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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (26/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G30/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 26 de setiembre de 2005 mediante la cual solicita autorización para aumentar su capital social por la capitalización de parte de su reserva legal especial del ejercicio 2004 y la modificación del inciso "g" del Artículo 13º de sus Estatutos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 018-2005/MPS del 30 de marzo de 2005, el Concejo Municipal de Sullana acuerda aumentar el capital social de la Caja Municipalde Ahorro y Crédito de Sullana, entre otros, mediante la capitalización de la Reserva Legal Especial del ejercicio 2004 por un monto de S/. 3 801 846,80 (tres millonesochocientos y un mil ochocientos cuarenta y seis y 80/100 Nuevos Soles); Que, de conformidad con el artículo 62º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, excepcionalmentey previa autorización de esta Superintendencia, las empresas del sistema financiero podrán aumentar el capital social mediante otras modalidades diferentes alaporte en efectivo, capitalización de utilidades y reexpresión del capital; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "B" a través del Informe Nº 100- 2005-DEM "B", por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 604-2005-LEG; yestando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas; De conformidad con el procedimiento Nº 84 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolución SBS Nº 131-2002 del 11 de febrero de 2002, cuya base legal es el artículo 62º dela Ley General; y en uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A. el aumento de su capital social por la capitalización de su Reserva Legal Especial por un monto de S/. 3 801 846,80 (tres millonesochocientos y un mil ochocientos cuarenta y seis y 80/100 Nuevos Soles); y en consecuencia, autorizar la modificación del artículo 6º de su Estatuto Social, ydevuélvase la minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevación a Escritura Pública en la que se insertará el texto de la presenteResolución para su inscripción en el Registro Público correspondiente. Artículo Segundo.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A. la modificación del inciso "g" del Artículo 13º del Estatuto referente al límite legal para el otorgamiento de financiamientos a vinculados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas deFondos de Pensiones 16403 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6A/G61/G20/G52/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G68/G6F/G72/G72/G6F/G20/G79 /G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G41/G2E/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61 /G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G73 /G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G63/G6F/G73/G20/G79/G20/G43/G68/G6F/G74/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1437-2005 Lima, 19 de setiembre de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la CAJA RURAL DE AHORRO Y CRÉDITO CAJAMARCA S.A.A., para que se le autorice la apertura de dos oficinas especiales ubicadasen las provincias de San Marcos y Chota del departamento de Cajamarca; y,CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura de dichas oficinas, conforme establece el Procedimiento 11del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "A", mediante Informe Nº 113- 2005-DEM "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en la Circular SBS Nº CR-0203-2005, y elProcedimiento 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Resolución SBS Nº 131- 2002; y en virtud de la facultad delegada por ResoluciónSBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la CAJA RURAL DE AHORRO Y CRÉDITO CAJAMARCA S.A.A., la aperturade dos oficinas especiales, las cuales realizarán exclusivamente funciones de promoción y tramitación crediticia, sin movimiento de efectivo, ubicadas en: - Jr. Leoncio Prado Nº 312, distrito de Pedro Gálvez, provincia de San Marcos del departamento de Cajamarca. - Av. Inca Garcilaso de la Vega Nº 350, distrito y provincia de Chota del departamento de Cajamarca. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 16397 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONSUCODE /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G6F/G20/G68/G61/G20/G6C/G75/G67/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G73/G61/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G74/GED/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G6F/G72/G72/G65/G73/G20/G45/G2E/G49/G2E/G52/G2E/G4C/G2E TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 814/2005.TC-SU Sumilla: No ha lugar a la aplicación de sanción administrativa a la empresa Inversiones San Martín de Porres E.I.R.L., por la infraccióntipificada en el literal f) del artículo 205º del Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Lima, 26 agosto 2005 Visto en sesión de la Sala Única del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de fecha 26 de julio de 2005, el Expediente Nº 1082/2004.TC, referidoal procedimiento de aplicación de sanción a la empresa Inversiones San Martín de Porres E.I.R.L., por presunta responsabilidad en la presentación de documentos falsosy/o declaración jurada con información inexacta, en el proceso de selección de la Adjudicación Directa Pública Nº 001-2002-MDC, convocada por la MunicipalidadDistrital de Cachachi, para la Adquisición de Sustituto o Enriquecido Lácteo para el Programa “Vaso de Leche”; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. Con fecha 8 de febrero de 2002, la Municipalidad DISTRITAL de CACHACHI (en adelante la Entidad) convocó a la Adjudicación Directa Pública Nº 001-2002-MDC para la Adquisición de Sustituto o Enriquecido Lácteo para el Programa “Vaso de Leche”, con un valor referencial ascendente a la suma de S/. 307,044.00.