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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G33/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de octubre de 2005 /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G70/G6C/G6F/G6D/G61/G73/G20/G79/G20/G63/G61/G72/G6E/GE9/G73/G75/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G75/G6A/G69/G6C/G6C/G6F UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0765-2005/UNT Trujillo, 30 de setiembre de 2005 Visto el Expediente Nº 2690-30C, con 12 folios, promovido por el Jefe (e) de la Oficina Técnica de Abastecimiento, sobre exoneración del proceso deselección y adquisición de Diplomas y Carnés Universitarios; CONSIDERANDO: Que, el artículo 33º inciso b) de la Ley Universitaria, concordante con el artículo 196º inciso c) del Estatuto vigente, establecen que el Rector es el personero y representante legal de la Universidad, cuya atribución esdirigir la actividad académica de la institución y su gestión administrativa, económica y financiera; Que, mediante Oficio Nº 1451-2005-UNT/OGSEF- ABAST, el Jefe (e) de la Oficina Técnica de Abastecimiento, manifiesta que la Oficina de Registro Técnico, está solicitando la adquisición de 5,000 Diplomasy 14,000 Carnés Universitarios, cuyo proveedor único es la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante Informe Legal Nº 1252-2005-OAJ/UNT, el Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos, refiere que el artículo 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado y el artículo 139º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la citada Ley, establecen las condiciones para la contratación directaentre entidades y, siendo la Asamblea Nacional de Rectores es una Entidad pública, la adquisición de los Diplomas y Carnés Universitarios, están exonerados delproceso de selección, de conformidad con las normas citadas; Que, mediante Informe Nº 1057-2005-UNT/OGSEF- OTC, la Jefa (e) de la Oficina Técnica de Contabilidad, da cuenta de la partida y cadena funcional con la que debe atenderse la adquisición de los Diplomas y Carnésreferidos; Que, mediante Oficio Nº 1366-OGSEF-2005, el Jefe (e) de la Oficina General de Servicios Económicos yFinancieros, de conformidad con las normas antes citadas, manifiesta que la adquisición solicitada por el Jefe de la Oficina de Registro Técnico está exoneradadel proceso de selección, debiéndose emitir la Resolución correspondiente; Que, por Resolución de Consejo Universitario Nº 0202- 2005/UNT, de fecha 14 de setiembre de 2005, se encarga las funciones del Despacho Rectoral al doctor ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES, Vicerrector Administrativo por elperíodo comprendido del 20 de setiembre al 8 de octubre de 2005, por ausencia del Rector; Estando a lo expuesto, de conformidad con el artículo 19º inciso c) del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y artículo 139º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, lo informado por el Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicosy en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector mediante el artículo 33º de la Ley Nº 23733 concordante con el inciso c) del artículo 196º del Estatuto vigente; SE RESUELVE: 1º) EXONERAR del proceso de selección de contrataciones y adquisiciones la compra de 5,000Diplomas y 14,000 Carnés Universitarios, cuyo proveedor único es la Asamblea Nacional de Rectores, de conformidad con el artículo 19º inciso c) del DecretoSupremo Nº 083-2004-PCM, y artículo 139º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 2º) ESTABLECER que el órgano encargado de la compra de los Diplomas y Carnés Universitarios a laAsamblea Nacional de Rectores, por la cantidad de 5,000 Diplomas y 14,000 Carnés Universitarios, por el valorreferencial de S/. 40,000.00 y S/.112,000.00, respectivamente, con plazo de exoneración del Ejercicio Presupuestal 2005, Fuente de Financiamiento RecursosDirectamente Recaudados, con destino a la Oficina de Registro Técnico; es la Oficina General de Servicios Económicos y Financieros – Oficina Técnica deAbastecimiento, con la descripción siguiente: CANT. DESCRIPCIÓN P. UNITARIO P. TOTAL 5,000 Diplomas S/. 8.00 S/. 40,000.00 14,000 Carnés Universitarios S/. 8.00 S/. 112,000.00 3) AUTORIZAR en vía de regularización la adquisición y depósito de S/. 8,000.00, por 1,000 Diplomas yS/. 40,000.00 por 5,000 Carnés Universitarios. 4º) AUTORIZAR el depósito a la Cuenta Corriente Nº 00-000-282138- Asamblea Nacional de Rectores, delBanco de la Nación, por la suma de S/. 72,000.00 (Setenta y dos mil y 00/100 nuevos soles) por la adquisición de 9,000 Carnés Universitarios y S/. 32,000.00 por laadquisición de 4,000 Diplomas. Regístrese, comuníquese y archívese.ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector (e) 17522 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 COFOPRI /G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G72/G65/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G43/G4F/G46/G4F/G50/G52/G49/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G73 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 022-2005-COFOPRI/PC Lima, 12 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2005-JUS, de fecha 1 de setiembre de 2005, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 2 de setiembre de 2005, se han dictado normasque precisan los objetivos y funciones de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, el artículo 3º del citado Decreto Supremo dispone que mediante Resolución de Presidencia de COFOPRI, se constituirá una comisión especial, que se encargará de la revisión de los procesos que aplica COFOPRI en eldesarrollo de sus funciones y la adecuación de los mismos a la normativa vigente, estableciendo su conformación y plazo de vigencia; En cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3º del D.S. Nº 011.2005.JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Constituir la Comisión Especial para que se encargue de la revisión de los procesos que aplica COFOPRI en el desarrollo de sus funciones, integrada por: - La señora Carolina Rouillon Gallese, Coordinadora Nacional de la Formalización de COFOPRI, quien lapresidirá; - La señora Gloria Pflucker Valverde, Gerente de Planeamiento y Operaciones, quien podrá presidir laComisión Especial en caso de ausencia del presidente; - El señor Rafael Belaúnde Llosa, Gerente de Campo; - La señora Ivette Raffo Miranda, Gerente de Titulación;- El señor César Cisneros Vargas, Gerente de Sistemas;