Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2005 (24/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 24 de junio de 2005

j) Velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos que regulan las actividades a su cargo; k) Realizar arqueos de fondos y valores de la Institucion; l) Conciliar e informar los gastos generados por el MORDAZA, en el Sistema Integrado de Administracion Financiera ­ SIAF, por las diferentes MORDAZA de financiamiento; m) Proponer y participar en la actualizacion de los manuales y normas administrativas que se requieran para el mejor desempeno de sus funciones; n) Realizar otras funciones afines a su competencia que le asigne la Gerencia de Administracion y Finanzas. Capitulo XII OFICINA DE TESORERIA Articulo 54º.- La Oficina de Tesoreria es el organo de apoyo que depende de la Gerencia de Administracion y Finanzas, encargada de la programacion, coordinacion, ejecucion, control y evaluacion de los procesos del Sistema de Tesoreria; recaudando, depositando, efectuando los pagos comprometidos, conciliando y custodiando los valores de Institucion. Articulo 55º.- La Oficina de Tesoreria estara a cargo de un profesional con titulo universitario, ejecutivo con categoria de Jefe de Oficina. Articulo 56º.- Las funciones de la Oficina de Tesoreria son las siguientes: a) Formular y ejecutar el Plan Operativo de la Oficina y proponer su Presupuesto en coordinacion y de acuerdo a los procedimientos establecidos por la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral; b) Recaudar, depositar, conciliar e informar sobre los ingresos generados por la Institucion; c) Efectuar los pagos comprometidos y llevar el control, registro y custodia de los valores, cartas fianza y otros documentos de contenido monetario; d) Mantener actualizada la informacion de pagos y saldos, asi como la informacion de los encargos internos; e) Procesar la informacion de los gastos de la Institucion en su fase de girado mediante el Sistema de Administracion Financiera (SIAF); f) Consolidar y preparar las declaraciones, realizando los pagos de los tributos y contribuciones, conforme a ley; g) Coordinar con la Oficina de Contabilidad, para el uso y de registro de los libros auxiliares, para que el area contable realice la conciliacion bancaria y contable; h) Proponer y participar en la actualizacion de los manuales y normas administrativas que se requieran para el mejor desempeno de sus funciones; i) Realizar otras funciones afines a su competencia que le asigne la Gerencia de Administracion y Finanzas. Capitulo XIII OFICINA DE LOGISTICA Articulo 57º.- La Oficina de Logistica es el organo de apoyo que depende de la Gerencia de Administracion y Finanzas, encargado de programar, dirigir, ejecutar y coordinar las acciones administrativas del sistema de abastecimiento, mantenimiento, servicios generales y seguridad integral de la Institucion. Articulo 58º.- La Oficina de Logistica estara a cargo de un profesional con titulo universitario, ejecutivo con categoria de Jefe de Oficina. Articulo 59º.- Las funciones de la Oficina de Logistica son las siguientes: a) Formular y ejecutar el Plan Operativo de la Oficina y proponer su Presupuesto en coordinacion y de acuerdo a los procedimientos establecidos por la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral; b) Formular el Cuadro de Necesidades de Bienes y Servicios en base a informacion proporcionada por los diferentes organos de la Institucion; c) Consolidar, formular y ejecutar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Institucion; d) Ejecutar y controlar la programacion y adquisicion de bienes y servicios en terminos de calidad, cantidad,

especificaciones tecnicas, en forma oportuna y empleando los criterios de austeridad, prioridad y racionalidad, acordes al presupuesto aprobado; e) Proveer oportunamente a las diferentes unidades organicas de la Institucion los bienes necesarios para el adecuado cumplimiento de sus funciones, asi como asegurar la prestacion oportuna de los servicios generales y auxiliares de apoyo a la gestion institucional, en base al calendario presupuestal asignado; f) Ejecutar y supervisar los procesos tecnicos de registro, recepcion, almacenamiento y distribucion de bienes, manteniendo los registros respectivos a traves del Sistema Integrado de Gestion Administrativa (SIGA); g) Elaborar las estadisticas de logistica, que permitan conocer las necesidades historicas de bienes y servicios de la institucion; h) Contratar y mantener vigentes las Polizas de Seguros necesarias para los bienes, inmuebles, muebles, acervo documentario y personas, segun corresponda; i) Brindar apoyo a los Comites Especiales, encargados de efectuar los procesos de seleccion que la Institucion convoque, dentro del ambito de su competencia; j) Proporcionar los servicios auxiliares de alimentacion, comedor, comunicaciones, telefonia, mantenimiento, limpieza y movilidad de la Institucion; k) Planificar, organizar, programar y supervisar las actividades de mantenimiento tecnico preventivo de bienes muebles e inmuebles, instalaciones, equipos y vehiculos de la institucion; l) Obtener la conformidad de los usuarios de los servicios tecnicos y de telefonia prestados; m) Planificar, organizar, dirigir y supervisar las actividades de seguridad integral de la Institucion, asi como participar en la contratacion de los servicios de seguridad; n) Coordinar con las autoridades policiales y funcionarios del MORDAZA Nacional de Elecciones, los planes, programas y disposiciones normativas para la seguridad de los dignatarios y de las instalaciones de la Institucion; o) Proponer y participar en la actualizacion de manuales y normas administrativas que se requieran para el mejor desempeno de sus funciones. p) Realizar otras funciones afines a su competencia que le asigne el Gerente de Administracion y Finanzas. Capitulo XIV GERENCIA DE EDUCACION ELECTORAL Y COMUNICACIONES Articulo 60º.- La Gerencia de Educacion Electoral y Comunicaciones es el organo de linea que depende de la Secretaria General, encargado de planificar, organizar, dirigir, coordinar, supervisar y ejecutar actividades relacionadas con la educacion civica electoral, capacitacion, investigacion y difusion electoral, Asi como de disenar, recomendar y ejecutar estrategias de comunicacion internas como externas de la institucion, proyectandose en imagen. Articulo 61º.- La Gerencia de Educacion Electoral y Comunicaciones estara a cargo de un profesional con titulo universitario, directivo con categoria de Gerente. Articulo 62º.- La Gerencia de Educacion Electoral y Comunicaciones, para el mejor desempeno de sus funciones desarrollara sus actividades en los ambitos de la Capacitacion Electoral, de Investigacion Electoral, de Informacion y Documentacion Electoral y Comunicaciones e Imagen. Asimismo, conducira la Escuela Electoral del Peru. Articulo 63º.- Las funciones de la Gerencia Educacion Electoral y Comunicaciones, son las siguientes: a) Formular y ejecutar el Plan Operativo de la Gerencia y proponer su Presupuesto en coordinacion y de acuerdo a los procedimientos establecidos por la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral; b) Formular y proponer planes y programas de educacion civica electoral y en otras materias afines, orientados a fortalecer los valores democraticos y crear conciencia civica en la ciudadania. c) Formular y proponer planes y programas de capacitacion electoral en coordinacion con los organos correspondientes de la Institucion, dirigidos a los funciona-

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