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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (15/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G33/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de octubre de 2005 aduaneros de ninguna clase o denominación a favor de la trabajadora cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 17471 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61 /G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G53/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G72/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G41/G6A/G75/G73/G74/G61/G64/G6F/G72/G4D/G61/G72/GED/G74/G69/G6D/G6F/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G2C/G20/G50/G72/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G72/G20/G65 /G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G41/G76/G65/G72/GED/G61/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 1516-2005 Lima, 5 de octubre de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA: La solicitud presentada por el señor Marco Antonio Vargas Alcalde para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros - Sección A: PersonasNaturales Sección III de Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Ajustadores y Peritos de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 17-2005-RIAS, en concor- dancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado yaprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segurosy Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de lafacultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Marco Antonio Vargas Alcalde, con Matrícula Nº APN- 282 en el Registro del Sistema de Seguros - Sección A: Personas Naturales Sección III de Ajustadores deSiniestros y/o Peritos de Seguros, para operar como Ajustador Marítimo Transportes, Preventor e Inspector de Averías. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 17466 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G76/G69/G73/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G53/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E/G20/G41/G75/G73/G74/G72/G69/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1554-2005 Lima, 13 de octubre de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada a esta Superintendencia por el Secretario General de la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS), con el fin de participaren la Décimo Segunda Conferencia Anual de la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS) "Solvencia, Gobernabilidad y Conducta del Mercado:Retos para los Supervisores de Seguros y Participantes en el Mercado", organizada por el citada entidad en colaboración con The Austrian Financial Market Authority(FMA), la misma que se llevará a cabo del 18 al 21 de octubre de 2005, en la ciudad de Viena, República de Austria; REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Minería y otros organismos públicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberán presentarse debidamente refrendadas en original y acompañadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicación de éstas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente según sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitirán además en disquete o al siguiente correo electrónico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptarán oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompañados por la versión electrónica. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU