicas o privadas, diferentes a las provenientes de losconvenios de cooperación técnica no reembolsable,serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de Gobiernos Regio- nales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobier-nos Locales, consignando la fuente donante y el destinode estos fondos públicos."Que, asimismo, la citada norma señala que, dicha Resolución o Acuerdo según corresponda, serán publica-dos en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de ladonación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tri-butarias. En el caso de montos inferiores a las cinco (5)UITs la referida Resolución o Acuerdo se publicará obli- gatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles si- guientes de aprobada en la página web de la entidad,bajo responsabilidad; Con la visación del Director Científico, Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica, y Director (e) de la Oficinade Administración, Director (e) de la Oficina de Planifi- cación, Presupuesto y Evaluación de Gestión; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la donación que efectúa el Fondo de Cooperación Hispano Peruana - FONCHIP, en el marco del Acuerdo de Colaboración Interinstitucio- nal suscrito el 17 de diciembre de 2003 con el Institutodel Mar del Perú - IMARPE para la Ejecución del Subpro-yecto "Cultivo Experimental de Choros en Sistemas Sus-pendidos en Pisco - Promoción y Cultivo del Choro enPisco"; y que asciende a la suma de S/. 63,824.80, con- forme a los siguientes documentos: - Acuerdo de Colaboración Interinstitucional. - El Recibo de ingreso Nº 0001652. Artículo Segundo.- Destinar los fondos donados única y exclusivamente al desarrollo de las actividades del Subproyecto. Artículo Tercero.- Agradecer al Fondo de Coopera- ción Hispano-Peruana - FONCHIP, la importante contri-bución efectuada al Instituto del Mar del Perú - IMAR-PE. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano, de la presente Resolución Directo-ral, dentro de los plazos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. GODOFREDO CAÑOTE SANTAMARINA Director Ejecutivo 00917 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G34/G35/G20/G65/G6D/G69/G74/G69/G64/G61/G20/G70/G6F/G72 /G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G20/G4D/G6F/G6C/G69/G6E/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G69/G6E/G61/G66/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G61/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 374 Lima, 2 de diciembre de 2004 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 2 de diciembre de 2004, el Oficio Nº 001-090-000001797del Servicio de Administración Tributaria - SAT, sobreratificación de la Ordenanza Nº 045 emitida por la Mu-nicipalidad Distrital de La Molina por la cual modifican el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 014-98 que esta- blece los inafectos al pago de Arbitrios de LimpiezaPública, Parques y Jardines y Serenazgo, en sujurisdicción. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenan-zas en materia tributaria expedidas por las Municipali-dades Distritales deben ser ratificadas por las Municipa-