Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2005 (15/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 15 de octubre de 2005

Minero, como Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC; Que, el articulo 5º de la MORDAZA legal citada dispone que a partir de su vigencia, las menciones al Registro Publico de Mineria existentes en el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, y demas normas legales y reglamentarias relacionadas, se entenderan como referidas al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero INACC, publicara mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visacion de la Direccion General de Concesiones Mineras y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el articulo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de setiembre del 2005, de acuerdo a la relacion adjunta que es parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Articulo Segundo.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano la concesion minera CUATRO MORDAZA, Codigo Nº 01-00506-05, cuyo titulo se aprobo en el mes de MORDAZA del 2005 y que por error se omitio su publicacion, para los efectos a que se contraen los articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese y publiquese. MORDAZA FCO. MORDAZA MORDAZA Jefe Institucional (e) 17391

Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion Nº 0072-2000/ INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo el Comite Tecnico de Normalizacion de Seguridad Electrica de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, el 4 de MORDAZA del 2005, el Comite Tecnico senalado presento a la Secretaria Tecnica de la Comision 01 Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana, el cual fue elaborado de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema de Adopcion, y sometido a Discusion Publica por un periodo de treinta dias calendario, contados a partir del 8 de agosto del 2005; Que, no habiendose recibido observaciones al Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo su aprobacion como MORDAZA Tecnica Peruana; Luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo la aprobacion del Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana, como MORDAZA Tecnica Peruana; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolucion Nº 0072-2000/ INDECOPI-CRT, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 22 de septiembre del 2005; RESUELVE: APROBAR como Nor ma Tecnica Peruana, la siguiente: NTP-IEC 60947-2:2005 APARATOS DE CONEXION Y DE MANDO DE BAJA TENSION (aparamenta de baja tension). Parte 2: Interruptores automaticos. 1ª Edicion

INDECOPI
Aprueban MORDAZA Tecnica Peruana elaborada por el Comite de Seguridad Electrica
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0078-2005/CRT-INDECOPI MORDAZA, 22 de septiembre del 2005 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Nor malizacion, aprobar las Nor mas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Nor malizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de

Con la intervencion de los senores miembros: MORDAZA Ruiloba, MORDAZA Danos, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Bresani. MORDAZA RUILOBA Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 17465

OSINERG
Declaran improcedentes impugnaciones referentes a la clasificacion de sistemas de distribucion electrica que se fijaron mediante la Res. Nº 1572005-OS/CD
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 365-2005-OS/CD MORDAZA, 13 de octubre de 2005 Con fecha 25 de agosto de 2005, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia, (en adelante el "OSINERG"), publico la Resolucion OSINERG Nº 2372005-OS/CD, mediante la cual se declaro fundado en parte el recurso de reconsideracion interpuesto por ELECTRONORTE MEDIO HIDRANDINA S.A (en adelante HIDRANDINA), contra la Resolucion Nº 157-2005-OS/CD

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