Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2005 (14/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2005
Periodicidad Semestral

Reaseguros), el traslado de su Oficina Principal ubicada en la Av. Salaverry Nº 2624, distrito de San MORDAZA, al local ubicado en la Av. Armendariz Nº 339, distrito de Miraflores, MORDAZA en la provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 12499

Aprueban Reglamento de las Empresas de Transferencia de Fondos (ETF)
RESOLUCION SBS Nº 1025-2005 MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: CONSIDERANDO: Que, el articulo 17º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, considera a las Empresas de Transferencia de Fondos, en adelante ETF, como empresas de servicios complementarios y conexos, las cuales se encuentran bajo la supervision y control de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; Que, para una adecuada supervision integral de las ETF, se deben actualizar las normas emitidas por esta Superintendencia relativas a la organizacion, funcionamiento, adecuacion y MORDAZA de informacion contable de dichas empresas, asi como emitir nuevas regulaciones relativas a sus operaciones, red de oficinas, funcionamiento, medidas prudenciales, de seguridad y sancion, entre otros, a efectos de conformar un unico cuerpo normativo; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, Riesgos y de Asesoria Juridica, asi como la Gerencia de Estudios Economicos; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 3, 9 y 18 del articulo 349º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento de las Empresas de Transferencia de Fondos (ETF), que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Agregar un MORDAZA parrafo al articulo 10º, asi como un literal e) al numeral III "Empresas de Servicios Complementarios y Conexos" del Anexo "Actividades Programadas" del "Reglamento de Auditoria Interna" aprobado mediante Resolucion SBS Nº 1041-99, conforme los siguientes textos: Articulo 10º...................................................................................... "Las Empresas de Transferencia de Fondos (ETF) cuyo promedio de fondos transferidos en los ultimos 12 meses sea igual o supere a las 4000 UITs, deben contar con un Auditor Interno a tiempo completo. El Auditor Interno de las ETF cuyo citado promedio sea inferior a las referidas 4000 UITs, puede ser contratado a tiempo parcial y bajo cualquier modalidad, debiendo cumplir con los requerimientos y funciones senalados en el presente reglamento." III Empresas de Servicios Complementarios y Conexos ..................................................................................... Literal e) "Las ETF deberan incluir en el Plan de Trabajo anual de la Unidad de Auditoria Interna, las siguientes actividades permanentes, con su respectiva periodicidad de ejecucion:

Actividad a) Verificacion del registro contable de las comisiones cobradas por transferencia de fondos. Incluye verificacion de comisiones cobradas a empresas del exterior por la entrega de fondos a beneficiarios en el Peru. b) Verificacion de la adecuada identificacion y control de los fondos disponibles propios y de terceros, objetos del servicio. c) Cumplimiento de plazos para la entrega de fondos a terceros de acuerdo a las politicas y normas internas establecidas por la empresa, los compromisos asumidos con los usuarios, asi como la adecuada publicidad e informacion a los clientes. d) Verificacion del cumplimiento del limite operativo de la empresa referido a fondos disponibles. e) Verificacion del adecuado registro, elaboracion y conservacion de la informacion referida a Anexos y Reportes remitidos a esta Superintendencia. f) Evaluacion del nivel de reclamos presentados por los usuarios a la empresa y del tratamiento otorgado. g) Evaluacion de la adecuacion de la empresa a las normas aplicables sobre administracion de Riesgos de Operacion y Tecnologia de Informacion. h) Verificacion del cumplimiento de Acuerdos del Directorio i) Evaluacion del cumplimiento de las recomendaciones formuladas por la unidad de auditoria interna, los auditores externos y por esta Superintendencia; j) Informe sobre el Avance del Plan Anual de Control k) Informe sobre la adecuada supervision y centralizacion de operaciones de los Agentes, en caso de contar con ellos. l) Las demas evaluaciones y los informes que las empresas deben realizar periodicamente conforme las disposiciones vigentes de esta Superintendencia.

Semestral

Semestral

Trimestral Semestral

Anual Anual

Semestral Semestral

Semestral Semestral

No aplica

Articulo Tercero.- Agregar un numeral 2 en el Rubro V "Otras empresas no senaladas en los numerales anteriores" del Anexo "Informes complementarios a cargo de las sociedades de auditoria externa" del "Reglamento de Auditoria Externa" aprobado mediante Resolucion SBS Nº 1042-99, conforme el siguiente texto: V. Otras empresas no senaladas en los numerales anteriores 1. .............................................................................. "2. En el caso de las Empresas de Transferencia de Fondos (ETF), la sociedad de auditoria externa debera efectuar, adicionalmente, evaluaciones de los siguientes temas: a) Evaluacion de las politicas y procedimientos de recepcion y envio de ordenes de transferencia de fondos. b) Apreciacion sobre la adecuada identificacion por parte de la empresa, de los grupos economicos y personas naturales y juridicas vinculadas segun los criterios establecidos por esta Superintendencia. c) Evaluacion de los procedimientos de registro, supervision y centralizacion de las operaciones de los Agentes, asi como de las realizadas con los corresponsales. d) Apreciacion sobre el cumplimiento del limite operativo referido a fondos disponibles compatibles con el volumen de operaciones. e) Verificacion del adecuado cumplimiento del tratamiento de los reclamos presentados por los usuarios. f) Evaluacion sobre la adecuada administracion de los Riesgos de Operacion, incluyendo la suficiencia de las polizas de seguros contratadas, en cuanto a las condiciones y montos que cubran los riesgos principales del servicio de transferencia de fondos. Articulo Cuarto.- Incorporese al Capitulo V "Anexos y Reportes a los Estados Financieros" del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, el Reporte Nº 26 denominado "Movimientos de transferencia de fondos" y el Reporte Nº 27 "Costos por Transferencias de Fondos", conforme los formatos que se

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