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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2005 (14/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 63

PÆg. 296667 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de julio de 2005 Que asimismo la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica viene fortaleciendo su Patrimonio, mediante la capitalización de las utilidades correspondientes al ejer- cicio 2004 e incrementando su Reserva Legal, encon-trándose además comprometida en un proceso de for- talecimiento de otra empresa del Sistema de Cajas Mu- nicipales de Ahorro y Crédito, de acuerdo a lo estipuladoen la Ley Nº 28393; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación del Sistema Financiero "F" mediante Infor-me Nº DESF "F" 024-2005 y a la opinión emitida por la Federación Peruana de Cajas Municipales de Aho- rro y Crédito mediante Oficio Nº 093-2003-FEPCMAC; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistemade Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Ban- ca y Seguros, Ley Nº 26702; la Circular SBS Nº CM- 334-2005; el procedimiento administrativo Nº 11 del Tex-to Único de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Resolución SBS Nº 131-2002, modificada por Resolución SBS Nº 1276-2002; y en virtud de la facultaddelegada por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica, la apertura de una Agencia ubicada en la calle Bolognesi Nº 240, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- La apertura de la agencia autorizada por la presente Resolución, está sujeta al cumplimiento de los parámetros acordados expresa-mente por el Directorio de la Caja Municipal de Aho- rro y Crédito de Ica, en su Sesión de fecha 14 de febrero de 2005. Asimismo, la agencia autorizadaestará sujeta a las medidas prudenciales que conside- re conveniente establecer este Organismo de Supervisión y Control, así como a las modificacionesque esta Superintendencia pueda introducir a los compromisos antes señalados, conforme a lo esti- pulado en el procedimiento Nº 11 del TUPA vigente deesta Superintendencia. El Directorio y la Gerencia Mancomunada deberán velar por el estricto cumplimiento del compromiso asu-mido para operar en la provincia de Lima, así como infor- mar periódicamente a este Órgano de Control sobre la evolución de los indicadores establecidos para sus ope-raciones, tanto en la provincia de Lima, como a nivel consolidado. Artículo Tercero.- Conforme se indica en el numeral 11.6 de la Circular Nº CM-0321-2004, dentro de los siete (7) días calendario de formalizada la apertura, la Caja Municipal de Ica deberá reportar a esta Superintendencialas acciones realizadas en el Anexo B "Movimiento de Oficinas" de la precitada Circular. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 12469 Modifican la Res. N” 946-2005 en el extremo referido a dirección de agen- cia del Banco del Trabajo RESOLUCIÓN SBS Nº 1001-2005 Lima, 5 de julio de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco del Trabajo para que se rectifique la denominación de la provincia a la quepertenece la agencia ubicada en el distrito de Huacho, departamento de Lima; y,CONSIDERANDO: Que la citada empresa manifiesta haber incurrido en un error en la redacción de la provincia que se especifi-có en su solicitud de traslado de la agencia ubicada en el distrito de Huacho, departamento de Lima; y, Que mediante Resolución SBS Nº 946-2005 del 20.6.2005, se autorizó el traslado de la mencionada agen- cia de Av. Grau Nº 236-240 a Av. 28 de Julio Nº 377-381, distrito de Huacho, provincia de Huaral, departamentode Lima; Que en su solicitud de rectificación, el Banco del Tra- bajo indica que la denominación correcta para la provin-cia en que se encuentra ubicada la citada agencia es Huaura, departamento de Lima; Estando a lo informado por el Intendente del Depar- tamento de Evaluación del Sistema Financiero "D", me- diante Informe Nº DEB "D" 092-OT/2005-; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten- dencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Único.- Modificar la Resolución SBS Nº 946- 2005 en el extremo referido a la ubicación de la agencia sita en Av. 28 de Julio Nº 377-381, distrito de Huacho, provincia de Huaral, departamento de Lima, siendo ladirección correcta Av. 28 de Julio Nº 377-381, distrito de Huaura, departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 12497 Autorizan a Latina Seguros y Reasegu- ros el traslado de su Oficina Principalal distrito de Miraflores, provincia deLima RESOLUCIÓN SBS Nº 1002-2005 San Isidro, 5 de julio de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTAS:La solicitud presentada por Latina Seguros y Rease- guros (antes Generali Perú Compañía de Seguros yReaseguros) para que se autorice el traslado de su Ofi- cina Principal ubicada en la Av. Salaverry Nº 2624, distri- to de San Isidro, al local ubicado en la Av. ArmendárizNº 339, distrito de Miraflores, ambas en la provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, en aplicación del numeral 3.2 de la Circular SBS Nº S-612-2005, la empresa solicitante ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación que sustenta el traslado de oficina; Estando a lo opinado por el Departamento de Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros "A" mediante In- forme Nº 055-2005-ASSSA; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten-dencia de Banca y Seguros y modificatorias, la Circular Nº S-612-2005 y la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a Latina Seguros y Rea- seguros (antes Generali Perú Compañía de Seguros y