Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2006 (21/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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anexo adjunto constituye parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Defensa Nacional y Defensa Civil, la adopcion de las acciones pertinentes a fin de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Administracion proceda a la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayor circulacion de la Region. Articulo Cuarto.- DEJAR sin efecto toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional del Callao, a los 19 dias del mes de diciembre del 2006. MORDAZA MORDAZA CANCHES MORDAZA Presidente 8778-2

suma de S/. 1,242.46 que se indica en el Anexo Nº 2 fue girado a la orden del Recaudador, senor MORDAZA HIDRUGO MORDAZA, para la compra de medicinas, el mismo que no ha sido sustentado en las Declaraciones Juradas de Gastos, del mes de MORDAZA del ano 2004, presentadas a la DRSAL. Asimismo, los saldos pendientes de rendicion por parte del citado servidor, por la suma de S/. 2,900.01 le fueron girados para reponer el Fondo Fijo de MORDAZA Chica. 1.2. OTORGAMIENTO IRREGULAR DE CANASTAS DE VIVERES AL PERSONAL NOMBRADO DEL CLAS, POR LA SUMA DE S/. 10,250.73 De la revision a la documentacion que sustenta las Actas de Declaracion Jurada del gasto del ano 2004, proporcionada por el Comite Local de Administracion de Salud (CLAS) "Pedro MORDAZA Atusparias", se ha determinado que durante los meses de marzo, MORDAZA, MORDAZA, agosto, octubre y noviembre del ano 2004, con la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados, se ha otorgado en forma irregular canastas de viveres al personal nombrado, por la suma de S/. 10,250.73, conforme se demuestra con las Planillas de pago a los trabajadores y facturas de compras expedidas por Supermercados EL SUPER S.A.C. correspondientes a los meses tomados como muestra (Anexo Nº 7). Determinandose la existencia de indicios razonables de la comision de delito por parte de don MORDAZA MORDAZA HIDRUGO MORDAZA, Recaudador del CLAS MORDAZA MORDAZA ATUSPARIAS (OBSERVACION 1.1); ROLVER MORDAZA HERNA MORDAZA, Presidente del CLAS PEDO MORDAZA ATUASPARIAS (OBSERVACION 1.2); MORDAZA MILLONES DE MORDAZA, Tesorera del Consejo Directivo del CLAS (OBSERVACION 1.1 y 1.2) y MORDAZA MORDAZA MUSAYON, Gerente del CLAS (OBSERVACION 1.1 y 1.2) Que, por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 262-2003GR.LAMB/PR, se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Regional del Gobierno Regional Lambayeque; Que, conforme al articulo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS, Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e intereses del Estado a nivel de Gobierno Regional, para que el Procurador Publico Regional inicie cualquier MORDAZA en nombre y representacion del Gobierno Regional, debera contar con autorizacion por Resolucion Ejecutiva Regional, con acuerdo de los Gerentes Regionales; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesion realizada el dia 7 de agosto de 2006, se acordo autorizar al Procurador Publico Regional, iniciar las acciones legales que correspondan, de acuerdo a lo senalado por el Art. 11º del Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS, Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional, en concordancia con el Art. 78º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales; Con la visacion de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Infraestructura, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Economico, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, Oficina Regional de Administracion, Oficina Regional de Asesoria Juridica y la conformidad de Gerencia General Regional; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, su modificatoria Ley Nº 27902 y en aplicacion de lo establecido en el Art. 11º del D.S. Nº 002-2003-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el inicio de las acciones legales que correspondan contra los senores ROLVERALMANZOR HERNAVALDERA, MORDAZA MORDAZA MUSAYON y senora MORDAZA MILLONES DE MORDAZA miembros del Consejo Directivo del CLAS "PEDRO MORDAZA ATUSPARIAS" y el servidor MORDAZA MORDAZA HIDRUGO MORDAZA, por las razones expuestas. Articulo Segundo.- Remitir todos los actuados, a la Procuraduria Publica del Gobierno Regional MORDAZA, transcribiendo la presente Resolucion Ejecutiva Regional para su conocimiento y fines pertinentes, ademas de

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra miembros del Consejo Directivo del CLAS "Pedro MORDAZA Atusparias" y servidor por presunto perjuicio economico
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 541-2006-GR.LAMB/PR Chiclayo, 12 de diciembre de 2006 VISTO: El Oficio Nº 2322-2006-GR.LAMB/DRSAL-OEAJ e Informe Especial Nº 004-007-2006-2-0633GR.LAMB/ OECI; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 2322-2006-GR.LAMB/ DRSAL-OEAJ, de fecha de fecha 4 de agosto de 2006, se ha recepcionado el Informe Especial Nº 004-007-20062-0633GR.LAMB/OECI, de fecha 21 de junio de 2006 denominado USO IRREGULAR DE RECURSOS PUBLICOS CAUSAN PERJUICIO ECONOMICO A LA ASOCIACION COMUNIDAD LOCAL DE ADMINISTRACION DE SALUD - CLAS "PEDRO MORDAZA ATUSPARIAS", POR LA SUMA DE S/. 14,392.20 DIRECCION REGIONAL DE SALUD DE MORDAZA, solicitando se emita la Resolucion Ejecutiva Regional que autorice al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional MORDAZA, a iniciar las acciones judiciales que correspondan contra los presuntos responsables; Que, del Informe Especial MORDAZA mencionado se tienen los siguientes hechos: 1. USO IRREGULAR DE RECURSOS PUBLICOS CAUSAN PERJUICIO ECONOMICO POR LA SUMA DE S/. 14,392.20 1.1 GASTOS POR UN IMPORTE DE S/. 4,142.47 NO CUENTAN CON LA DOCUMENTACION SUSTENTATORIA DEL GASTO. De la evaluacion selectiva a la documentacion sustentatoria del gasto corriente, por la fuente de financiamiento del Seguro Integral de Salud (SIS) y Farmacia, proporcionada por el CLAS MORDAZA MORDAZA Atusparias, del periodo sujeto a control, se ha determinado la existencia de gastos o egresos de sumas dinerarias, que carecen de la documentacion sustentatoria correspondiente; por la suma de S/. 4,142.47. El cheque Nº 54169606 por la

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