Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2006 (11/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 11 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Decreto Supremo N 011-2002-MINCETUR, modificado por el presente decreto supremo.
(Quinta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 038-2005-MINCETUR, publicado el 17 de diciembre de 2005.)

Decimo Octava.- Para efectos de la Certificacion de Origen, cuando corresponda segun lo establecido en los Acuerdos Comerciales suscritos por el Peru, las mercancias resultantes de actividades industriales y agroindustriales, producidas en la Z O F R ATAC N A o e n l a Z o n a d e E x t e n s i o n , s e consideraran originarias del Peru cuando cumplan con los requisitos de origen establecidos en el Acuerdo pertinente.
(Sexta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 038-2005-MINCETUR, publicado el 17 de diciembre de 2005.)

Decimo Novena.- Por decreto supremo refrendado por los Ministros de Comercio Exterior y Turismo y de Economia y Finanzas, a propuesta del Comite de Administracion de la ZOFRATACNA se aprobara el Reglamento de Infracciones y Sanciones, en un plazo no mayor a 90 dias habiles, de publicada la presente norma.
(Setima Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 038-2005-MINCETUR, publicado el 17 de diciembre de 2005.)

Vigesima.- En un plazo no mayor de 90 dias habiles, mediante decreto supremo refrendado por los Ministros de Comercio Exterior y Turismo, Produccion y de Economia y Finanzas, a propuesta del Comite de Administracion de la ZOFRATACNA en coordinacion con el Gobierno Regional de Tacna, se delimitara el area correspondiente al MORDAZA Industrial del departamento de Tacna, a efectos de ser considerado como MORDAZA de extension.
(Octava Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 038-2005-MINCETUR, publicado el 17 de diciembre de 2005.)

Que, el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, establece que los viajes al exterior con caracter oficial comprenden las modalidades de Mision Diplomatica, Mision de Estudios, Comision de Servicio y Tratamiento Medico Altamente Especializado; Que, el articulo 15º del Decreto de Urgencia Nº 0022006, modifica el inciso j) del articulo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, autorizando los viajes de los funcionarios y servidores publicos que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos para el Ejercicio Fiscal 2006; Que, el articulo 16º del mencionado Decreto de Urgencia senala que mediante Resolucion del Titular del Sector se debe aprobar el Plan Anual de Viajes al exterior de los funcionarios y servidores publicos, el mismo que debera considerar una reduccion del veinte por ciento (20%) con relacion al ejercicio fiscal 2005, bajo responsabilidad; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 059-2006.DE/ SG se constituyo una Comision Especial, conformada por representantes de los Organos componentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa para que elabore el Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2006; Que, la mencionada Comision Especial, luego del analisis y estudio respectivo ha elaborado y aprobado el Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2006, el mismo que cumple con la reduccion establecida en el articulo 16º del Decreto de Urgencia citado; Que, es necesario aprobar el Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2006; De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 002-2006; SE RESUELVE:

02559

DEFENSA
Aprueban Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2006
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 093-2006-DE/SG
MORDAZA, 10 de febrero de 2006

Articulo Unico.- Aprobar el Plan de Viajes del Sector Defensa Apruebase el Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2006, el mismo que es parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico.

normaslegales@editoraperu.com.pe

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