Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2006 (23/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, lunes 23 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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Entidades Rectoras, Instituto Nacional de Cultura, Instituto Nacional de Recursos Naturales, Cuerpo General de Bomberos, Instituto Nacional de Defensa Civil y el Ministerio de Defensa designe un delegado Ad - Hoc titular y alterno ante las Comisiones Tecnicas Municipales; Que, el Articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, establece que el Director Nacional es la mas alta autoridad del INC, es el titular del Pliego Presupuestal, ejerce su representacion legal y le corresponde, entre otras funciones, delegar las funcion que no MORDAZA privativas de su cargo; Estando visado por la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0172003-ED. SE RESUELVE: Articulo 1º.- DELEGAR a los Directores Regionales del Instituto Nacional de Cultura la facultad de designar a los Delegados Ad Hoc ante las Comisiones Tecnicas Calificadoras de Proyectos de las Municipalidades distritales y provinciales que las requieran. Articulo 2º.- Los delegados Ad Hoc informaran periodicamente a sus respectivas Direcciones sobre los acuerdos tomados en las Comisiones Tecnicas Calificadoras de Proyectos de las Municipalidades, en las cuales participen; debiendo estas informar a la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 01247

Estando a lo visado por la Oficina de Planificacion y Presupuesto, la Oficina de Administracion, la Oficina de Asuntos Juridicos y la Gerencia General; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762-Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510, Ley N° 28411-Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y con las facultades que le confiere el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2003-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ACEPTAR la donacion efectuada por IBM del Peru S.A.C. a favor del Museo Nacional de Arqueologia, Antropologia e Historia del Peru ascendente a la suma de US$ 10,000.00 (Diez Mil y 00/100 Dolares Americanos), depositada en la cuenta corriente Nº 0001698916 del Instituto Nacional de Cultura en el Banco Wiese Sudameris, segun recibo de ingreso N° 2921. Articulo 2º.- La donacion, a que se refiere el articulo precedente, sera destinada a la implementacion de un ambiente tecnologico y cientifico dentro de las instalaciones del Museo Nacional de Arqueologia, Antropologia e Historia del Peru, en el MORDAZA del Programa Try-Science. Articulo 3º.- Agradecer a IBM del Peru S.A.C. por la donacion otorgada a favor del Museo Nacional de Arqueologia, Antropologia e Historia del Peru. Articulo 4°.- Encargar a la Oficina de Administracion Documentaria la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 01248 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1891/INC MORDAZA, 30 de diciembre de 2005 Visto, el Oficio Nº 722-2005/INC-GG-OA-UT emitido por el Jefe de la Unidad de Tesoreria del Instituto Nacional de Cultura; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio del visto, el Jefe de la Unidad de Tesoreria del Instituto Nacional de Cultura comunica que la Fundacion Backus ha efectuado una donacion a favor del Instituto Nacional de Cultura por la suma de US $ 7,000.00 (Siete Mil y 00/100 Dolares Americanos), destinada a la construccion y puesta en marcha de la primera etapa del proyecto «Laboratorio de Conservacion y Restauracion del Museo Tumbas Reales de Sipan», en el MORDAZA del Convenio de Cooperacion Interinstitucional celebrado entre MORDAZA entidades; Que, el Articulo 69º de la Ley Nº 28411-Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto dispone que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por Resolucion del Titular de la Entidad, senalando que dicha Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donacion supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; por lo que resulta necesario emitir la resolucion de aceptacion de la referida donacion la misma que constituye una importante contribucion al desarrollo de la cultura; Estando a lo visado por la Oficina de Planificacion y Presupuesto, la Oficina de Administracion, la Oficina de Asuntos Juridicos y la Gerencia General; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762-Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510, Ley N° 28411-Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y con las facultades que le confiere el Reglamento de Organizacion y Funciones

Aceptan donaciones efectuadas a favor del Museo Nacional de Arqueologia, Antropologia e Historia del Peru y del INC
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1890/INC MORDAZA, 30 de diciembre de 2005 Visto, el Oficio Nº 718-2005/INC-GG-OA-UT emitido por el Jefe de la Unidad de Tesoreria del Instituto Nacional de Cultura; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio del visto, el Jefe de la Unidad de Tesoreria del Instituto Nacional de Cultura comunica que IBM del Peru S.A.C. ha efectuado una donacion a favor del Museo Nacional de Arqueologia, Antropologia e Historia del Peru por la suma de US$ 10,000.00 (Diez Mil y 00/100 Dolares Americanos), en el MORDAZA del Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre el Ministerio de Educacion, el Instituto Nacional de Cultura e IBM del Peru S.A.C., para la implementacion de un ambiente tecnologico y cientifico dentro de las instalaciones del referido museo, en el MORDAZA del Programa Try-Science; Que, el Articulo 69º de la Ley Nº 28411-Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto dispone que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por Resolucion del Titular de la Entidad, senalando que dicha Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donacion supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; por lo que resulta necesario emitir la resolucion de aceptacion de la referida donacion la misma que constituye una importante contribucion al desarrollo de la cultura;

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