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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (04/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 61

PÆg. 293979 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de junio de 2005 sarrollo integral de la juventud en cuanto a sus dimen- siones físicas, psicológicas, social, espiritual y económi- ca, fomentando de manera especial su formación para un ejercicio eficaz de su ciudadanía, desarrollar su ca-pacidad de iniciativa, ejercer su representación y canali-zar su participación en la vida de la comunidad. 3.- Funciones: El Consejo Distrital de la Juventud cumple las funciones que se establecen en la Ordenan- za Nº 462, Ordenanza del Sistema Metropolitano de Pro- moción y Gestión de Políticas de Juventud de la Munici-palidad Metropolitana de Lima; así como aquellas espe-cíficas contenidas en su reglamento de funcionamientoque aprueba el Concejo Municipal Distrital de San Juande Lurigancho. 4.- Competencias: El Consejo Distrital de la Juven- tud cumple las competencias que se establecen en laOrdenanza Nº 462, Ordenanza del Sistema Metropolita-no de Promoción y Gestión de Políticas de Juventud dela Municipalidad Metropolitana de Lima; así como aque-llas específicas contenidas en su reglamento de funcio- namiento que aprueba el Concejo Municipal Distrital de San Juan de Lurigancho. Capítulo II Órgano de Control Municipal Artículo 64º.- Del Órgano de Control Institucional.- El Órgano de Control Institucional es el órgano de con-trol de la Municipalidad que depende administrativa, téc-nica y funcionalmente de la Contraloría General de laRepública. Está a cargo de un funcionario designado por la Contralor General de la República, que actuará como Auditor Interno, desarrolla su accionar en funciónde: 1.- Objeto: Tiene como objeto realizar el control inter- no posterior, mediante auditorias y exámenes especia- les, evaluando en que medida las disposiciones legales, políticas internas, lineamientos y procedimientos pues-tos en práctica por la administración, han sido eficacespara la protección de sus activos. 2.- Misión: Asegurar la confiabilidad de la informa- ción financiera de la municipalidad, el cumplimiento de sus metas para la obtención de los resultados previstos, protegiendo la probidad y transparencia administrativa. 3.- Funciones: a)Programar, organizar, dirigir y controlar las activi- dades de auditoria relacionada con la verificación de la correcta, eficiente, eficaz, económica y transparente ad- ministración de los recursos públicos de la Municipali-dad. b)Programar, organizar, dirigir y controlar las activida- des relacionadas con la promoción de mejoras permanen-tes en la gestión protegiendo la probidad y transparencia de gestión municipal y el uso adecuado de los recursos públicos y cumplimiento de la normativa, dentro de loscriterios de control pro activo, constructivo y riguroso. c)Programar, organizar, dirigir y controlar las activi- dades relacionadas con la supervisión de aplicación delas normas generales de control interno en los órganos que conforman la Municipalidad. d)Cumplir con las demás funciones que le asigne la Contraloría General de la República. 4.- Competencias: a)Desarrolla las competencias que se establecen en la Ley del Sistema Nacional de Control y las que seseñalen por las normas correspondientes de la Contralo-ría General de la República para los órganos de audito-ria interna de los gobiernos locales. b)Ejecutar inspecciones y exámenes especiales pro- gramados y aquellos derivados por denuncias de irregu-laridades en operaciones financieras o administrativas. c)Evaluar las normas y procedimientos de control interno en cada uno de los órganos de la Municipalidad,con la finalidad de medir el grado en que se han alcan- zado los objetivos previstos y los resultados obtenidos en relación con los recursos asignados y al cumplimientode los planes municipales. d)Informar al Alcalde y a las dependencias exami- nadas sobre los hallazgos, observaciones y recomenda-ciones resultantes de las acciones de control. e)Efectuar acciones de seguimiento para superar las observaciones e implantación de las recomendacio-nes presentadas.f)Cumplir con las demás competencias que le asigne el Contralor General de la República. Capítulo III Órganos de Apoyo al Gobierno Local Artículo 65º.- De la Procuraduría Pública Municipal.- La Procuraduría Pública Municipal es un órgano de apoyo del gobierno local que depende administrativamente de laMunicipalidad y funcional y normativamente del Consejode Defensa Judicial del Estado. Está a cargo de un em-pleado de confianza designado por el alcalde quien sedesempeña como Procurador Público Municipal, desarrolla su accionar en función de: 1.- Objeto: Representar y defender los intereses y de- rechos de la municipalidad ante las instancias judicialesque correspondan. 2.- Misión: Desarrollar una eficiente, eficaz y diligente representación y defensa judicial de los intereses y dere- chos de la municipalidad en atención a la garantía consti-tucional de la autonomía política, económica y administra-tiva de la municipalidad en los asuntos de su competenciay en función a su finalidad de procurar el desarrollo localintegral y sostenible. 3.- Funciones: a)Programar, organizar, dirigir y controlar las activida- des relacionadas con la defensa de los intereses y dere-chos de la Municipalidad en Juicio, asumiendo su plenarepresentación. b)Desarrollar las demás funciones que para este órga- no del gobierno local dispongan las normas emanadas delConsejo Nacional de Defensa Judicial del Estado, así comodel Reglamento de Organización, Funciones y Responsa-bilidades de la Procuraduría Pública Municipal que aprue-be el Concejo Municipal mediante Ordenanza. c)Desarrollar las funciones establecidas en el D.Ley Nro 17537 en cuanto le competa. 4.- Competencias:a)Ejecutar el Presupuesto Municipal Participativo co- rrespondiente a la Procuraduría Pública Municipal, dispo- niendo eficiente y eficazmente de los recursos presupues-tales, económicos, financieros, materiales y equipos asig-nados. b)Representar a la Municipalidad en los procesos ju- diciales en los que la Municipalidad o alguno de sus miem- bros sean parte, pudiendo delegar su representación en todo o en parte. c)Mantener permanentemente informado al Alcalde y al Gerente Municipal sobre el estado de los asuntos enco-mendados para su defensa. d)Ejercer las demás competencias que correspondan de acuerdo con las normas dictadas para estas instancias por el Consejo Nacional de Defensa Judicial del Estado,así como del Reglamento de Organización, Funciones yResponsabilidades de la Procuraduría Pública Municipalque apruebe el Concejo Municipal mediante Ordenanza. Artículo 66º.- De la Secretaria de Cooperación Nacio- nal e Internacional.- La Secretaria de Cooperación Nacional e Internacional es un órgano de apoyo del Gobierno Localque depende del alcalde. Está a cargo de un empleado deconfianza designado por el alcalde, quien se desempeñacomo Secretario; desarrolla su accionar en función de: 1.- Objeto: Tiene por objeto la promoción de las relacio- nes interinstitucionales para promover la solidaridad entrelos pueblos y canalizar recursos provenientes de la coope-ración al desarrollo que administran entidades nacionaleso internacionales. 2.- Misión: Tiene por misión el marketing de los proyec- tos de la municipalidad que puedan ser financiados poragentes cooperantes o fondos para el desarrollo que ad-ministren entidades nacionales e internacionales. Desarro-lla así mismo una intensa relación de cooperación solidariacon otras entidades, especialmente con los gobiernos lo- cales en el Perú y también con el exterior. 3.- Funciones: a)Programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar las acciones relacionadas con los procesos de cooperación internacional y nacional y de las donaciones a favor de laMunicipalidad.