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PÆg. 301742 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de octubre de 2005 Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refiere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años, en períodos sucesivos que vencerá el 22 de mayo de 2015. La Dirección General de Gestión deTelecomunicaciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación Artículo 3º.- La empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A.C., está obligada a trasladar la planta de transmisión de la estación fuera del perímetro urbano en un plazo máximo de siete (7) años, computados a partirdel 1 de julio de 2005, de acuerdo con lo señalado en la Sétima Disposición Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión y las Normas Técnicas delServicio de Radiodifusión. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 16938 Otorgan autorización a empresa para prestar servicio de radiodifusión portelevisión comercial en UHF en eldepartamento de Piura RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 483-2005-MTC/03 Lima, 29 de setiembre del 2005 VISTO, el Expediente Nº 2004-01568 la empresa RADIO FM STEREO DENNY´S E.I.R.L., sobre otorgamiento de autorización para prestar el servicio de radiodifusión comercial por televisión en UHF, en la localidad de Talara,departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, establece que para la prestación del serviciode radiodifusión, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto enel artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005- 2005-MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión establece que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas paraestablecer un servicio de radiodifusión. Asimismo, señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de permiso, el cual es la facultad queotorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión; Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce(12) meses; Que, el artículo 183º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicacionesseñala que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información ydocumentación que en dicha norma se detallan, asimismo debe acompañarse la documentación tendiente a verificar el cumplimiento del artículo 25º del Reglamento de la Leyde Radio y Televisión; normas aplicables en virtud del mandato contenido en la Primera Disposición Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, mediante Informe Nº 884-2005-MTC/17.01.ssr, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, señala que la solicitud presentada porla EMPRESA RADIO FM STEREO DENNY´S E.I.R.L., cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona jurídica laautorización y permiso solicitados; señalándose además que debe establecerse como obligación, a cargo de la antes mencionada persona jurídica, la presentación del Proyectode Comunicación dentro del período de instalación y prueba, documento que es requerido por la Administración a efectosde evaluarse el cumplimiento de las obligaciones legales derivadas del otorgamiento de la autorización; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto SupremoNº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio yTelevisión - Ley Nº 28278, la Primera Disposición Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias, aprobadopor Resolución Vice Ministerial Nº 172-2004-MTC/03 y la Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión y laResolución Ministerial Nº 411-2005-MTC/03 que aprueba la definición de Perímetro Urbano; y, Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar autorización a la EMPRESA RADIO FM STEREO DENNY´S E.I.R.L., por el plazo dediez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión comercial por televisión en UHF, en la localidad de Talara, departamento de Piura; de acuerdo a las condicionesesenciales y características técnicas que se detallan a continuación: Condiciones Esenciales: Servicio : TV-UHF Frecuencia : CANAL 23 BANDA IV FRECUENCIA VIDEO : 525.25 MHz FRECUENCIA DE AUDIO: 529.75 MHz Modalidad : COMERCIAL Características Técnicas:Indicativo : OCV-1N Emisión : VIDEO: 5M45C3F AUDIO: 50K0F3E Potencia Nominal del Transmisor : VIDEO: 0.15 kW AUDIO: 0.015 kW Ubicación de la Estación: Estudios : Calle 4 - 09, en el distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura. Coordenadas Geográficas : Longitud Oeste : 81° 15' 24" Latitud Sur : 04° 35' 10" Planta : Patio de Antenas - Hito Punta Arenas, en el distrito de La Brea, provincia deTalara, departamento de Piura. Coordenadas Geográficas : Longitud Oeste : 81° 16' 54.17" Latitud Sur : 04° 35' 34.58" Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contorno de 74 dBµV/m La autorización otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusión correspondientes. El plazo de la autorización y del permiso concedidos se computarán a partir del día siguiente de notificada lapresente Resolución, la cual además será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual la titular de la autorización deberá cumplir con las obligaciones quea continuación se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestación del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las características técnicas aprobadas en la presente autorización.