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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (15/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 33

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G33/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de octubre de 2005 normal desarrollo de las actividades educativas en dichas Instituciones, interrumpiendo las clases y retrasos en susprogramas curriculares; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del Artículo 19º, se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidadsiendo la facultad de aprobar exoneraciones indelegable; Que, copia de dichas Resoluciones o Acuerdos y los informes que la sustenta deben remitirse a la ContraloríaGeneral de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diezdías hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el artículo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala quelas resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de selección, salvo las previstas en los incisos b) y d) del Artículo 19º de la Ley,serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión o adopción, según corresponda, y adicionalmente, deberánpublicarse a través del SEACE; Que, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,establece que ante una Situación de Desabastecimiento Inminente, la autoridad competente para autorizar la exoneración deberá ordenar, en el acto aprobatorio de lamisma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al artículo 47º del mismo cuerpo normativo, el cual regula las responsabilidades y sanciones; Que, adicionalmente, de acuerdo a lo prescrito en el tercer párrafo del artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, existe laobligación de disponer en la Resolución que aprueba una exoneración —bajo sanción de nulidad—, el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de lasresponsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores públicos comprometidos; Que, según lo manifestado en el el Informe Nº 1774- 2005-ME/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, corresponde incluir en la Resolución que apruebe la exoneración, el inicio de las acciones administrativasnecesarias para la determinación de responsabilidades a que hubiera lugar, considerando lo descrito en los antecedentes del Informe Nº 150-2005-ME-SG-OA-UAF,donde se observa que el requerimiento del objeto materia de exoneración fue formulado el 21 de febrero de 2005, sin haberse concretado hasta la fecha su contrataciónmediante un proceso de selección regular; Que, mediante Hoja de Coordinación Interna Nº 814- 2005-ME-SPE/UP, la Unidad de Presupuesto opinófavorablemente con respecto a la disponibilidad presupuestal que se requiera para la contratación de dicho servicio; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones y contrataciones a quese refiere el artículo 19º se realizarán mediante acciones inmediatas y el artículo 148º de su Reglamento establece que se requiere invitar a un solo proveedor, cuya propuestacumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podrá ser obtenida, por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímily el correo electrónico; Que, en consecuencia resulta necesaria la emisión de la Resolución Ministerial mediante la cual se apruebela exoneración del proceso de selección correspondiente, para contratar a través de acciones inmediatas el referido servicio; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED, 083-2004-PCM,084-2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonérese al Ministerio de Educación del proceso de selección de Concurso Público por causalde Situación de Desabastecimiento Inminente, y autorícese a contratar a través de acciones inmediatas el Servicio de Impresión de Carnés para Alumnos deInstitutos Superiores, hasta por la suma de S/. 954 000.00 (Novecientos Cincuenta y Cuatro Mil y 00/100 nuevossoles). Artículo 2º.- La contratación que se efectúe en virtud de la presente Resolución, se realizará a través de laUnidad de Administración Financiera, y de conformidad con las normas del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; de forma tal que se asegure la entrega de los citados carnésantes del 30 de noviembre de 2005. Artículo 3º.- Disponer el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al artículo 47º de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado y, simultáneamente, el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidadesadministrativas, civiles y/o penales que hubiera lugar. Artículo 4º.- Copia de la presente Resolución y sus antecedentes serán remitidos a la Contraloría Generalde la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días hábilessiguientes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 17502 ENERGÍA Y MINAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G71/G75/G69/G70/G6F/G73/G20/G79 /G61/G63/G63/G65/G73/G6F/G72/G69/G6F/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G47/G45/G4D/G4D/G45/G54 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 421-2005-MEM/DM Lima, 10 de octubre de 2005 VISTO, el Oficio Nº 092-2005-INGEMMET/PCD, de fecha 15 de julio de 2005, mediante el cual el Presidente del Consejo Directivo del Instituto Geológico Minero yMetalúrgico - INGEMMET, remite a este Despacho dos expedientes y solicita la aprobación de la donación de bienes muebles efectuada por el Research Centre onLandslides, Disaster Prevention Research Institute, Kyoto University, a favor de INGEMMET; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET, es una Institución Pública Descentralizada del Sector Energía y Minas, cuyos fines son la conformación, administración y desarrollo del Sistema deInformación Básica para el Fomento de la Inversión Minera, a través del cual se busca promover el desarrollo de la actividad minera y la explotación sostenible de losrecursos minerales, facilitando la toma de decisiones en el Sector Energía y Minas, colaborando con otros organismos públicos en la planificación y el desarrollolocal, comunitario, regional y nacional, así como en la conservación del medio ambiente; Que, el INGEMMET también tiene como función generar información propia a través de estudios geológicos regionales del territorio nacional, estudios geoambientales, geológicos, económicos, entre otros, asícomo fomentar la investigación científica y tecnológica en los campos de la geología, minería y metalurgia; Que, en su Reglamento de Organización y Funciones, el INGEMMET tiene como misión desarrollar estudios de riesgos geológicos que afectan el territorio nacional con grave incidencia en centros poblados, mineros,industriales, obras de infraestructura, etc., los que a su vez inciden en el desarrollo socioeconómico de las regiones y del país; Que, en el presente año, se viene ejecutando estudios de este tipo en las zonas norte y sur del Perú, y en apoyo a organismos del Sector Energía y Minas y otros sectores