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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G39/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 31 de marzo de 2005 Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titu- lar del Pliego, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, en este sentido el Acuerdo de Concejo impugnado ha cumplido con los requisitos señalados en el párrafo precedente, para lo cual se ha emitido el Informe Nº 06-2005-GATR/MDSMP, de la Gerencia deAdministración Tributaria y Rentas, y el Informe Nº 0332-2005-GAJ-MDSMP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en los que se señala la necesidadde contar con los servicios personalísismos del Estu- dio Gálvez Monteagudo & Abogados, y así como los criterios de económicos, tales como los costos y laoportunidad de servicio; Que, el Acuerdo de Concejo impugnado cumple con el Artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 084-2004-PCM, al haberse emitido los citados informes; que señalan que procede laexoneración por servicios personalísimos para contra- tar al Estudio Gálvez Monteagudo & Abogados, que cuenta con la experiencia para ejecutar en la Comuna,un programa aplicado a la Ejecutoria Coactiva, que se hará cargo de toda la fase operativa del procedimiento, cubriendo los gastos propios de las actividades de co-branza hasta la obtención final del recupero; Que, también se ha cumplido con el Artículo 146º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, al emitirse los In-formes Nº 06-2005-GATR/MDSMP, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y Nº 0332-2005-GAJ- MDSMP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; en el cualse señala la justificación técnica legal de la procedencia y necesidad de la exoneración; Que, ni la Ley, ni el Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado establecen, como requisito que la Gerencia Municipal, de Administración y Finanzas, y la Unidad de Logística se pronuncien sobrela solicitud de exoneración; Que, no se se ha infringido el Artículo 14º de la Ley Nº 27972 por cuanto en el día de sesión se les puso enconocimiento todos los antecedentes del Acuerdo de Concejo impugnado, no existiendo sorpresa para su aprobación, deviniendo en infundada la reconsideraciónplanteada; En uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades,Ley Nº 27972, el Concejo Municipal presidido por el Al- calde señor Lucio Campos Huayta y con el voto a favor para que se declare fundada la reconsideración de losseñores Regidores Pedro Carlos Casanova Saavedra, Carlos Enrique Calderón Carvajal, y Roberto Asunción Castillo Paulino y el voto a favor de que declare infunda-da la reconsideración, de los señores Regidores Johnny Alberto Ruiz Ruiz, Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, María Zulema Crisóstomo Castañeda, Roger Hernán PazPuelles, Carlos Alcedo De La Cruz Martínez, María Guadalupe García Barrionuevo, Carlos Alberto Castillo Vidalón, Gloria Luz Santillán Ríos, con la abstención delseñor Regidor Luis Caballero Sabino, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR INFUNDADA la re- consideración presentada por los señores Regidores Pedro Carlos Casanova Saavedra, Roberto Asunción Castillo Paulino y Carlos Enrique Calderón Carvajal, delAcuerdo de Concejo Nº 018-2005, confirmándolo en to- dos sus extremos. Artículo Segundo.- Disponer que la Secretaría Ge- neral efectúe la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, dentro de las diez (10) días hábiles siguientes a su emisión. Artículo Tercero.- Remitir una copia del presente Acuerdo a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 06372PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G6C/G69/G67/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G61/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G61/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2005-CDB Bellavista, 19 de marzo del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Se- sión Extraordinaria de la fecha, por unanimidad, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confiere y con dispensa del trámi-te de lectura y aprobación de actas; aprobó la si- guiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1º.- Prorrogar el vencimiento del pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial 2005, así como de las cuotas de enero, febrero y marzo de los arbitrios municipales del 2005, hasta el 2 de abril delpresente año. Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento de la presen- te norma a la Gerencia Municipal y a la Dirección deAdministración Tributaria y Rentas. POR TANTO:Mando se publique y cumpla.MIGUEL ÁNGEL REAÑO LLAMOSA Teniente Alcalde (e) Despacho de Alcaldía 06392 MUNICIPALIDAD DE LA PERLA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G61/G72/G69/G66/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G71/G75/G65 /G70/G72/G65/G73/G74/G61/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G73/G75/G20/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G2D/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G73/G74/G6F/G73 ORDENANZA Nº 005-2005-MDLP La Perla, 7 de marzo del 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 7 de marzo de 2005, bajo la presidencia del señor Alcal- de, Dr. Pedro López Barrios, y con la asistencia de los señores Regidores Sr. Julio Enrique Oblitas Fernán-dez, Sr. Juan Carlos Rueda Cuba, Juan Ruiz Arsila, Sra. María Larenas de Castro, Sra. Raquel Aliaga Rebatta, Sr. Julio César Barrientos Sandoval, Sra. AnaTorres Vda. de Morales, Sr. Luis Alberto Salinas Pérez, Sr. Juan Hamamoto Miyasato, el Dictamen emi- tido por la Comisión de Administración, Economía yPresupuesto sobre la aprobación del Tarifario de Ser- vicios que presta la Municipalidad Distrital de La Perla, con su respectiva estructura de costos de la Subge-rencia de Educación y Cultura, Subgerencia de De- portes y Recreación y la Gerencia de Sanidad, para ser incorporado al Texto Único de ProcedimientosAdministrativos TUPA - 2004; y,