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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2005 (14/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 65

PÆg. 296669 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de julio de 2005 adjuntan a la presente norma, cuya periodicidad será mensual y deberá ser remitido a esta Superintendencia por todas las empresas del sistema financiero que de acuerdo a sus operaciones autorizadas o esquemamodular pueden realizar operaciones de recepción y/o envío de fondos, dentro de los 15 días calendario poste- riores al cierre de cada mes. La remisión de dichos Re-portes será en forma impresa, y, desde el momento que se solicite, por medio del Submódulo de Captura y Vali- dación Externa (SUCAVE). Artículo Quinto.- Modifíquese el Manual de Conta- bilidad para las Empresas del Sistema Financiero, apro- bado mediante Resolución SBS Nº 895-98 del 1 de se-tiembre de 1998 y sus normas modificatorias y comple- mentarias, conforme a lo siguiente: a) En el Capítulo IV, sustituir la descripción de la sub- cuenta 2101.07 "Giros por pagar", por el siguiente texto: "Registra el monto de los giros recibidos por la em- presa para ser pagados. Se entiende por giro, a la entre- ga en dinero por parte de un ordenante, sin utilizar cuen-tas de la empresa, para ser entregado en efectivo a un beneficiario, en la misma plaza u otra distinta." b) En el Capítulo IV, sustituir la descripción de la sub- cuenta 2101.08 "Transferencias por pagar", por el si- guiente texto: "Registra el monto de las transferencias recibidas por la empresa para ser pagadas. Se entiende portransferencia, a la autorización para que la empresa debite en la cuenta del ordenante, un determinado monto, para ser abonado en otra cuenta del propioordenante o de un tercero beneficiario, en la misma plaza u otra distinta." Artículo Sexto.- Modificar el procedimiento Nº 8 "Autorización para constitución de Empresas de Trans- ferencia de Fondos" del Texto Único de Procedimien-tos Administrativos – TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fon- dos de Pensiones aprobado mediante Resolución SBSNº 131-2002, así como incorporar los procedimientos 103 "Autorización de adecuación de Empresas de Transferencia de Fondos", 104 "Reorganización so-cietaria y disolución voluntaria de Empresas de Trans- ferencia de Fondos", 105 "Cese de operaciones de transferencia de fondos", y 106 "Autorización paratransferir acciones por encima del 10% del capital social - ETFs", conforme los textos que se adjuntan a la presente Resolución. Artículo Sétimo.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, fecha a partir de la cual que-darán derogadas las Circulares Nºs. ETF-001-97 del 16 de mayo de 1997; ETF-002-97 del 29 de setiembre de 1997; ETF-003-99 del 17 de mayo de 1999; y ETF-004-99 del 11 de noviembre de 1999. La remisión de los Reportes Nº 26 "Movimientos de Empresas de Transfe- rencia de Fondos" y Nº 27 "Costos por Transferenciasde Fondos", deberá efectuarse, a más tardar, a partir del cierre del mes de setiembre y julio de 2005, respectiva- mente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones REGLAMENTO DE LAS EMPRESAS DE TRANSFE- RENCIA DE FONDOS CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES Alcance y Definiciones.- Artículo 1º.- El presente Reglamento es aplicable a las Empresas de Transferencia de Fondos y su red de oficinas, en adelante ETF, así como, en lo pertinente, alas personas jurídicas y naturales que en calidad de agentes y corresponsales intervengan en alguna fase de sus operaciones.Para efectos del presente Reglamento considérense las siguientes definiciones: a) Beneficiario: Persona a favor de la cual se remiten los fondos que envía el ordenante. b) Días: Días calendario, salvo que se indique lo con- trario. c) ETF: Empresa de Transferencia de Fondos. d) Ley General: Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten-dencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modifi- catorias. e) Ordenante: Persona que remite fondos a través de una ETF, a otra persona (beneficiario) ubicada gene- ralmente en una plaza geográfica distinta. f) Reglamento: Reglamento de las Empresas de Trans- ferencia de Fondos. g) Superintendencia: Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pen-siones. h) Transferencia de Fondos: Actividad consistente en la recepción de fondos en efectivo de un ordenante,para ser entregados al beneficiario designado por el or- denante. Empresas de Transferencia de Fondos Artículo 2º.- Se considera Empresa de Transferen- cia de Fondos a aquella empresa que según su estatutosocial tiene como giro principal la actividad de ofrecer al público en general el servicio de recepción de órdenes de transferencia de fondos conforme a instrucciones delos ordenantes y/o su puesta a disposición de los co- rrespondientes beneficiarios. La actividad de transfe- rencia de fondos se puede realizar como representantede empresas de alcance internacional o en forma inde- pendiente mediante contratos suscritos con empresas corresponsales del exterior. También se considera ETF para los efectos de la Ley General y la regulación que sobre dichas empre- sas emita la Superintendencia, a aquellas empresasque realizan el servicio descrito en el párrafo ante- rior como actividad accesoria y complementaria a su giro principal, por montos cuyo promedio de los últi-mos 12 meses, obtenido en base a los promedios mensuales de sus operaciones de transferencia de fondos recibidos y enviados, supere un monto equi-valente a 200 Unidades Impositivas Tributarias du- rante los seis meses consecutivos posteriores de haber alcanzado dicho nivel. Para efectos del cóm-puto del monto promedio antes señalado, se consoli- darán los servicios de transferencia de fondos de aquellas empresas que se encuentren vinculadas porriesgo único conforme los criterios establecidos en las normas emitidas por la Superintendencia. En este caso, la empresa vinculada con mayor volumen deservicios de transferencias se considerará como ETF, debiendo centralizar y proporcionar la información que se requiera del resto de sus empresas vincula-das que ofrecen dicho servicio, ya sea en su repre- sentación y/o en forma independiente. Para el cóm- puto antes señalado, también se tomará en conside-ración los servicios ofrecidos mediante la respectiva red de oficinas y/o agentes. La presente definición no incluye a los concesiona- rios de servicios postales formalmente autorizados que realicen servicios de remesa postal conforme las nor- mas vigentes, siempre y cuando los montos totales deremesa postal no superen el promedio señalado en el párrafo anterior. Red de Oficinas.- Artículo 3º.- Las ETF pueden realizar sus operacio- nes y atender al público, a través de oficinas de lassiguientes categorías: Oficina principal: Es el establecimiento central constituido como domicilio legal de la ETF, en donde se encuentra la alta dirección que organiza, adminis- tra y dirige las actividades y negocios que son propiosdel objeto social de la institución, y que puede realizar cualquiera de los servicios y operaciones permitidas a la empresa. Supervisa a todos los agentes que ac-túan en representación de la ETF. Centraliza la conta- bilidad de la empresa y puede llevar contabilidad pro- pia.