Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2006 (24/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, viernes 24 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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nueve (9) memorias de solo lectura fabricadas por la empresa Rio MORDAZA Tecnologia Ltda. (Brasil), segun el siguiente detalle:
Nº 01 02 03 04 05 06 07 08 09 Registro A0006721 A0006722 A0006723 A0006724 A0006725 A0006726 A0006727 A0006728 A0006729 Codigo de la Memoria BOOT.01.V1.0 (U22) GRANJA.01V1.0 U23 (U23) GRANJA.01V1.0 U24 (U24) OCEANUS.01V1.0 U23 (U23) OCEANUS.01V1.0 U24 (U24) REYESDEEGIPTO.01V1.0 U23 (U23) REYESDEEGIPTO.01V1.0 U24 (U24) POKER 01V1.0 U23 (U23) POKER.01V1.0 U24 (U24)

Legal Nº 164-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/ SDAR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Universal de Desarrollos Electronicos S.A., el modelo de maquina tragamonedas fabricado por la empresa Universal de Desarrollos Electronicos UNIDESA (Espana).
Nº de Registro B0000261 Codigo del Modelo CIRSA S400 VIDEO DL Descripcion Maquina tragamonedas de video vertical con tapa semicircular. En la parte central tiene un MORDAZA de diecisiete (17") pulgadas el cual puede mostrar informacion de la tabla de pagos. Este modelo puede incluir un MORDAZA de tacto. Como medios de juego cuenta con un aceptador de monedas y puede incluir un aceptador de billetes. Como medios de pago puede contar con un hopper. Este modelo no cuenta con palanca lateral y cuenta con soporte fisico para interconexion en red. Dimensiones del Alto: 120.00 cm Modelo Largo: 59.00 cm Ancho: 52.00 cm

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 03332

Autorizan y registran modelos de maquinas tragamonedas a solicitud de diversas empresas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 148-2006-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 30 de enero de 2006 Visto, el Expediente Nº 001876-2005-MINCETUR, de fecha 6.12.2005, presentado por la empresa Universal de Desarrollos Electronicos S.A., en el que solicita autorizacion y registro de un (1) modelo de maquina tragamonedas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, se regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º del citado cuerpo legal que los modelos de maquinas tragamonedas cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, senala la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de los modelos de maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento establece que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una entidad autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion del Certificado de Cumplimiento Nº 200511-50, de fecha 25.11.2005, expedido por el Laboratorio de Certificacion de la Pontificia Universidad Catolica del Peru, y verificado los requisitos tecnicos de la maquina tragamonedas cuya autorizacion y registro solicitan, se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en el articulo 16º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para que la Direccion Nacional de Turismo acceda a la autorizacion y registro solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 05 del Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 0072006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/SDAR-YGP y

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 03327 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 149-2006-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 30 de enero de 2006 Visto, el Expediente Nº 001865-A-2005-MINCETUR, de fecha 6.12.2005, presentado por la empresa Gaming and Services S.A., en el que solicita autorizacion y registro de un (1) modelo de maquina tragamonedas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, se regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º del citado cuerpo legal que los modelos de maquinas tragamonedas cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, senala la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de los modelos de maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento establece que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una entidad autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion del Certificado de Cumplimiento Nº 200511-52, de fecha 25.11.2005, expedido por el Laboratorio de Certificacion de la Pontificia Universidad Catolica del Peru, y verificado los requisitos tecnicos de la maquina tragamonedas cuya autorizacion y registro solicitan, se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en el articulo 16º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para que la Direccion Nacional de Turismo acceda a la autorizacion y registro solicitado;

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