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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G33/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de octubre de 2005 Regionales Sectoriales, resultarán aplicables a partir de la publicación de la respectiva resolución ministerial; Que, por Resolución Ministerial Nº 1160-2004/MINSA, del 3 de diciembre del 2004, el Ministerio de Salud ha aprobado las disposiciones complementarias para laelaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal; Que, asimismo la Primera Disposición Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones del Hospital de Huacho aprobado por Resolución Ministerial Nº 1145- 2004/MINSA del 26 de noviembre del 2004, dispone laelaboración del Cuadro para Asignación de Personal del mencionado Hospital, para su correspondiente aprobación; Que, mediante Resolución Directoral Nº 277-DG-DISA- III-LN-2000 se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) del Hospital de Huacho; Que, el mencionado Hospital ha presentado su nuevo CAP, el mismo que se encuentra en concordancia con su Reglamento de Organización y Funciones; Con las visaciones de la Oficina General de Planeamiento Estratégico y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; Con la visación del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del Artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio deSalud y su Reglamento; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Hospital de Huacho, el mismo queconsta de ocho (8) folios y seiscientos (600) cargos clasificados que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que el presente Cuadro para Asignación de Personal (CAP) sea publicado en el portal electrónico del Ministerio de Salud. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 277-DG-DISA-III-LN-2000. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 17509 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 706-2005-MTC/02 Lima, 13 de octubre de 2005 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores yfuncionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberáser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, de funcionarios, servidores públicos o representantes delPoder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que noes aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como la Dirección deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casos los viajes serán autorizados a través de resolución del Titular del Pliegorespectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación deCategoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a travésde la ejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y enlos estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta GOP/INST/ 711/09/05, del 16 de setiembre de 2005, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación dePersonal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Com unicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar un chequeo técnico en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centrode Entrenamiento CAE de la ciudad de Santiago, a su personal aeronáutico propuesto, durante el día 18 de octubre de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 26678 y 27377, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondienteal Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticosy la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden deInspección Nº 1911-2005-MTC/12.04-SDO designando al Inspector Moisés Rondón Rondón, para realizar un chequeo técnico en simulador de vuelo del equipo Airbus320, en el Centro de Entrenamiento CAE, al personal aeronáutico propuesto por la empresa Lan Perú S.A., en la ciudad de Santiago, República de Chile, durante losdías 17 al 18 de octubre de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar el chequeo técnico a quese contrae la Orden de Inspección Nº 1911-2005-MTC/ 12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Moisés Rondón Rondón, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Santiago, República deChile, durante los días 17 al 18 de octubre de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos deAcotación Nºs. 26678 y 27377, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones, incluyendo las asignaciones por concepto de