Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2006 (11/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de enero de 2006

VISTO; el Informe Especial Nº 402-2005-CG/ZN, resultante del Examen Especial practicado al Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA - CTAR MORDAZA, por el periodo de enero a diciembre 2002, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado, que comprende al Gobierno Regional de Loreto; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, efectuo un Examen Especial al Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA - CTAR MORDAZA, orientado a determinar si los recursos financieros y patrimoniales asignados a la entidad actualmente denominada Gobierno Regional de MORDAZA, fueron utilizados adecuadamente en concordancia con los objetivos institucionales y normativa aplicable; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que en el periodo Nov.2001 a Dic.2002, en la ejecucion de la obra "Construccion de la Carretera Iquitos - Nauta Tramo IV Sector Nauta - Itaya (km. 19+000/km. 29+340 y km. 29+340/km. 35+795", llevada a cabo via Ejecucion Presupuestaria Directa con Supervision Externa, debido a una deficiente supervision y control en la utilizacion del combustible adquirido para la citada obra, se ha determinado un faltante de 19 856,94 galones de petroleo Diesel D-2, valorizados en S/. 86 179,12; ocasionando perjuicio economico a la Entidad, el cual debe ser resarcido con arreglo a lo dispuesto en el articulo 1321º del Codigo Civil vigente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 00542 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 576-2005-CG MORDAZA, 30 de diciembre de 2005 VISTO, el Informe Especial Nº 404-2005-CG/ORIQ, resultante del Examen Especial, practicado a la Municipalidad Provincial de MORDAZA Nauta, periodo 2003, considerando operaciones anteriores y posteriores a dicho periodo; y,

CONSIDERANDO: Que, acorde a su Plan Anual de Control, la Contraloria General de la Republica dispuso la realizacion de un Examen Especial a la Municipalidad Provincial de MORDAZA Nauta, por el periodo comprendido de enero a diciembre del 2003, orientado a determinar si los recursos financieros y patrimoniales administrados por la citada Entidad, fueron utilizados en concordancia a sus objetivos y de acuerdo a la normativa vigente; Que, como resultado de la mencionada accion de control, la Comision Auditora ha determinado que ex funcionarios y un servidor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Nauta, efectuaron una deficiente supervision en la elaboracion del Expediente Tecnico y en la etapa de ejecucion de la obra "Construccion C.E.P. Nº 60774 Esparta - Rio Maranon", toda vez que, los metrados considerados en el citado Expediente Tecnico se encontraban sobredimensionados, asimismo se aprobaron valorizaciones y se recepciono la obra sin efectuarse observaciones, pese a que la empresa contratista de manera unilateral e injustificada dejo de ejecutar partidas o las ejecuto parcialmente, conllevando a que indebidamente se reconozca la suma de S/. 8 830,42; hechos que deberan ser materia de resarcimiento economico, en aplicacion del Articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables y los hechos comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie e impulse las acciones legales por los hechos expuestos y contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 00544

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos de peculado y otros en agravio del ex CTAR Callao y de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 575-2005-CG MORDAZA, 30 de diciembre de 2005 VISTO, el Informe Especial Nº 403-2005-CG/ZN, resultante del Examen Especial practicado en el Consejo Transitorio de Administracion Regional del Callao, periodo enero a diciembre de 2002, y periodos posteriores;

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