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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (15/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de diciembre de 2006 334556 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 949-2005/ MINSA, de fecha 9 de diciembre de 2005, se designó al médico cirujano Javier Natividad Álvarez Paredes, en el cargo de Subdirector Ejecutivo de la Dirección de Red de Salud San Juan de Mira fl ores – Villa María del Triunfo de la Dirección de Salud II Lima Sur; Que mediante Resolución Ministerial Nº 071-2006/ MINSA, de fecha 24 de enero de 2006, se designó al licenciado en administración José Julio Buleje Carpio, en el cargo de Director de la O fi cina de Administración de la Dirección de Red de Salud San Juan de Mira fl ores – Villa María del Triunfo de la Dirección de Salud II Lima Sur; Que resulta conveniente dar término a las citadas designaciones y designar a los profesionales propuestos; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 77° del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el literal b.2 del inciso b) del artículo 8° de la Ley Nº 28652 y los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluidas, en la Dirección de Red de Salud San Juan de Mira fl ores – Villa María del Triunfo de la Dirección de Salud II Lima Sur, las designaciones de los funcionarios que se indican, dándoseles las gracias por los servicios prestados: NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL Médico cirujano Javier Natividad ÁLVAREZ PAREDES Subdirector Ejecutivo F-3 Licenciado en administración José Julio BULEJE CARPIO Director de la O fi cina de AdministraciónF-3 Artículo 2º.- Designar en la Dirección de Red de Salud San Juan de Mira fl ores – Villa María del Triunfo de la Dirección de Salud II Lima Sur, a los médicos cirujanos que se indican: NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL Rody James ALVA OCROSPOMA Subdirector Ejecutivo F-3 José Demetrio ATENCIA CHIHUAN Director de la O fi cina de AdministraciónF-3 Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 6754-3 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Establecen tasa de interés moratorio temporal por sanciones administrativas para casos de multa en que no se haya presentado solicitud de fraccionamiento y de deudas en proceso de cobranza coactiva RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 419-2006-TR Lima, 14 de diciembre de 2006CONSIDERANDO:Que, el artículo 14º del Reglamento de Multas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2006-TR establece que es facultad del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo determinar, vía resolución del Titular, la Tasa de Interés Moratorio (TIM-MTPE) por las sanciones pecuniarias administrativas que impone; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 050-2000-TR, de fecha 2 de junio de 2000, se determinó la Tasa de Interés Moratorio aplicable a las multas que impone el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en 2.2% mensual; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con el fi n de brindar facilidades a las empresas deudores de multas ha considera conveniente dictar medidas temporales como un mecanismo que permita el cumplimiento del pago de las multas impuestas por la entidad, señalándose para este fi n la fi jación de una tasa de interés moratorio del 0.01% a ser aplicados a aquellos obligados que tengan una multa impuesta y no hayan presentado su solicitud de fraccionamiento y aquellas cuyas deudas se encuentren en proceso de cobranza coactiva, excluyéndose a aquellas que hayan presentado solicitud de fraccionamiento de multa o con los que cuenten con dicho bene fi cio; Con las visaciones de los Directores Generales de las Ofi cinas de Administración y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el artículo 8º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el artículo 37º el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 002-2006-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Establecer la tasa de interés moratorio del 0.01% por un período perentorio de 45 (cuarenta y cinco) días calendario, a ser aplicados en los siguientes casos: a) Respecto de aquellos obligados que tengan una multa impuesta y no hayan presentado su solicitud de fraccionamiento. b) Respecto de las deudas que se encuentren en proceso de cobranza coactiva. Artículo 2º.- No están comprendidas en la aplicación de la tasa de interés moratorio establecido en el artículo 1º aquellos obligados que hayan presentado solicitud de fraccionamiento de multa o con los que cuenten con dicho bene fi cio, aplicándose a éstos la tasa de interés moratorio del 2.2%. Artículo 3º.- Culminado el plazo señalado en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial la tasa de interés moratorio será la establecida en la Resolución Ministerial Nº 050-2000-TR. Artículo 4º.- La O fi cina de Administración, formulará y aprobará los lineamientos que sean necesarios para efectos de la aplicación de la tasa de interés moratorio señalado en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 5º. - Dentro de los quince días calendario de concluida el plazo señalado en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, la O fi cina de Administración informará a la Secretaria General los resultados obtenidos relacionados con la recaudación de multas. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 6813-1 Dan por concluida designación y designan Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima - Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 420-2006-TR Lima, 14 de diciembre de 2006