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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327082El Peruano miércoles 30 de agosto de 2006 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G61/GE9/G72/G65/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65 /G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G61/G62/G61/G73/G74/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G69/G6E/G6D/G69/G6E/G65/G6E/G74/G65 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 273-2006-P-PJ Lima, 17 de agosto del 2006VISTOS:El Memorándum Nº 1626-2006-GAF-GG-PJ, de la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe Técnico Nº 217-2006-SL-GAF-GG/PJ, de la Subgerencia de Logística; el Informe Nº 376-2006-OAL-GG-PJ, de la Oficina de AsesoríaLegal de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 041-2006-P-PJ, de fecha 25 de enero del año 2006, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones del presente ejercicio fiscal, encontrándose incluida, entre otras, la contratación del Servicio de Transporte Aéreo a través del Suministro de Pasajes a nivel nacional; Que, de los antecedentes, se advierte que para la contratación del servicio en referencia correspondiente al período 2006 - 2007, previa aprobación del expediente decontratación y las Bases administrativas, con fecha 18 de agosto del año en curso se ha convocado al Concurso Público Nº 003-2006-GG-PJ, Primera Convocatoria, por el valorreferencial de US$ 517 000,27 (Quinientos Diecisiete Mil y 27/ 100 Dólares Americanos), con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; Que, la Gerencia de Administración y Finanzas a través del Memorándum Nº 1626-2006-GAF-GG-PJ, solicita se declare la Situación de Desabastecimiento Inminente del referidoservicio, conforme a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Nº 217-2006-SL-GAF-GG/PJ emitido por la Subgerencia de Logística; Que, del Informe Técnico Nº 217-2006-SL-GAF-GG/ PJ se advierte que ante la culminación del Contrato Nº 025-2005-P-PJ suscrito con la Empresa DomiruthTravel Service S.A.C. para la prestación anual de dicho servicio, con fecha 4 de mayo del año 2006 se suscribió el Contrato Complementario hasta el 30% del montocontractual, no pudiéndose suscribir a la fecha el Contrato regular habida cuenta que el proceso de selección se encuentra en marcha, por lo que la ausencia de dichoservicio podría entorpecer el normal desarrollo de las actividades propias del Poder Judicial a nivel nacional; Que, la Situación de Desabastecimiento Inminente comprendería el plazo de 60 días calendario, toda vez que deben considerarse los plazos legales que supone el desarrollo del indicado proceso de selección y laconsecuente suscripción del contrato; siendo el valor referencial la suma de US$ 47 370,06 (Cuarentisiete Mil Trescientos Setenta y 06/100 Dólares Americanos);alternativamente, se propone como plazo hasta que se suscriba el contrato derivado del Concurso Público convocado para tal efecto, lo que ocurra primero; Que, sobre el particular, cabe señalar que el artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en su inciso c), contempla la exoneración de los procesos de selección, para adquisiciones y contrataciones que serealicen en Situación de Desabastecimiento Inminente; Que, conforme al artículo 21º de la acotada norma, la Situación de Desabastecimiento Inminente es aquella situaciónextraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios yactividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obrassólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, asimismo, el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM,establece que no se encuentran comprendidas dentro de la Situación de Desabastecimiento Inminente las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidadescomplementarias y administrativas de la Entidad; que, la necesidad de los bienes, servicios u obras, debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiéndose invocar la existencia de una situación dedesabastecimiento inminente en supuestos como en vía de regularización, por períodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situación y parasatisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobación de la exoneración al proceso de selección; Que, analizados los antecedentes y demás documentación adjunta, se evidencia que nos encontramos frente a un apremio concreto e inmediato, en la medida en que siendo el servicio de transporteaéreo esencial e imprescindible, su interrupción podría afectar directa e inminentemente la operatividad de la Institución; por lo que resulta conveniente se declare laSituación de Desabastecimiento Inminente prevista en el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,adoptando acciones inmediatas para contratar por el período indispensable, hasta que concluya el proceso de selección, según la normativa aplicable; Que, sin perjuicio de lo señalado precedentemente, el inminente desabastecimiento del servicio referido exige disponer el inicio de las medidas conducentes a ladeterminación de las responsabilidades que pudieran recaer en los funcionarios y/o servidores de la Institución que pudieran resultar involucrados, de acuerdo a loprevisto por el artículo 47º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, dadala demora en la convocatoria del proceso de selección; Que, el artículo 20º del precitado Texto Único Ordenado, establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradasdel respectivo proceso de selección, se realizarán mediante acciones inmediatas, debiendo remitirse copia de la Resolución y los informes sustentatorios a la Contraloría General de laRepública y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, de otro lado, conforme al artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones medianteacciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podrá ser obtenida,por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico; Que, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General mediante Informe Nº 376-2006-OAL- GG-PJ, opina por la procedencia de la declaración en Situación de Desabastecimiento Inminente, al considerarque el apremio es concreto e inmediato, resultando indispensable realizar acciones inmediatas para contratar por el período necesario, lo cual debe ser autorizado porel Titular del Pliego derivado de una exoneración, como una medida temporal ante un hecho de excepción; Que, mediante Memorándum Nº 3525-2006-SL-GAF- GG-PJ, la Subgerencia de Logística ha indicado la disponibilidad presupuestal, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; Por las consideraciones expuestas y de conformidad con lo previsto por los artículos 19º, 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en concordancia con los artículos 141º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento, aprobado porDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y en uso de las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Desabastecimiento Inminente la contratación del servicio de transporte aéreo a través del suministro de pasajes, por el valor referencial de US$ 47 370,06 (Cuarentisiete MilTrescientos Setenta y 06/100 Dólares Americanos), con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; suma que comprende el período de 60 días calendario, o,hasta la suscripción del contrato que derive del respectivo proceso de selección, lo que ocurra primero. Artículo Segundo.- DISPONER que la Subgerencia de Logística de la Gerencia de Administración y Finanzas realice la contratación referida en el Artículo Primero, mediante acciones inmediatas, debiendo observar para ellolo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de