Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2005 (24/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 24 de junio de 2005

r) Presentar MORDAZA de su cese, y por separado, un informe ejecutivo de su gestion fiscalizadora y otro informe de gestion administrativa, incluyendo en este ultimo los estados de cuenta y ejecucion de presupuesto al MORDAZA Nacional de Elecciones, dentro del plazo establecido por Ley, bajo responsabilidad de sus miembros; s) Resolver las tachas formuladas contra la inscripcion de candidatos y organizaciones politicas y conceder los recursos de apelacion, queja y nulidad que se interpongan contra sus resoluciones, elevando los actuados al MORDAZA Nacional de Elecciones; t) Otras funciones que le MORDAZA asignadas por el Pleno, el Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones y las disposiciones legales vigentes. Capitulo XXV OFICINAS REGIONALES DE ENLACE Articulo 98º.- Las Oficinas Regionales de Enlace son organos de linea desconcentrados, dependientes de la Secretaria General, que constituyen instancias de coordinacion administrativa a nivel regional de las actividades del MORDAZA Nacional de Elecciones con la ciudadania, principalmente las referidas a la orientacion, educacion e informacion electoral, asi como de tramite documentario. Articulo 99º.- Las Oficinas Regionales de Enlace estaran a cargo de un profesional con titulo universitario. Articulo 100º.- Las funciones de las Oficinas Regionales de Enlace son las siguientes: a) Orientar a los ciudadanos de su jurisdiccion en sus tramites de indole jurisdiccional o administrativo, a realizar ante el MORDAZA Nacional de Elecciones; b) Coordinar y ejecutar los procedimientos de revision, recepcion y tramitacion de expedientes a traves de sus sedes; c) Clasificar y brindar seguridad a los documentos y expedientes, asi como remitir los expedientes a la sede central de MORDAZA Nacional de Elecciones; d) Efectuar el seguimiento de la documentacion presentada e informar a los interesados o a sus abogados sobre la situacion de expedientes, guardando la reserva del caso; e) Apoyar las actividades de educacion electoral y comunicaciones que realice el MORDAZA Nacional de Elecciones en sus sedes regionales; f) Otras funciones que le asigne la Secretaria General. TITULO V RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Articulo 101ª El MORDAZA Nacional de Elecciones establecera y mantendra relaciones de coordinacion y colaboracion con la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, asi como tambien con las instituciones publicas y privadas, nacionales y extranjeras que coadyuven al cumplimiento de sus funciones. Articulo 102º.- Las coordinaciones entre los Organos del Sistema Electoral despues de la convocatoria de cada MORDAZA electoral, referendum y otras consultas populares, se realizaran a traves del Comite de Coordinacion Electoral, establecido al MORDAZA del articulo 76º de la Ley Nº 26859 Ley Organica de Elecciones. TITULO VI REGIMEN LABORAL Articulo 103º.- El regimen laboral del MORDAZA Nacional de Elecciones es el siguiente: 1. Los Miembros del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones estan comprendidos dentro del regimen laboral de la actividad publica, Decreto Legislativo No 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa. 2. El personal del MORDAZA Nacional de Elecciones esta comprendido dentro del regimen laboral de la actividad privada, Decreto Legislativo No 728, demas normas conexas y complementarias.

3. Los funcionarios y servidores del MORDAZA Nacional de Elecciones percibiran una gratificacion por MORDAZA patrias y una por navidad, correspondiente a una remuneracion mensual total. Asimismo, percibiran una bonificacion extraordinaria por escolaridad, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la institucion. 4. Las remuneraciones de los Miembros del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones estan sujetas al Articulo 14º de la Ley Organica de Elecciones. Las remuneraciones de los miembros de los Jurados Electorales Especiales se rigen por lo prescrito en el Articulo 34º de la misma ley. 5. Las remuneraciones de los funcionarios y servidores del MORDAZA Nacional de Elecciones, contratados a plazo fijo o indeterminado, seran establecidas por el Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones, a propuesta del Secretario General, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. TITULO VII REGIMEN ECONOMICO Articulo 104º.- Los recursos del MORDAZA Nacional de Elecciones estan constituidos por: 1. Las asignaciones que se le confiere mediante la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico. 2. Los aportes, asignaciones, legados, donaciones, transferencias, subvenciones y cualquier otro acto de liberalidad en dinero o especies que le otorguen personas naturales o juridicas nacionales o extranjeras, incluyendo las que provengan de la cooperacion tecnica internacional. 3. Los recursos propios que genere en virtud de las acciones de su competencia conforme a las normas pertinentes. TITULO VIII APROBACION, VIGENCIA Y ACTUALIZACION Articulo 105º.- El Reglamento de Organizacion y Funciones es aprobado por el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones y entrara en vigencia, a partir de la fecha de su aprobacion y su actualizacion seguira el mismo tramite de aprobacion. TITULO IX DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral en coordinacion con los responsables de los demas organos del MORDAZA Nacional de Elecciones, elaborara y/o actualizara el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP). Segunda.- La implementacion y puesta en funcionamiento de las Oficinas Regionales de Enlace a las que se refiere el Capitulo XVIII del Presente Reglamento, se efectuara en forma progresiva en las zonas que disponga el Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones y en funcion a la disponibilidad presupuestal de la institucion. Tercera.- Establecer un plazo de 90 dias para que los organos responsables del MORDAZA Nacional de Elecciones, elaboren y/o actualicen: el Presupuesto Analitico de Personal (PAP), el Manual de Organizacion y Funciones (MOF), reglamentos, directivas internas y otros documentos e instrumentos tecnicos, normativos de gestion institucional que se requieran para el cumplimiento eficaz y eficiente de las funciones institucionales. Cuarta.- Los organos responsables bajo la supervision directa de la Secretaria General, proporcionaran la distribucion, ubicacion y recursos necesarios para la implementacion y funcionamiento de los organos creados y/o modificados de acuerdo al MORDAZA de adecuacion a la nueva estructura organizacional del MORDAZA Nacional de Elecciones. Quinta.- La Secretaria General es el organo encargado de hacer cumplir las disposiciones establecidas y la difusion del presente Reglamento. Sexta.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan al presente Reglamento.

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