Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2006 (11/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 11 de febrero de 2006

parcial con una entidad financiera multilateral, bajo cuenta y costo de CTO, para respaldar las obligaciones del Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA por el pago de la retribucion del servicio de trasvase de agua; Que, asimismo, se creara un fideicomiso destinado, entre otros, a la administracion de los recursos del Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA y los recursos provenientes del otorgamiento de la garantia soberana del Gobierno Nacional, el cual incorpora un mecanismo de contragarantia a favor del Ministerio de Economia y Finanzas, en observancia de lo dispuesto en la normativa vigente; Que, sobre el particular y en el ambito de su competencia, han opinado favorablemente PROINVERSION, asi como la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre las citadas operaciones, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, y por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional del Endeudamiento; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Garantia Soberana Apruebase el otorgamiento de la garantia del Gobierno Nacional para asegurar los pagos contemplados en la clausula 15.4 del Contrato de Concesion y en la clausula 9.3 del Contrato de Prestacion de Servicio de Agua, descritos en la parte considerativa de la presente MORDAZA legal, hasta por la suma de US$ 401 331 000,00 (Cuatrocientos un millones trescientos treinta y un mil y 00/100 dolares americanos), ajustado de conformidad con lo dispuesto por la clausula 4 del Contrato de Prestacion de Servicios y por la clausula 16.3.2 del Contrato de Concesion, descritos en la parte considerativa de la presente MORDAZA legal, mas el impuesto general a las ventas. Articulo 2º.- Garantia de Riesgo Parcial Apruebase la contratacion por parte del Gobierno Nacional de una garantia de riesgo parcial con la Corporacion MORDAZA de Fomento - CAF hasta por US$ 28 000 000,00 (Veintiocho millones y 00/100 dolares americanos) para asegurar el cumplimiento de la garantia soberana aprobada en el articulo 1º de la presente MORDAZA legal, en lo que respecta al pago de la retribucion por concepto del servicio de trasvase de agua contemplado en la clausula 9.3 del Contrato de Prestacion de Servicios, descrito en la parte considerativa de la presente MORDAZA legal. Dicha garantia sera reinstalable, tendra un plazo de diecinueve (19) anos y debera ser reembolsada dentro de los treinta (30) dias habiles posteriores a su ejecucion, devengando una tasa de interes de LIBOR a seis (6) meses, mas un margen aplicable conforme a la politica de CAF para prestamos soberanos a un (1) ano, mas un margen de 0,7%, aplicable al monto ejecutado de la garantia. Si el monto ejecutado de la garantia no es reembolsada a la CAF dentro de los treinta (30) dias MORDAZA descrito, el monto no reembolsado se convertira automaticamente en una operacion de endeudamiento externo a favor de la Republica del Peru, bajo las siguientes condiciones: (i) plazo de reembolso: diez (10) pagos iguales y consecutivos, empezando el primero a los seis (6) meses contados a partir de la fecha de la conversion automatica; (ii) tasa de interes: LIBOR a seis (6) meses, mas un margen aplicable conforme a la politica de CAF para prestamos soberanos a sesenta (60) meses, mas un margen de 1,5% sobre los montos desembolsados y convertidos en prestamo; y (iii) comision de conversion: 1,5% flat, por la conversion del monto desembolsado de la garantia en un prestamo, calculada sobre los montos desembolsados y convertidos en prestamo. En este caso, el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, actuara como unidad ejecutora.

Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir, en representacion de la Republica del Peru, los contratos que implementan lo aprobado en los articulos 1º y 2º de esta MORDAZA legal, incluyendo a las conversiones a endeudamiento externo previstas; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los demas documentos que se requieran para implementar las garantias MORDAZA referidas y las contragarantias que correspondan. Articulo 4º.- Ejecucion de Garantias Todos los pagos que se deriven de las operaciones que se aprueban mediante los articulos 1º y 2º de la presente MORDAZA legal, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a las previsiones presupuestales para el servicio de la deuda publica, salvo pacto en contrario. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Chiclayo, a los diez dias del mes de febrero del ano dos mil seis MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 02656

Autorizan viaje de funcionario para participar en la Primera Ronda de Negociacion del Tratado de Libre Comercio con Singapur
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 076-2006-EF/43
MORDAZA, 9 de febrero de 2006 Visto el Oficio Nº 009-2006-EF/15 de fecha 7 de febrero de 2006, del Viceministro de Economia del Ministerio de Economia y Finanzas, sobre autorizacion de viaje. CONSIDERANDO: Que, del 13 al 17 de febrero de 2006, se desarrollara en la MORDAZA de Singapur, Republica de Singapur, la "Primera Ronda de Negociacion del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Singapur"; Que, en esta Primera Ronda de Negociacion, se trataran, entre otros, temas relacionados al comercio de servicios y la inversion, por lo que es necesaria la participacion del senor MORDAZA MORDAZA Illescas MORDAZA, Director General de Asuntos de Economia Internacional, Competencia e Inversion Privada del Ministerio de Economia y Finanzas, quien participara en el Grupo de Negociacion de Inversion en la mencionada Ronda; Que, en consecuencia, y siendo de interes para el MORDAZA, es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos seran cubiertos con cargo al Presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso j) del articulo 8º de la Ley Nº 28652, modificado por Decreto de Urgencia Nº 002-2006, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, por excepcion, el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Illescas MORDAZA, Director General de Asuntos de Economia Internacional, Competencia e Inversion Privada del Ministerio de Economia y Finanzas, a la MORDAZA de Singapur, Republica de Singapur del 12 al

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