Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2005 (24/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 24 de junio de 2005

Presidencia del MORDAZA Nacional de Elecciones, encargado de planificar, organizar, dirigir, coordinar, supervisar y ejecutar actividades relacionadas con la administracion del Registro de Organizaciones Politicas de acuerdo a ley. Articulo 85º.- La Oficina de Registro de Organizaciones Politicas estara a cargo de un profesional con titulo universitario, ejecutivo con categoria de Jefe de Oficina. Articulo 86º.- Las funciones de la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas, son las siguientes: a) Formular y ejecutar el Plan Operativo del Registro de Organizaciones Politicas y proponer su presupuesto en coordinacion y de acuerdo a los procedimientos establecidos por la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral; b) Registrar la inscripcion de organizaciones politicas, alianzas electorales y fusion de Partidos Politicos de acuerdo a ley; c) Administrar el libro del registro de inscripciones de partidos politicos de acuerdo a ley, garantizando su integridad, disponibilidad y seguridad; d) Administrar los libros especiales del registro de inscripciones de los movimientos regionales y organizaciones politicas locales de acuerdo a ley, garantizando su integridad, disponibilidad y seguridad; e) Resolver en primera instancia la tacha presentada contra la solicitud de inscripcion de las organizaciones politicas; f) Cancelar de oficio o a solicitud de parte, la inscripcion de las organizaciones politicas de acuerdo a ley; g) Administrar y actualizar el archivo de informacion electoral de las organizaciones politicas; h) Expedir certificados, copias y otros documentos relacionados con el Registro de Organizaciones Politicas, asi como tambien absolver consultas y emitir opinion tecnica en materia de su competencia; i) Proponer a la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral, proyectos de inversion publica, para ser financiados con recursos de la institucion o de MORDAZA cooperantes; j) Proponer al organo correspondiente, politicas, directivas, procedimientos y demas instrumentos de normativa interna en el ambito de su competencia, que se requieran para el mejor desempeno de sus funciones; k) Realizar otras funciones afines a su competencia que le asigne la Presidencia del MORDAZA Nacional de Elecciones. Capitulo XXII OFICINA DE ESTADISTICA E INFORMACION ELECTORAL Articulo 87º.- La Oficina de Estadistica e Informacion Electoral es el organo de linea que depende de la Secretaria General, encargado de planificar, dirigir, ejecutar e implementar las acciones referidas a los sistemas de Estadistica e Informatica, propiciando la optimizacion de procesos que faciliten la oportuna disponibilidad de informacion electoral por parte del MORDAZA Nacional de Elecciones, de los agentes del sistema electoral y de la ciudadania. Articulo 88º.- La Oficina de Estadistica e Informacion Electoral estara a cargo de un profesional con titulo universitario, ejecutivo con categoria de Jefe de Oficina. Articulo 89º.- Las funciones de la Oficina de Estadistica e Informacion Electoral, son las siguientes: a) Formular y proponer el Plan Operativo de Estadistica e Informacion Electoral y sustentar su presupuesto en coordinacion y de acuerdo a los procedimientos establecidos por la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral; b) Organizar, administrar, acopiar, sistematizar y mantener actualizada la data e informacion relevante que se genera en el MORDAZA Nacional de Elecciones, asi como la proveniente de otras MORDAZA necesarias para el desarrollo de las funciones de los organos de institucion; c) Proponer lineamientos administrativos en materia de informacion estadistica, asi como los procedimientos y MORDAZA adecuados para obtener informa-

cion de utilidad para los objetivos del MORDAZA Nacional de Elecciones; d) Disenar y mantener actualizado el sistema de informacion de gestion del MORDAZA Nacional de Elecciones, proporcionando en forma oportuna la informacion de soporte requerida por la Alta Direccion y Gerencias para toma de decisiones, asi como para su difusion; e) Participar en el diseno y coordinar, con los organos designados para tal fin, la publicacion de la pagina Web del MORDAZA Nacional de Elecciones, conteniendo informacion relacionada con sus planes, programas, presupuestos y resultados de gestion, incluyendo las estadisticas; f) Apoyar la labor de difusion de la informacion que produce o posea el MORDAZA Nacional de Elecciones en el Web Site institucional e Intranet, en materia de su competencia y en coordinacion con los organos designados para tal fin; g) Administrar y mantener los sistemas, modulos, bases de datos y demas programas informaticos de la institucion, garantizando su funcionalidad, integridad, disponibilidad y acceso autorizado, asi como administrar y cautelar el uso de las licencias de software e la institucion; h) Elaborar y mantener permanentemente actualizados los manuales tecnicos y los manuales de usuario de los sistemas, modulos y programas informaticos desarrollados, asi como tambien de aquellos adquiridos por tercerizacion a los que la Oficina brinda mantenimiento; i) Brindar asesoria, orientacion y demas actividades del servicio de Help Desk a los usuarios, para el uso correcto de los sistemas, modulos, programas y equipos informaticos de la institucion; j) Investigar, analizar y evaluar las tecnologias de Informacion existentes y emergentes, asi como de la utilidad e impacto que tendria su implementacion e integracion en el MORDAZA Nacional de Elecciones; k) Proponer a los organos correspondientes, proyectos informaticos en concordancia con el Plan Estrategico de Tecnologia de Informacion a ser financiados con recursos propios o de las MORDAZA cooperantes, asi como tambien proponer la tercerizacion de servicios informaticos; l) Proponer al organo correspondiente, politicas, normas, directivas, procedimientos y demas instrumentos de normativa interna en el ambito de su competencia, que se requieran para el mejor desempeno de sus funciones; m) Cumplir en el ambito de su competencia con los requerimientos solicitados por el Sistema Nacional de Estadistica, la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica, Contraloria General de la Republica y demas organismos normativos y reguladores del Estado; n) Realizar otras funciones afines a su competencia que le asigne la Secretaria General. Capitulo XXIII OFICINA DE ORIENTACION ELECTORAL Y SERVICIOS AL CIUDADANO Articulo 90º.- La Oficina de Orientacion Electoral y Servicios al Ciudadano es el organo de linea que depende de la Secretaria General, encargado de planificar, organizar, dirigir, coordinar, supervisar y ejecutar las actividades relacionadas con la orientacion electoral y servicios que brindan a los ciudadanos, asi como el otorgamiento de Dispensas y el Tramite Documentario y Archivo. Articulo 91º.- La Oficina de Orientacion Electoral y Servicios al Ciudadano estara a cargo de un profesional con titulo universitario, ejecutivo con categoria de Jefe de Oficina. Articulo 92º.- Las funciones de la Oficina de Orientacion Electoral y Servicios al Ciudadano son las siguientes: a) Formular y ejecutar el Plan Operativo de la Oficina y proponer su Presupuesto, en coordinacion y de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral; b) Formular, proponer y ejecutar el Plan de Archivos, en concordancia con los lineamientos del Archivo General de la Nacion;

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