Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2005 (15/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 15 de octubre de 2005

publicos como INDECI, Gobier nos Nacionales, Regionales, locales, Instituto Nacional de Cultura, COFOPRI y otros a nivel nacional; Que dentro del apoyo que el INGEMMET brinda al Instituto Nacional de Cultura (INC) en los estudios de seguridad fisica del Santuario Historico Macchu Picchu, se coordinan y ejecutan trabajos de monitoreo y control de los fenomenos geologicos que lo afectan, conjuntamente con misiones extranjeras como la japonesa, italiana, checa y canadiense; Que, a efectos de cumplir con dicho trabajo de apoyo al que se hace referencia en el parrafo precedente, el Research Centre on Landslides, Disaster Prevention Research Institute, Kyoto University, ha efectuado la donacion a favor del INGEMMET, de un (1) extensometro, que se detalla en el Anexo adjunto, por un valor ascendente a US $ 1 030,00 (Mil Treinta y 00/100 Dolares Americanos), a fin que sea destinado al cumplimiento de la labor que cumple el INGEMMET a fin de monitorear deslizamientos en el territorio nacional, asi como contribuir a mejorar su labor en el estudio de fenomenos geologicos que afectan a nuestro territorio; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal k) del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 055-99-EF, de fecha 15 de MORDAZA de 1999, modificado por el Decreto Legislativo Nº 935, de fecha 10 de octubre de 2003, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, no estan gravadas con el impuesto la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito, a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico, siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, segun lo senalado por el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, que aprueba el Reglamento de la Inafectacion del IGV e ISC a las Donaciones, se ha cumplido con la MORDAZA de toda la documentacion requerida para la aprobacion de la donacion a que se refiere la presente resolucion; De conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF; el Decreto Supremo 041-2004EF, el Decreto Legislativo Nº 935 y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0252003-EM, asi como por las demas normas pertinentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion de los equipos y accesorios detallados en el Anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion, efectuada por el Research Centre on Landslides, Disaster Prevention Research Institute, Kyoto University, a favor del Instituto Geologico Minero y Metalurgico - INGEMMET, por un valor ascendente a US $ 1 030,00 (Mil Treinta y 00/100 Dolares Americanos). Articulo 2º.- Agradecer al Research Centre on Landslides, Disaster Prevention Research Institute, Kyoto University, por su importante contribucion al Sector Minero peruano. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica y a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas RESOLUCION MINISTERIAL Nº 421-2005-MEM/DM ANEXO
Cantidad Descripcion 1 Extensometro Marca: Sakata Denki Co., Ltd. Modelo: SRL-8 VALOR TOTAL EN US$ Nº de Serie 00614902 Valor en US$ 1030,00

Autorizan a procurador interponer acciones civiles a presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico al Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 424-2005-MEM/DM MORDAZA, 10 de octubre de 2005 VISTO, el Informe "Examen Especial a la Unidad Ejecutora Nº 001 - Administracion Central", elaborado por la Contraloria General de la Republica, Periodo Enero 1996 - Diciembre 2000; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Especial Nº 082-2005-CG/ SP, la Contraloria General de la Republica llevo a cabo un "Examen Especial a la Unidad Ejecutora Nº 001 Administracion Central", Periodo Enero 1996 - Diciembre 2000; Que, como resultado de dicho Informe Especial, la Contraloria General de la Republica determino que el Ministerio de Energia y Minas asumio pagos por adquisiciones de utensilios, asi como por servicio de vigilancia domiciliaria a ex funcionarios, sin el sustento legal correspondiente, en los periodos 1997 y 2000; Que, al respecto la recomendacion del Informe Especial MORDAZA referido, dirigida al senor Ministro de Energia y Minas, senala que debera disponer que la Administracion inicie, efectue y agote las acciones administrativas y/o legales correspondientes para los fines del recupero o resarcimiento de los gastos a que se refieren las observaciones materia del Informe; Que, el articulo 11º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, establece que, cuando en el Informe respectivo se identifiquen responsabilidades, MORDAZA estas de naturaleza administrativa funcional, civil o penal; las autoridades institucionales y aquellas competentes de acuerdo a Ley, adoptaran inmediatamente las acciones para el deslinde de la responsabilidad administrativa funcional y aplicacion de la respectiva sancion, e iniciaran, ante el fuero respectivo, aquellas de orden legal que consecuentemente correspondan a la responsabilidad senalada; Que, la MORDAZA de Auditoria Gubernamental Nº 4.50 - Informe Especial, senala que el Informe Especial sera emitido para fines de la accion civil respectiva, si se evidencia la existencia de perjuicio economico, siempre que se sustente que el mismo no sea susceptible de recupero por la entidad auditada en la via administrativa; Que, en cumplimiento de las normas MORDAZA indicadas, y a efectos de implementar la recomendacion emitida por la Contraloria General de la Republica, resulta procedente autorizar al Procurador Publico del Estado, a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que interponga las acciones judiciales de naturaleza civil que MORDAZA pertinentes para efectuar el recupero de aquellos pagos realizados a las personas senaladas en el Informe Especial Nº 082-2005CG/SP; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, la Ley Nº 27785; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que en representacion de la defensa de los derechos e intereses del Estado, interponga las acciones civiles correspondientes a las personas identificadas en el numeral II del Informe Especial Nº 082-2005-CG/SP "Examen Especial a la Unidad Ejecutora Nº 001 Administracion Central" Periodo Enero 1996 - Diciembre 2000, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, asi como los antecedentes del caso al

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