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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (06/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 26

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G34/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 6 de febrero de 2005 dancia a sus objetivos y de acuerdo a la normatividad vigente; ampliándose el Examen Especial a la Municipali-dad Distrital de San Juan, mediante Oficio Nº 263-2004-CG/DC; Que, como resultado del citado Examen Especial, la Comisión Auditora ha determinado que un funcionario con-juntamente con un servidor del ex CTAR Cajamarca omitie-ron sus funciones al aprobar el Expediente Técnico de laobra denominada "Ampliación de la Red de Alcantarilladodel Distrito de San Juan", el cual contenía una sobrestima- ción en el presupuesto de la obra y un mayor metrado, conllevando a que se valorice en exceso el costo real de lamisma; asimismo, se ha podido determinar que servidoresdel actual Gobierno Regional de Cajamarca dieron trámitey declararon conforme la rendición de gastos presentadospor la Municipalidad de San Juan y posteriormente elabo- raron la liquidación técnica financiera de la obra, la cual contiene gastos no relacionados con ésta y gastos extem-poráneos a la fecha de culminación de la misma, benefi-ciando de este modo a la entidad encargada de ejecutar laobra; hechos que constituyen indicios razonables de lapresunta comisión del delito de Abuso de Autoridad, en su modalidad de Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales y del delito de Corrupción de Funcionarios enla modalidad de Aprovechamiento Indebido del Cargo, pre-vistos y penados en los Artículos 377º y 397º del CódigoPenal, respectivamente; Que, a su vez se ha determinado que un servidor del ex CTAR y un funcionario y servidores de la Municipalidad de San Juan emitieron el Informe Final de Obra, que indicaque realizaron oportunamente pruebas de control, cuandoen realidad éstas no se realizaron en su totalidad o fueronextemporáneas; asimismo, se ha podido establecer queun funcionario y servidores de la Municipalidad de San Juan consignaron en las planillas de jornales un número mayor de obreros del que realmente participaron en laobra, y simularon el alquiler de una plancha compactadora;hechos que han generado un perjuicio económico para elEstado, ascendente a S/. 15 935,70 y constituyen indiciosrazonables de la presunta comisión del delito de Falsifica- ción de Documentos en la modalidad de Falsedad Ideoló- gica, previsto y penado en el Artículo 428º del CódigoPenal; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la Repú- blica, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinen-tes en forma inmediata, por parte del Procurador Público,en el caso que en la ejecución directa de una acción decontrol se encuentre daño económico o presunción deilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legalesrespectivas contra los presuntos responsables y los he-chos comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y del Decreto Ley Nº 17537 y sus modificaciones; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación delEstado, inicie e impulse las acciones legales por los he-chos expuestos y contra los presuntos responsables com-prendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para talefecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 02721 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 052-2005-CG Lima, 3 de febrero de 2005 VISTO, el Informe Especial Nº 010-2005-CG/ZN, resul- tante del Examen Especial practicado al Consejo Transi-torio de Administración Regional de Ica - CTAR Ica, actual-mente Gobierno Regional de Ica, por el período compren- dido entre Ene.2002 y Dic.2002, considerando operacio-nes anteriores y posteriores; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control Año 2003 de la ex Gerencia de Gobiernos Regionales y almandato legal establecido en el literal a) del Artículo 82ºde la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regio-nales, la Contraloría General de la República efectuó un Examen Especial en el Consejo Transitorio de Adminis- tración Regional Ica, sin perjuicio de revisar, de acuerdo alas circunstancias, operaciones del Gobierno Regional deIca, orientado, entre otros, a determinar si el pago de re-muneraciones, incentivos laborales, bonificaciones y de-más beneficios se realizaron de acuerdo a la normativa aplicable; Que, la Comisión Auditora ha determinado que el Go- bierno Regional de Ica, aprobó una Directiva por lo cual sedispuso el pago de una Bonificación por ResponsabilidadFuncional, el cual fue realizado en los meses de abril, mayoy junio 2003, beneficiando a cinco funcionarios de la Sede Central, disponiendo irregularmente de saldos de la parti- da destinada al pago de remuneraciones (Personal y Obli-gaciones Sociales), generando un perjuicio a la entidadascendente a la suma de S/. 23 673,06; para posterior-mente, calificar dicha bonificación, a la cual se le habíadado un carácter remunerativo, como un incentivo y/o estí- mulo a fin de poder aplicarle lo dispuesto por la Ley Nº 27968 del 22.May.2003, por lo cual dicha regularizacióndeviene en irregular; existiendo indicios razonables de lapresunta comisión de los delitos de Peculado y Abuso deAutoridad, en su modalidad de Omisión, Rehusamiento oDemora de Actos Funcionales, previstos y penados en los Artículos 387º y 377º del Código Penal, respectivamente; Que, en atención a los hechos expuestos y habiéndo- se acreditado como consecuencia de la acción de controlpracticada, la existencia de presunción de ilícito penal, enlos que se encuentran involucrados funcionarios y ex fun-cionarios del Gobierno Regional de Ica, que desempeñan y han desempeñado función pública en la misma, corres- ponde a la Contraloría General de la República procederconforme a sus atribuciones; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la Repú- blica, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinen-tes en forma inmediata, por parte del Procurador Público,en los casos en que en la ejecución directa de una acciónde control se encuentre presunción de ilícito penal, corres-pondiendo autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la Repú- blica, el inicio de las acciones legales respectivas contralos presuntos responsables comprendidos en el Informede Visto; y, De conformidad con el inciso d) del Artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge- neral de la República, para que en nombre y represen- tación del Estado, inicie las acciones legales por los he-chos expuestos, contra los presuntos responsables com-prendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para elefecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 02722 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 054-2005-CG Lima, 3 de febrero de 2005 VISTO; el Informe Especial Nº 012-2005-CG/ORAR, resultante del Examen Especial efectuado al Consejo Tran-