Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (06/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G34/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 6 de febrero de 2005 sitorio de Administración Regional Moquegua - CTAR Mo- quegua, por el período comprendido del 01 de enero del2002 al 31 de diciembre del 2002, incluyendo operacionesanteriores y posteriores al período citado; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, dispuso la ejecución de una acción de control al Consejo Transitoriode Administración Regional Moquegua - CTAR Moquegua, orientado a determinar si los recursos financieros y presu- puestarios asignados a la entidad fueron utilizados ade-cuadamente, en concordancia con los objetivos estableci-dos y de acuerdo a la normativa aplicable; Que, como resultado de la acción de control practicada, la Comisión Auditora ha determinado irregularidades en la re- cepción y distribución de cemento donado a los damnificados de la zona con ocasión del sismo del 23.JUN.2001, cuyafinalidad era brindar apoyo a los centros educativos mediantela construcción de losas deportivas donde posteriormente sefabricarían aulas prefabricadas; habiéndose evidenciado laentrega de 14 541 bolsas por valor de S/. 250 105,20 para fines distintos a los establecidos; así como un faltante de 1 280 bolsas de cemento por un valor equivalente a S/. 22016,00; hechos que evidencian la existencia de indicios razo-nables que hacen presumir la comisión del delito de Abusode Autoridad y Peculado, previstos y penados en los artículos376º y 387º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con-trol y de la Contraloría General de la República, constituyeatribución de este Organismo Superior de Control, disponerel inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmedia-ta, por parte del Procurador Público, en los casos en que la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendoautorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judicia-les de la Contraloría General de la República, el inicio de lasacciones legales respectivas contra los presuntos respon-sables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con establecido en el literal d) del artí- culo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con-trol y de la Contraloría General de la República, y el Decre-to Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría Generalde la República, para que en nombre y representación delEstado, inicie las acciones legales por los hechos expues-tos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para tal efecto los antece- dentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 02724 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G64/G65/G6C/G20 /G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20 /G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20 /G43/G61/G72/G72/G65/G74/G65/G72/G61/G54/G72/G61/G6E/G73/G6F/G63/G65/GE1/G6E/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 053-2005-CG Lima, 3 de febrero de 2005 VISTO; el Informe Especial Nº 011-2005-CG/OEA, re- sultante del Examen Especial practicado al Proyecto Espe-cial Carretera Transoceánica, por el período comprendidodel 1.ENE.2002 al 31.DIC.2003, incluyendo operacionesanteriores y posteriores al período citado; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, a través del Oficio Nº 0988-2004-CG/DC de 07.MAY.2004 dispusouna acción de control al Proyecto Especial Carretera Tran- soceánica con relación a verificar si los recursos asignadospara la construcción y mantenimiento de Infraestructuravial, fueron utilizados para el cumplimiento de metas y lo- gro de los objetivos de la entidad con criterios de eficien- cia, eficacia, transparencia y economía en concordanciacon la normatividad aplicable; Que, como resultado de la acción de control practica- da, la Comisión Auditora ha determinado que en la ejecu-ción de la obra "Construcción de Aulas Taller CEO PUNO", ejecutada como parte del Programa de Emergencia de la Zona Sur, en virtud al Convenio Nº 007-2003 de12.MAY.2003, suscrito entre el Proyecto Especial Carrete-ra Transoceánica y el Gobierno Regional Puno, se efectua-ron diversos gastos en bienes y servicios por un monto deS/. 94 763,87, que no corresponden a la obra, afectando el servicio, dado que al término del estado de emergencia los trabajos sólo alcanzaron un avance de 35,38%; he-chos que denotan la existencia de indicios razonables dela comisión de los delitos de Omisión, Rehusamiento oDemora de actos funcionales y de Malversación, previstosy penados en los artículos 377º y 389º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con-trol y de la Contraloría General de la República, constituyeatribución de este Organismo Superior de Control, dispo-ner el inicio de las acciones legales pertinentes en formainmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que la ejecución directa de una acción de control se encuentre presunción de ilícito penal, correspondiendoautorizar al Procurador Público a cargo de los asuntosjudiciales de la Contraloría General de la República, elinicio de las acciones legales respectivas contra los res-ponsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el literal d) del artículo 22º, de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Con-traloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría Generalde la República, para que en nombre y en representacióndel Estado, inicie las acciones legales por los hechos ex-puestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 02723 DEFENSORÍA DEL PUEBLO /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G61/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G6C /G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G75/G65/G62/G6C/G6F RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 002-2005/DP Lima, 4 de febrero de 2005 Vistos; el Memorando Nº 008-2005-DP-GA, remitido por la Jefa del Gabinete de Apoyo del Defensor del Pueblo porel que se solicita la emisión de la resolución que encargue el Despacho Defensorial por necesidad del servicio, del 7 al 13 de febrero del presente año, durante la ausencia delDefensor del Pueblo en funciones; y, CONSIDERANDO: Que, la Defensoría del Pueblo tiene encomendada la defensa de los derechos constitucionales y fundamentalesde la persona y de la comunidad, así como la supervisióndel cumplimiento de los deberes de la administración esta-tal y de la prestación de los servicios públicos, de conformi- dad con lo dispuesto por los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Estado y la Ley Nº 26520, LeyOrgánica de la Defensoría del Pueblo; Que, por motivos personales, el doctor Walter Albán Peralta, Defensor del Pueblo en funciones, deberá ausen-