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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (15/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de diciembre de 2006 334553 de Pesquería y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. SULMA CARRASCO BARRERA Directora General de Acuicultura (e) 6729-2 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Acuerdo sobre el Ejercicio de Actividades Remuneradas para los Cónyuges de los Funcionarios Internacionales del BID que trabajan temporalmente en el Perú DECRETO SUPREMO Nº 080-2006-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el “Acuerdo sobre el Ejercicio de Actividades Remuneradas para los Cónyuges de los Funcionarios Internacionales del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) que trabajan temporalmente en el Perú” , suscrito el 26 de julio de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y rati fi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo sobre el Ejercicio de Actividades Remuneradas para los Cónyuges de los Funcionarios Internacionales del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) que trabajan temporalmente en el Perú” , suscrito el 26 de julio de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 6817-5 Ratifican Convenio Específico suscrito con el Reino de Bélgica relativo al “Programa de Apoyo Financiero Sectorial al Seguro Integral de Salud (SIS) en los departamentos de Ayacucho, Apurímac y Cajamarca” DECRETO SUPREMO Nº 081-2006-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el Convenio Especí fi co entre la República del Perú y el Reino de Bélgica relativo al “Programa de Apoyo Financiero Sectorial al Seguro Integral de Salud (SIS) en los departamentos de Ayacucho, Apurímac y Cajamarca” , fue suscrito el 12 de octubre de 2005, en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y rati fi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Convenio Especí fi co entre la República del Perú y el Reino de Bélgica relativo al “Programa de Apoyo Financiero Sectorial al Seguro Integral de Salud (SIS) en los departamentos de Ayacucho, Apurímac y Cajamarca” , fue suscrito el 12 de octubre de 2005, en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 6817-6 Delegan facultades a funcionario diplomático para suscribir el “Memorando de Entendimiento para el Establecimiento del Mecanismo de Diálogo Político y Cooperación entre los Estados Parte y Estados Asociados del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y la Federación de Rusia” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 453-2006-RE Lima, 14 de diciembre de 2006Visto el Memorándum (CSN) Nº 002/2006 de 12 de diciembre de 2006, de la Dirección de la Comunidad Sudamericana de Naciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el “Memorando de Entendimiento para el Establecimiento del Mecanismo de Diálogo Político y Cooperación entre los Estados Parte y Estados Asociados del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y la Federación de Rusia” ; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:1.-Delegar en la persona del Ministro en el Servicio Diplomático de la República, José Jesús Guillermo Betancourt Rivera, las facultades su fi cientes para que suscriba el “Memorando de Entendimiento para el Establecimiento del Mecanismo de Diálogo Político y Cooperación entre los Estados Parte y Estados Asociados del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y la Federación de Rusia”.