Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2006 (11/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 11 de febrero de 2006

debera contar con un sistema de codigo de barras que le permita identificar las mercancias que ingresan y salen de la ZOFRATACNA con destino a la MORDAZA Comercial de Tacna.
(30) Articulo sustituido por el Articulo 24º del Decreto Supremo Nº 038-2005MINCETUR, publicado el 17 de diciembre de 2005.

y Finanzas, se fijara el plazo y condiciones para otorgar la concesion al Operador, de conformidad con lo establecido en el articulo 35º de la Ley.
(32) Parrafo incorporado por el Articulo 26º del Decreto Supremo Nº 0382005-MINCETUR, publicado el 17 de diciembre de 2005.

Articulo 32º.- Corresponde a SUNAT realizar las acciones de supervision selectiva de las mercancias que ingresen o salgan de la ZOFRATACNA, sin perjuicio de las acciones de inspeccion por parte de la Administracion de la ZOFRATACNA. Dicha Administracion brindara el apoyo necesario a SUNAT para el cumplimiento de lo establecido en el presente articulo. (31) La Administracion de la ZOFRATACNA acondicionara un area fisica para las tareas de supervision documentaria de los funcionarios de SUNAT. La SUNAT podra efectuar labores de revision fisica aleatoria de las mercancias que salen de los depositos francos con direccion a la MORDAZA Comercial, la cual se realizara en forma conjunta y simultanea con el Comite de Administracion de la ZOFRATACNA. Asimismo, la Administracion de la ZOFRATACNA proporcionara la informacion necesaria a SUNAT para que implemente un adecuado control del ingreso y la salida de las mercancias de la ZOFRATACNA, debiendo dichas instituciones coordinar la instalacion de sistemas informaticos interconectados.
(31) Parrafo sustituido por el Articulo 25º del Decreto Supremo Nº 038-2005MINCETUR, publicado el 17 de diciembre de 2005.

Articulo 36º.- El Comite de Administracion de la ZOFRATACNA estara integrado por los representantes de los sectores y entidades senalados en el Articulo 39º de la Ley. El representante a que se refiere el inciso b) del Articulo 39º de la Ley corresponde al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. (33) El representante de los usuarios de la ZOFRATACNA a que se refiere el inciso f) del Articulo 39º de la Ley, debera ser elegido entre los usuarios que desarrollen cada una de las actividades senaladas en el Articulo 5º, de acuerdo al Reglamento que para tal efecto apruebe el Comite de Administracion.
(33) Parrafo sustituido por el Articulo 27º del Decreto Supremo Nº 038-2005MINCETUR, publicado el 17 de diciembre de 2005.

SUNAT aprobara los procedimientos para el ingreso y salida de los bienes de la ZOFRATACNA y de la MORDAZA Comercial de Tacna, asi como senalar las modalidades operativas aduaneras necesarias para el mejor cumplimiento de la Ley y el presente Reglamento. El Comite de Administracion de la ZOFRATACNA esta facultado para aprobar, a traves de directivas internas, procedimientos referidos al control del ingreso, permanencia y salida de mercancias, al interior de la ZOFRATACNA, incluida la salida de bienes a la MORDAZA Comercial de Tacna. Articulo 33º.- La nacionalizacion de mercancias con fines comerciales se efectuara ante la SUNAT en los Depositos Francos de la ZOFRATACNA estando prohibida que esta se efectue en la MORDAZA Comercial de Tacna. No esta permitida la nacionalizacion de mercancias para el regimen general en la MORDAZA Comercial de Tacna, con excepcion de aquellas realizadas por turistas que excedan la cantidad y valor indicados en el Decreto Supremo Nº 202-92-EF o MORDAZA que lo modifique o sustituya, cuyas mercancias por su cantidad se evidencien no tengan fines comerciales. Articulo 34º.- La Administracion de la ZOFRATACNA debera remitir mensualmente a la Intendencia de Aduana de la Jurisdiccion en donde esta ubicado la ZOFRATACNA, la informacion estadistica relacionada con el movimiento de las actividades y operaciones desarrolladas por los usuarios, contempladas en el presente Reglamento.

El Comite de Administracion de la ZOFRATACNA, cuenta con un organo de ejecucion que es la Gerencia General, correspondiendo a dicho Comite la designacion del Gerente General, y a propuesta de Comite de Administracion el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprobara el Reglamento de Organizacion y Funciones. Articulo 37º.- Dentro de la MORDAZA quincena del mes de junio de cada ano, el Comite de Administracion de la ZOFRATACNA en coordinacion con el Gobierno Regional de Tacna, pondra a consideracion del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo los planes, programas y presupuesto de inversion y desarrollo, para el ano calendario siguiente, los mismos que seran evaluados dentro de la primera quincena de julio. El Plan Operativo Anual, previamente coordinado con el Gobierno Regional de Tacna, debera ser remitido al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo dentro de la primera quincena del mes de noviembre de cada ano. Articulo 38º.- Constituyen recursos de la Administracion de la ZOFRATACNA los consignados en el Articulo 38º de la Ley. Tratandose del Comite de Administracion de la Z O F R ATAC N A , a d i c i o n a l m e n t e a l o s r e c u r s o s senalados en el parrafo precedente, contara con los recursos por concepto de multas por infracciones en que incurran los usuarios, de acuerdo con el Reglamento de Infracciones y Sanciones, asi como con un porcentaje del Arancel Especial a que se refiere el Articulo 19º de la Ley.

CAPITULO II DE LOS USUARIOS

TITULO IV DEL REGIMEN LEGAL ADMINISTRATIVO CAPITULO I DE LA ADMINISTRACION
Articulo 35º.- La Administracion de la ZOFRATACNA, de la MORDAZA de Extension y de la MORDAZA Comercial de Tacna esta a cargo del Comite de Administracion de la ZOFRATACNA o del Operador a que se refiere el Articulo 34º de la Ley, encontrandose bajo la supervision del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo o la entidad a la que este ultimo delegue dicha funcion, mediante Resolucion Ministerial, la cual estara conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de Economia y Finanzas. El Comite de Administracion y el Operador tienen las atribuciones y obligaciones determinadas en los Articulos 36º y 37º de la Ley. (32) Mediante Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Comercio Exterior y Turismo y de Economia

(34) Articulo 39º.- Las personas naturales o juridicas previamente calificadas por la Administracion de la ZOFRATACNA, podran recibir onerosamente el uso de lotes de terrenos y de ser el caso con sus edificaciones mediante MORDAZA de Subasta Publica, para el desarrollo de las actividades contempladas en la Ley y en el presente Reglamento, debiendo presentar una solicitud dirigida a la Administracion de la ZOFRATACNA, consignando la siguiente informacion:
a) Datos de Identificacion del solicitante y poderes con que actua, de conformidad con los Articulos 113º y 115º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. b) Actividad economica a desarrollar, especificando las subpartidas nacionales correspondientes, monto de inversion, volumen y valor de los insumos y productos, nivel de empleo a generar, area requerida y demas informacion que se requiera segun formato a ser aprobado por la Administracion de la ZOFRATACNA, segun corresponda. No podran calificar las personas naturales o juridicas que hayan sido sancionadas con resolucion de contrato de usuario por incumplimiento de sus obligaciones.
(34) Articulo sustituido por el Articulo 28º del Decreto Supremo Nº 038-2005MINCETUR, publicado el 17 de diciembre de 2005.

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