Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2006 (24/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, viernes 24 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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Que, realizada la evaluacion del Certificado de Cumplimiento Nº 200511-29, de fecha 22.11.2005, expedido por el Laboratorio de Certificacion de la Pontificia Universidad Catolica del Peru, y verificado los requisitos tecnicos de la maquina tragamonedas cuya autorizacion y registro solicitan, se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en el articulo 16º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para que la Direccion Nacional de Turismo acceda a la autorizacion y registro solicitada; De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, el Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR y el Procedimiento Nº 05 del Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 020-2006-MINCETUR/VMT/ DNT/DJCMT/DAR-YGP y Legal Nº 196-2006MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/SDAR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Rio MORDAZA Tecnologia Peru - RCT S.A.C., el modelo de maquina tragamonedas fabricado por la empresa Rio MORDAZA Tecnologia Ltda. (Brasil), segun el siguiente detalle:
Registro B0000264 Codigo del Modelo SLAM II Descripcion Maquina tragamonedas de video vertical. El MORDAZA es de 19° de alta resolucion y no cuenta con MORDAZA de tacto. Como medios de juego cuenta con un aceptador de billetes. La entrega de premios se realiza a traves del encargado de la sala de juegos. No cuenta con palanca lateral. Dimensiones del Alto: 165.00 cm Modelo Profundidad: 83.60 cm Ancho: 70.00 cm No se consideran ni la lampara superior ni la base de la maquina tragamonedas toda vez que sus dimensiones son variables.

Que, segun lo dispuesto en el articulo 47.6 de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, la Direccion Nacional de Turismo y ADUANAS verificaran que en la importacion de bienes relacionados con la explotacion de juegos de casino, maquinas tragamonedas, partes y componentes de las mismas y memorias de solo lectura, se cumplan con los requisitos regulados en la Ley y en el Reglamento; Que, por su parte, el articulo 78º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establece la obligacion de cargo de la Direccion Nacional de Turismo y la SUNAT de verificar las caracteristicas tecnicas de los modelos autorizados y registrados, debiendo dejar MORDAZA de esta diligencia en el Acta respectiva; Que, en tal consideracion, resulta necesario designar al personal tecnico encargado de efectuar la referida verificacion por un periodo que no excedera del 31.05.2006, razon por la que en observancia de lo dispuesto en la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a los Sres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 09520758, MORDAZA MORDAZA Bejar, identificado con DNI Nº 40330521 y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 07840563 como VEEDORES de la Direccion Nacional de Turismo ante cualquier ADUANA del MORDAZA, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 47.6 de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796 y el articulo 78º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR. Articulo 2º.- Dejar sin efecto cualquier otra designacion de VEEDORES que pudiera haber otorgado la Direccion Nacional de Turismo para los fines MORDAZA senalados. Articulo 3º.- La presente designacion se otorga por un plazo que no excedera del 31.3.2006. Registrese y notifiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 03309

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 03330

Designan Inspectores de Juego de la Direccion Nacional de Turismo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 215-2006-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 15 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 24º de la Ley Nº 27153, modificada por Ley Nº 27796, Ley que regula la explotacion de los Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas, corresponde a la Direccion Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorizacion, fiscalizacion, supervision, evaluacion y sancion vinculadas a la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas, pudiendo delegar las facultades de fiscalizacion, supervision, clausura y comiso en los organos bajo su competencia; Que, el inciso e) del Articulo 25º de la citada Ley senala que le corresponde a la Direccion Nacional de Turismo designar a los Inspectores de Juego, para realizar labores de control, supervision y fiscalizacion en cumplimiento de las facultades otorgadas; En uso de las atribuciones establecidas en los Articulos 24º y 25º de la Ley Nº 27153, modificada por Ley Nº 27796; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar como Inspectores de Juego de la Direccion Nacional de Turismo, a las siguientes personas:

Designan Veedores de la Direccion Nacional de Turismo ante las Aduanas del MORDAZA para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 27153 y D.S. Nº 009-2002-MINCETUR
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 214-2006-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 15 de febrero de 2006 Visto, el Informe Legal Nº 233-2006-MINCETUR/VMT/ DNT/DJCMT/SDAR, de fecha 14.02.2006; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas en el pais; Que, de acuerdo con lo normado en la referida legislacion, la importacion de maquinas tragamonedas y/o memorias de solo lectura se encuentra restringida, debiendo los interesados cumplir con una serie de requisitos tecnicos y legales para obtener la autorizacion administrativa correspondiente;

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