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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G31/G30/G38/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 23 de enero de 2006 3 REDUCCIÓN DE CONSUMO NO MEDIDO (PROMEDIO HISTÓRICO, ASIGNACIÓN YCONSUMO MÍNIMO) 3.1 Indebida aplicación de modalidad3.1.1 Aplicación de la asignación de consumo 3.1.2 Aplicación del consumo mínimo 3.2 Cálculo erróneo del consumo 3.2.1 Servicio brindado sólo por días 3.2.2 Error en el cálculo del promedio histórico 3.2.3 Predio con menos unidades de uso II AGUA POTABLE: TARIFA 1 ERROR EN LA CALIFICACIÓN DE USO DEL PREDIO 1.1 Categoría Residencial 1.1.1 Cambio a tarifa domésticaa) Predios para vivienda recién construidos pero desocupados b) Vivienda con negocio c) Predio comercial desocupado 1.1.2 Cambio a tarifa social a) Actividades de asistencia social b) Iglesias 1.2 Categoría no residencial1.2.1 Cambio a tarifa estatal a) Actividades de la Administración Pública - Actividad empresarial del Estado - intermediación financiera y construcción de buques - Actividades deportivas y de esparcimiento en locales del Estado - Mercados municipales b) Actividad educativa estatal c) Asociaciones civiles 2 PROBLEMAS DEL PROCEDIMIENTO PARA EL CAMBIO DE USO DEL PREDIO 2.1 Inspección interna 2.2 Comunicación oportuna del cambio al usuario III ALCANTARILLADO Y OTROS SERVICIOS 1 SERVICIO DE ALCANTARILLADO 1.1 Anulación del importe por alcantarillado sanitario 1.1.1 Falta de servicio de alcantarillado sanitario 1.1.2 Falta de servicio de agua potable 1.2 Reducción del importe por alcantarillado sanitario 1.2.1 Em presas Prestadoras Municipales: sin servicio de agua potable 1.2.2 Fuente de Agua Propia (aplicable a Empresas Prestadoras Municipales y a SEDAPAL) 2 ANULACIÓN DE COSTO POR CIERRE Y REAPERTURA (SERVICIOS COLATERALES) 2.1 Incumplimiento de aspectos generales2.1.1 Falta de ejecución del servicio 2.1.2 Falta de acreditación de costos2.2 Incumplimiento de requisitos para el cierre 2.2.1 Cierre simplea) Dos meses impagos b) Cuota de crédito vencida 2.2.2Cierre drástico 2.3 Incumplimiento de requisitos para la rehabilitación del servicio “LINEAMIENTOS RESOLUTIVOS DEL TRASS” RECLAMOS COMERCIALES DE USUARIOS DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO INTRODUCCIÓN En condiciones de monopolio, como en el caso de agua potable y alcantarillado sanitario, la regulación delos servicios públicos resulta necesaria para establecer incentivos adecuados con la finalidad de lograr mayores niveles de eficiencia. Tal necesidad de regulación,adquiere una connotación especial cuando una de laspartes de la relación empresa-usuario, posee menorinformación en los procesos vinculados a la prestacióndel servicio, como pueden ser la facturación del servicio o su eventual cuestionamiento a través de un reclamo. Es bajo dicho contexto, y mediante la aprobación de diversas disposiciones, entre ellas, el Reglamento deReclamos Comerciales de Usuarios de Servicios deSaneamiento, aprobado por Resolución de ConsejoDirectivo Nº 005-2003-SUNASS-CD, que la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento -en adelante SUNASS-, define reglas mínimas decumplimiento que deben ser observadas por lasEmpresas Prestadoras y los usuarios. Las reglas establecidas, si bien fijan el marco general, requieren complementarse con la experiencia adquirida por el órgano encargado de aplicarlas, vale decir, el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de losUsuarios de los Servicios de Saneamiento de la SUNASS- TRASS, en adelante EL TRIBUNAL. Por ello, mediantelos presentes lineamientos, EL TRIBUNAL pretendeestablecer los alcances y criterios de interpretación de las normas cuya aplicación le ha sido encomendada. Dentro de las normas sujetas a interpretación por parte de EL TRIBUNAL, se encuentran (i) las referidas alprocedimiento, como el mencionado Reglamento deReclamos y la Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral, aprobada mediante Ley Nº 27444 y (ii) las normas sustantivas o de fondo, como la Directiva “Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de losServicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario”,aprobada por Resolución de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS, en adelante DIRECTIVA DE IMPORTE AFACTURAR y las diversas disposiciones que aprueban las estructuras tarifarias de las Empresas Prestadoras, entre otras normas. El procedimiento constituye la primera sección del documento e incluye dos partes, una referida a losaspectos generales, que desarrolla conceptosespecíficos a tener presente antes de presentar un reclamo, como es el ámbito de aplicación de la norma que regula el procedimiento así como los sujetos queparticipan en él, y la otra parte, referida a las etapas delprocedimiento que abarca desde su inicio con lapresentación del reclamo, hasta su resolución por laEmpresa Prestadora y, de ser el caso, por la propia SUNASS a través de EL TRIBUNAL, en segunda y última instancia administrativa. Los casos referidos a aspectos sustantivos o de fondo, constituyen la segunda sección del documento yhan sido divididos en tres partes. La primera, se refierea las diversas situaciones en las que podría verse afectado el consumo del usuario, siendo por ello posible su anulación o reducción. La segunda parte, comprendelos casos en que el usuario solicita el cambio de unatarifa a otra, ya sea porque ha existido un error en lacalificación del predio o no se ha seguido el procedimientopara que ello ocurra. Con esta segunda parte, se desarrollan los dos factores esenciales de la facturación