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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (06/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 50

PÆg. 301754 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de octubre de 2005 VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas para que se le autorice la apertura de dos (2) oficinas especiales ubicadas: - Dentro de la Dirección Regional de Educación, Av. Grau cuadra 32, distrito, provincia y departamento de Piura; y, - Dentro del Campus Universitario de la Universidad Nacional de Piura, s/n, urbanización Miraflores, distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, el Banco Interamericano de Finanzas en sesión de Directorio del 26 de agosto de 2005 precisó su Plan Anual de Expansión de Oficinas del año 2005, aprobado en sesión de Directorio del 31 de enero de 2005, y aclaró que el acuerdo de abrir oficinas especiales en colegios y centros educativos se refiere en general a la posibilidad de abrir tales oficinas en áreas vinculadas al sector educación, tales como las Direcciones Regionales de Educación y Universidades; Que, las dos (2) oficinas especiales ubicadas en el departamento de Piura dependerán orgánicamente de la Agencia ubicada en el departamento de Trujillo; Que, el Banco recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria "C", mediante Informes Nºs. 121-2005- DEB "C" y 122-2005-DEB "C"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, con la Circular Nº B-2147-2005; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-1998; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Interamericano de Finanzas, la apertura de dos (2) oficinas especiales ubicadas: - Dentro de la Dirección Regional de Educación, Av. Grau cuadra 32, distrito, provincia y departamento de Piura; y, - Dentro del Campus Universitario de la Universidad Nacional de Piura, s/n, urbanización Miraflores, distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 16909 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISIÓN NACIONAL DE LA JUVENTUD Declaran vacancia y reconocen miembro del CPJ en representación de las Organizaciones Juveniles del departamento de Ancash RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 053-P/CNJ-CONAJU-2005 Lima, 28 de septiembre de 2005VISTO: El Oficio Nº 320-2005-CONAJU-CPJ-CD/P, cursado por el señor Dony Arturo Callupe Laureano, Presidente del Consejo de Participación de la Juventud - CPJ;CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 6º de la Ley Nº 27802, se crea el Consejo Nacional de la Juventud - CONAJU,ente sistémico que se rige por los principios de identidad,transparencia, participación, concertación, coordinación, representación e institucionalidad democrática y descentralizada, integrado por el Consejo de Participaciónde la Juventud - CPJ. Que, de acuerdo con los artículos 17º y 18º de la Ley Nº 27802, el Consejo de Participación de la Juventud, esun organismo de representación, concertación y participación de la juventud, integrante del sistema del Consejo Nacional de la Juventud, en el cual estánrepresentados los jóvenes desde los quince (15) hastalos veintinueve (29) años de edad; Que, de conformidad con el artículo 36º del Reglamento de la Ley Nº 27802, aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM, cada uno de los representantes de los jóvenes ante el Consejo deParticipación de la Juventud elegidos tiene un accesitario.Una vez elegidos son acreditados ante el Presidente dela Comisión Nacional de la Juventud, quien a su vezexpide el reconocimiento correspondiente; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 051-P-CNJ- CONAJU-2004, se reconocieron a los miembros delConsejo de Participación de la Juventud - CPJ para elperíodo correspondiente a agosto de 2004 - julio de 2006,incluyéndose para tal efecto una lista con los nombres,apellidos y los estamentos a los cuales representan; Que, el señor Presidente del Consejo de Participación de la Juventud - CPJ, mediante Oficio Nº 320-2005-CONAJU-CPJ-CD/P, ha comunicado que el señor FreddyArturo Uribe Henostroza representante del estamentoOrganizaciones Juveniles del departamento de Ancash,ha cumplido treinta (30) años de edad, razón por la cual se solicita el reconocimiento de su accesitario como nuevo miembro del Consejo de Participación de la Juventud -CPJ; por lo cual es menester proceder a sucorrespondiente reconocimiento; Que, el inciso e) del artículo 37º del Reglamento de la Ley Nº 27802, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM, establece como causal de vacancia de los miembros del Consejo de Participación de la Juventudel cumplir treinta (30) años de edad, en cuyo caso asumela representación el accesitario correspondiente; Con las visaciones de la Gerencia de Promoción, Organización y Gestión, y la Oficina de Asesoría Jurídica, en las materias de sus respectivas competencias; De conformidad a lo previsto por la Ley Nº 27802 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM, la Resolución Suprema Nº 072-2002-PCM yen uso de sus atribuciones: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la vacancia del señor Freddy Arturo Uribe Henostroza, al cargo de miembro del Consejode Participación de la Juventud - CPJ, para el períodocorrespondiente a agosto de 2004 - julio de 2006, en calidad de representante de las Organizaciones Juveniles del departamento de Ancash, por la causal prevista en elinciso e) del artículo 37º del Reglamento de la LeyNº 27802, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM. Artículo 2º.- Reconocer a la señorita Rocío del Pilar Jara Verde, como miembro del Consejo de Participación de la Juventud - CPJ, para el período correspondiente aagosto de 2004 - julio de 2006, en calidad derepresentante de las Organizaciones Juveniles deldepartamento de Ancash, ante el Consejo deParticipación de la Juventud. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución al Consejo de Participación de la Juventud - CPJ y a losinteresados. Regístrese y comuníquese. CARMEN VEGAS GUERRERO Presidenta 16907