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PÆg. 313183 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de febrero de 2006 Que, realizada la evaluación del Certificado de Cumplimiento Nº 200511-29, de fecha 22.11.2005, expedido por el Laboratorio de Certificación de la Pontificia Universidad Católica del Perú, y verificado los requisitostécnicos de la máquina tragamonedas cuya autorización y registro solicitan, se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en el artículo 16º del Decreto SupremoNº 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluación de la documentación e información adjunta, se concluye que la solicitante hacumplido con las disposiciones legales aplicables para que la Dirección Nacional de Turismo acceda a la autorización y registro solicitada; De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, el Decreto Supremo Nº 009-2002- MINCETUR y el Procedimiento Nº 05 del DecretoSupremo Nº 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Técnico Nº 020-2006-MINCETUR/VMT/ DNT/DJCMT/DAR-YGP y Legal Nº 196-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/SDAR; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Río Claro Tecnología Perú - RCT S.A.C., elmodelo de máquina tragamonedas fabricado por la empresa Río Claro Tecnología Ltda. (Brasil), según el siguiente detalle: Registro B0000264 Código del Modelo SLAM II Descripción Máquina tragamonedas de video vertical. El monitor es de 19° de alta resolución y no cuenta con monitor de tacto. Como medios de juegocuenta con un aceptador de billetes. La entrega de premios se realiza a través del encargado de la sala de juegos. No cuenta con palanca lateral. Dimensiones del Alto: 165.00 cm Modelo Profundidad: 83.60 cm Ancho: 70.00 cm No se consideran ni la lámpara superior ni la base de la máquina tragamonedas toda vez que sus dimensiones son variables. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 03330 Designan Veedores de la Dirección Nacional de Turismo ante las Aduanasdel país para dar cumplimiento a lodispuesto en la Ley N” 27153 y D.S.N” 009-2002-MINCETUR RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 214-2006-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 15 de febrero de 2006 Visto, el Informe Legal Nº 233-2006-MINCETUR/VMT/ DNT/DJCMT/SDAR, de fecha 14.02.2006; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, y su Reglamento aprobado mediante DecretoSupremo Nº 009-2002-MINCETUR, se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas en el país; Que, de acuerdo con lo normado en la referida legislación, la importación de máquinas tragamonedasy/o memorias de sólo lectura se encuentra restringida,debiendo los interesados cumplir con una serie de requisitos técnicos y legales para obtener la autorización administrativa correspondiente;Que, según lo dispuesto en el artículo 47.6 de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, la DirecciónNacional de Turismo y ADUANAS verificarán que en laimportación de bienes relacionados con la explotaciónde juegos de casino, máquinas tragamonedas, partes ycomponentes de las mismas y memorias de sólo lectura, se cumplan con los requisitos regulados en la Ley y en el Reglamento; Que, por su parte, el artículo 78º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establece la obligación decargo de la Dirección Nacional de Turismo y la SUNATde verificar las características técnicas de los modelos autorizados y registrados, debiendo dejar constancia de esta diligencia en el Acta respectiva; Que, en tal consideración, resulta necesario designar al personal técnico encargado de efectuar la referidaverificación por un período que no excederá del31.05.2006, razón por la que en observancia de lo dispuesto en la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796 y su Reglamento aprobado mediante DecretoSupremo Nº 009-2002-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los Sres. Yuri Guerra Padilla, identificado con DNI Nº 09520758, Fabrizio Venero Bejar,identificado con DNI Nº 40330521 y Rolando EstradaMontes, identificado con DNI Nº 07840563 comoVEEDORES de la Dirección Nacional de Turismo antecualquier ADUANA del país, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 47.6 de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796 y el artículo 78º del DecretoSupremo Nº 009-2002-MINCETUR. Artículo 2º.- Dejar sin efecto cualquier otra designación de VEEDORES que pudiera haber otorgadola Dirección Nacional de Turismo para los fines antes señalados. Artículo 3º.- La presente designación se otorga por un plazo que no excederá del 31.3.2006. Regístrese y notifíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 03309 Designan Inspectores de Juego de la Dirección Nacional de Turismo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 215-2006-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 15 de febrero de 2006 CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 24º de la Ley Nº 27153, modificada por Ley Nº 27796, Ley que regula la explotación de los Juegos de Casino yMáquinas Tragamonedas, corresponde a la DirecciónNacional de Turismo las facultades administrativas deautorización, fiscalización, supervisión, evaluación ysanción vinculadas a la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas, pudiendo delegar las facultades de fiscalización, supervisión, clausura ycomiso en los órganos bajo su competencia; Que, el inciso e) del Artículo 25º de la citada Ley señala que le corresponde a la Dirección Nacional deTurismo designar a los Inspectores de Juego, para realizar labores de control, supervisión y fiscalización en cumplimiento de las facultades otorgadas; En uso de las atribuciones establecidas en los Artículos 24º y 25º de la Ley Nº 27153, modificada porLey Nº 27796; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como Inspectores de Juego de la Dirección Nacional de Turismo, a las siguientespersonas: