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PÆg. 296673 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de julio de 2005 sido incluidas en la definición de ETF del artículo 2º del presente reglamento, y cuyos ingresos por trans- ferencias de fondos son mayores al 60% de sus in- gresos anuales. En los demás casos, se deberá remi-tir una comunicación explicando los motivos corres- pondientes. Las ETF que dejen de realizar el servicio de trans- ferencia de fondos podrán solicitar a la Superinten- dencia que no las considere como tales y emita la correspondiente Resolución de cese en el servicio detransferencia de fondos, cancelándose la respectiva autorización de funcionamiento o adecuación, según corresponda. Para tal efecto, presentarán la documentación con- table y financiera que demuestre el cese de las opera- ciones de transferencia de fondos, copias certifica-das de las actas del órgano social correspondiente que decide el cese de operaciones de transferencia de fondos, copias de la resolución de los contratoscon sus corresponsales y agentes, así como copia de las comunicaciones que deben exhibir en sus ofici- nas haciendo de conocimiento del público que ya norealizan transferencias de fondos. Una vez emitida la Resolución de cese en el servicio de transferencia de fondos, la misma debe exhibirse en sus oficinas quetienen contacto con el público, durante los tres meses posteriores a la fecha de la citada Resolución. CAPÍTULO III INFORMACIÓN CONTABLE Y ESTADÍSTICA Plan Contable.- Artículo 15º.- Las ETF deben utilizar el Plan Con- table General Revisado para la contabilización de susoperaciones, debiendo incluir cuentas con su respec- tiva descripción y dinámica, que permita una clara iden- tificación de los siguientes conceptos: a) Cuentas necesarias para lograr una contabiliza- ción separada de las operaciones relacionadas con latransferencia de fondos, tanto respecto a las opera- ciones de la propia ETF, como respecto a las activida- des que se desarrollan en forma adicional a la de trans-ferencia de fondos, cuando esta actividad es comple- mentaria a otros giros de la ETF, entre ellas, como mínimo: a. Ingresos por transferencias de fondos. b. Dinero en Caja / Bancos que no son de la ETF, sino que corresponden a las remesas recibidas y que deben ser entregadas. c. Transferencias en tránsito.d. Cuentas por pagar. (Transferencias que no han sido entregadas a los beneficiarios.) e. Cuentas por cobrar. (Transferencias que han sido entregadas a los beneficiarios y que todavía no se han cobrado al corresponsal o empresa represen- tada) b) Cuentas necesarias para identificar el movimiento de transferencias con cada corresponsal, agente oempresa del sistema financiero. La Superintendencia podrá establecer la obligación de realizar registros contables especiales y unifor- mes respecto a las operaciones de transferencia de fondos. Difusión de Estados Financieros.- Artículo 16º.- Las ETF deben difundir sus estados financieros aprobados por la Junta General de Accio- nistas del último ejercicio anual, en todas las oficinas de atención al publico, mediante folletos u otros me-dios alternativos. Información Contable y Estadística.- Artículo 17º.- Las ETF deben presentar a la Su- perintendencia, la información contable y estadística,en la forma y periodicidad que se indica en el Cuadro Nº 1 que se muestra a continuación, a partir de la información correspondiente al mes siguiente de laentrada en vigencia del presente Reglamento, con las excepciones señaladas en la cuarta y quinta Disposi- ción Final y Transitoria.(Cuadro Nº 1) INFORMACIÓN CONTABLE Y ESTADÍSTICA Información Nombre Periodicidad Plazo Máximo de Presen- tación (*) Balance General (1) - Tr imestral 30 días Estado de Ganancias y Pérdidas (1) - Tr imestral 30 días Estado de Flujo en Efectivo - Anual 30 días Estado de Cambios en el Patrimonio - Semestral 30 días Neto Resumen de transferencias de fondos Anexo ETF Nº 1 Mensual 30 días Información sobre Agentes Anexo ETF Nº 2 Al suscribir 15 días el contrato Oficinas, Agentes, y número de Anexo ETF Nº 3 Tr imestral 15 días personal Transferencia de acciones Anexo ETF Nº 4 Mensual 10 días hábiles Cobros por transferencias de fondos Anexo ETF Nº 5 Mensual 15 días Informe sobre el Grupo Económico Reporte Nº 19 Anual 15 días de la Empresa (2) Información sobre personas jurídicas Reporte Nº 19-A Anual 15 días integrantes del grupo económico (2) Información de las personas jurídicas Reporte Nº 21-A Tr imestral 15 días vinculadas a la empresa (3) Información de Reclamos Recibidos Reporte Nº 24 Tr imestral 15 días de los Usuarios (4) Detalle de Otras Operaciones – Ser- Reporte Nº 24-B Tr imestral 15 días vicios o Productos y Otros Motivos de Reclamos (4) Contratos de seguros vigentes (5) - Según 15 días vigencia Notas: (*) Días calendario posteriores al cierre del período objeto de informe, salvo que se indique que son días hábiles. (1) Debe incluir Notas a los Estados Financieros.(2) Reportes que las ETF deben remitir en cumplimiento a lo establecido en el artículo 15º de la Resolución SBS Nº 445-2000 del 28/06/2000. (3) Se utilizará el formato correspondiente al Reporte Nº 21-A establecido en la Resolución SBS Nº 445-2000 del 28/06/2000, en el cual se incluirán adicional- mente, utilizando la columna "Otro Cargo", a los corresponsales de las ETF (consignando el código 7) y empresas vinculadas y/o aquellas que tambiénrealizan operaciones de transferencia de fondos cuya información es respon- sable de centralizar la ETF informante conforme lo señalado en el artículo 2º del Reglamento de las ETF (consignando el código 8). (4) Reportes que las ETF deben remitir en cumplimiento del numeral 6 de la Cir- cular G-110-2003 del 21/02/2003. (5) Se deberá enviar una relación que incluya como mínimo la información referida a: empresa aseguradora, vigencia, cobertura, Nº de Póliza y otros datos que se consideren relevantes. Esta información deberá ser actualizada a los 15 días de suscritos los contratos, renovados o de su modificación de coberturas. La remisión de la información requerida en el Cuadro Nº 1 será en forma impresa y por medio del Sub-módulode Captura y Validación Externa (SUCAVE), desde el momento que se incorpore en dicho software. CAPÍTULO IV NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Liquidez.- Artículo 18º.- Las ETF deberán mantener, en todo momento, fondos disponibles en un nivel compatible conla naturaleza de sus operaciones. Este monto, no debe- rá ser menor al equivalente del promedio diario de dos días de transferencias, calculado en base a los movi-mientos de los últimos 12 meses. Los citados fondos disponibles se pueden acreditar mediante fondos ade- lantados por la empresa a la cual representan o de suscorresponsales, líneas de crédito de empresas del sis- tema financiero, capital de trabajo de la ETF, entre otras modalidades a satisfacción de la Superintendencia. Asimismo, se deberán establecer programas de con- trol y planes de contingencia relacionados a la disponibi- lidad de fondos, que aseguren el funcionamiento de laETF en caso se produzca un descalce temporal de fon- dos. Dichos planes de contingencia deberán ser elabo- rados y revisados semestralmente y estar a disposiciónde la Superintendencia. Los niveles de fondos líquidos que se manejen a tra- vés de la red de oficinas y Agentes de la ETF, debenguardar compatibilidad con los montos de cobertura de las pólizas de seguro contratadas para cubrir los ries- gos propios de la actividad de transferencia de fondos.