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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G33/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 26 de enero de 2005 ter asistencial o educacional, y mercancías provenien- tes de la Cooperación Técnica Internacional, respecti-vamente. d) Los concesionarios de los almacenes libres (Duty Free), e) Los beneficiarios de material de uso aeronáutico. Artículo 170º.- La autorización para operar, como despachador de aduana, a los dueños, consignatarios o consignantes se emite previa presentación de los si- guientes documentos: a) Persona natural 1. Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o carné de extranjería; 2. Título de Agente de Aduana expedido por la SU- NAT o acreditar a su representante legal conforme al artículo 167º; 3. Declaración jurada, que indique su domicilio legal, ser residente en el país, y carecer de antecedentes penales por delitos dolosos; 4. Carta fianza bancaria o póliza de caución, a favor de la SUNAT expresada en dólares de los Estados Uni- dos de América, cuyo monto será igual al 45 % del pro- medio obtenido de la suma del valor FOB de todas lasimportaciones realizadas en el ejercicio fiscal anterior. Tratándose de empresas nuevas el monto de la garantía será igual al 45 % del promedio obtenido de la suma delvalor FOB de todas las importaciones proyectadas en el ejercicio fiscal, detallado en el Plan Anual de Importacio- nes, entre el número de embarques a efectuar; 5. Copia de la licencia municipal de funcionamiento del local donde realizará sus actividades. b) Persona jurídica 1. Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o carné de extranjería del representante legal de la em- presa; 2. Copia del testimonio de la escritura pública de cons- titución de la sociedad debidamente inscrita en los Re- gistros Públicos, que señale como objeto social la reali- zación de los regímenes, operaciones y destinos adua-neros especiales o de excepción para las mercancías de su propiedad; 3. Declaración jurada de cada director y gerente, que indique su domicilio legal, residencia en el país y carecer de antecedentes penales por delitos dolosos; 4. Carta fianza bancaria o póliza de caución, a favor de la SUNAT expresada en dólares de los Estados Uni- dos de América, cuyo monto será igual al 45 % del promedio obtenido de la suma del valor FOB de todaslas importaciones realizadas en el ejercicio fiscal ante- rior. Tratándose de empresas nuevas el monto de la garantía será igual al 45 % del promedio obtenido de lasuma del valor FOB de todas las importaciones pro- yectadas en el ejercicio fiscal, detallado en el Plan Anual de Importaciones, entre el número de embarques a efec-tuar. 5. Copia de la licencia municipal de funcionamiento del local donde realizará sus actividades; 6. Los documentos que acrediten a su representante legal ante la autoridad aduanera y personal auxiliar de despacho, conforme a lo dispuesto en el artículo 167º; El dueño, consignatario o consignante que realice única y exclusivamente despachos del régimen de ex-portación no está obligado a presentar la garantía indi- cada en el presente artículo. Artículo 171º.- La autorización para operar, como despachador de aduana, a las Misiones diplomáticas, Oficinas Consulares, representaciones permanentes uorganismos internacionales, se emite previa presenta- ción de los siguientes documentos: a) Copia del documento que certifique su acredita- ción ante el Ministerio de Relaciones Exteriores; b) Garantía nominal a favor de la SUNAT;c) Los documentos que acrediten a su representante legal ante la autoridad aduanera y personal auxiliar de despacho, conforme a lo dispuesto en el artículo 167º.Artículo 172º.- La autorización para operar, como despachador de aduana, a las Entidades Religiosas, Ins-tituciones privadas sin fines de lucro receptoras de do- naciones de carácter asistencial o educacional, ENIEX, ONGD-PERU, se emite previa presentación de los si-guientes documentos: a) Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o carné de extranjería del representante legal de la ins- titución; b) Constancia de inscripción vigente en el Registro correspondiente que tiene a su cargo la Agencia Perua- na de Cooperación Internacional (APCI) del Ministerio de Relaciones Exteriores o; en el registro de entidadesexoneradas del Impuesto a la Renta de la SUNAT, según corresponda; c) Copia del testimonio de la escritura pública de cons- titución, inscrita en los Registros Públicos, señalando los fines y objetivos de la institución, cuando correspon- da; d) Nómina y declaración jurada de los miembros del consejo directivo, que indique su domicilio legal, ser resi- dente en el país, y carecer de antecedentes penales pordelitos dolosos, cuando corresponda; e) Garantía nominal a favor de la SUNAT; f) Copia de la licencia municipal de funcionamiento del local donde realiza sus actividades, cuando corres- ponda; g) Los documentos que acrediten a su representante legal ante la autoridad aduanera y personal auxiliar de despacho, conforme a lo dispuesto en el artículo 167º. Artículo 173º.- Los dueños, consignatarios o con- signantes, para su autorización, deben contar en su lo- cal con un sistema de comunicación de datos y equiposde cómputo que permitan su interconexión con la SU- NAT. SECCIÓN III De los despachadores oficiales Artículo 174º.- La SUNAT autoriza a operar a los despachadores oficiales, previa presentación de los si-guientes documentos: a) Copia de la resolución de nombramiento de des- pachador oficial emitida por la entidad pública solicitante; b) Acreditación de capacitación como despachador oficial expedida por la SUNAT, de acuerdo a la forma ycondiciones que establezca la SUNAT; c) Los señalados en los incisos b) y c) del artículo 167º. Asimismo, la entidad solicitante debe contar con un sistema de comunicación de datos y equipos de cómpu-to que permitan su interconexión con la SUNAT. SECCIÓN IV De los agentes de aduana Artículo 175º.- La SUNAT autoriza a operar a los agentes de aduana previa presentación de los siguien- tes documentos: a) Persona natural: 1. Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI); 2. Título de Agente de Aduana expedido por la SU- NAT; 3. Declaración jurada, que indique su domicilio legal, ser residente en el país, y carecer de antecedentes penales por delitos dolosos; 4. Carta fianza bancaria o póliza de caución por el monto de ciento cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América (US $ 150 000,00); 5. Copia de la licencia municipal de funcionamiento del local donde realizará sus actividades; 6. Los que acreditan a su personal auxiliar de despa- cho, conforme a lo dispuesto en el artículo 167º . b) Persona jurídica: