Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2006 (22/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano sabado 22 de MORDAZA de 2006

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NORMAS LEGALES

324605

Que, resulta necesario formalizar la aceptacion de la referida cooperacion tecnica y autorizar la suscripcion de la carta acuerdo TF Nº 056582 que la implemente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27692, Ley de Creacion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la cooperacion tecnica no reembolsable a ser otorgada por el Gobierno de Japon, a traves del Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento - BIRF-, a la Republica del Peru hasta por US$ 760 000,00 (setecientos sesenta mil y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) para ser destinada a brindar apoyo a la preparacion del "Programa de Transporte Rural Descentralizado", cuya ejecucion estara a cargo del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, a traves del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL. Articulo 2º.- Autorizar al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien este designe, a suscribir la carta acuerdo TF Nº 056582 que implemente la cooperacion tecnica no reembolsable referida en el articulo 1º de esta MORDAZA legal. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 00354-28

establecidas en el Anexo Metodologico de dicho Decreto Supremo, acorde a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria Complementaria y Final del Decreto Legislativo Nº 955, considerando lo establecido en la Sexta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 114-2005-EF Que, la Sexta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 114-2005-EF establece que el Ministerio de Economia y Finanzas, mediante Resolucion Ministerial con opinion del Consejo Nacional de Descentralizacion (CND), establecera los criterios de seleccion y el listado de los Gobiernos Locales que deberan remitir durante el tiempo que dure el periodo de transicion hacia la estabilidad de las finanzas publicas de los Gobiernos Regionales y Locales, los Informes Multianuales de Gestion Fiscal y los Informes Trimestrales, a los que se hace referencia en los articulos 32º y 33º del Decreto Legislativo Nº 955, respectivamente; Que, mediante Informe Nº 024-2006-CND/GGPD/DBV de fecha 30 de MORDAZA de 2006, el Consejo Nacional de Descentralizacion emitio la opinion a que se refiere la disposicion citada en el parrafo precedente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 955 y el Decreto Supremo Nº 114-2005-EF. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Criterios de seleccion de los Gobiernos Locales Apruebense los criterios de seleccion de Gobiernos Locales para la correspondiente remision de los Informes Multianuales, Trimestrales y Extraordinarios, los cuales son: 1.1. Ejecucion presupuestaria a traves del Sistema Integrado de Administracion Financiera (SIAF). Los Gobiernos Locales seleccionados deberan corresponder a aquellos que actualmente realizan su MORDAZA de ejecucion presupuestaria a traves del SIAF, requerido en el MORDAZA de lo establecido en el articulo 36.3 del Decreto Supremo Nº 114-2005-EF, en el cual se establece que el envio de los Informes Multianuales de Gestion Fiscal y de los Informes Trimestrales, se realizara a traves del modulo para la elaboracion de Informes Multianuales de Gestion Fiscal y de los Informes Trimestrales del SIAF, los cuales al igual que los modulos para el registro de reglas fiscales y financieras y de Informes Multianuales extraordinarios seran implementados acorde a lo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria Complementaria y Final de la MORDAZA en mencion. 1.2. Infraestructura basica para la gestion publica local. Los Gobiernos Locales seleccionados deberan contar con un minimo de infraestructura para la gestion local, lo cual permitira el cumplimiento adecuado y oportuno por parte de los Gobiernos Locales de las exigencias fiscales y financieras que se establecen en el Decreto Legislativo Nº 955 y su reglamento. Asimismo, permitira el desarrollo eficiente de las actividades de monitoreo que el Ministerio de Economia y Finanzas desarrolle al respecto. Las variables utilizadas para la seleccion de los Gobiernos Locales son: energia electrica las 24 horas del dia y linea telefonica. 1.3. Municipalidades Acreditadas en por lo menos una transferencia de Competencia del Gobierno Nacional Asimismo, los Gobiernos Locales seleccionados seran aquellos que por lo menos hayan sido acreditados para recibir una competencia del Gobierno Nacional. Con esto se busca garantizar un MORDAZA grado de capacidad institucional del municipio seleccionado para asumir la nueva tarea de elaboracion de Informes Multianuales de Gestion Fiscal y los Informes Trimestrales. 1.4. Elevado Nivel de Transferencias en el Ano 2006. Ademas de estos criterios, los Gobiernos Locales seleccionados seran aquellos que reciban para el ano 2006 un monto anual por concepto de transferencias totales del Gobierno Nacional de por lo menos S/. 5 millones, a excepcion de los municipios del Departamento y Provincia de Lima.

Aprueban criterios de seleccion de Gobiernos Locales para la remision de Informes Multianuales, Trimestrales y Extraordinarios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 394-2006-EF/15 MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Disposicion Transitor ia, Complementaria y Final del Decreto Legislativo Nº 955, Ley de Descentralizacion Fiscal, establece que al 31 de diciembre del 2005 los Gobiernos Regionales y Locales deberan presentar un Informe Multianual de Gestion Fiscal extraordinario al Ministerio de Economia y Finanzas, donde se evaluara la situacion financiera y se plantearan, de ser necesario, las medidas correctivas a fin de que en un plazo de dos (2) anos, estos niveles de gobierno satisfagan las exigencias de la norma; Que, el articulo 38º del Reglamento de la Ley de Descentralizacion Fiscal, aprobado por Decreto Supremo Nº 114-2005-EF, define el periodo de dos (2) anos al que se refiere la MORDAZA Disposicion Transitor ia, Complementaria y Final del Decreto Legislativo Nº 955, como el periodo de transicion hacia la estabilidad de las finanzas publicas de los Gobiernos Regionales y Locales, el cual comprende desde el 1 de enero del 2006 hasta el 31 de diciembre del 2007; periodo durante el cual estos niveles de gobierno podran establecer con el Ministerio de Economia y Finanzas planes de desempeno para restablecer la solidez economica y financiera de la entidad, garantizar el mejoramiento de la capacidad de pago y de los indicadores de endeudamiento y el cumplimiento de las reglas fiscales y financieras para los Gobiernos Regionales y Locales; Que, la MORDAZA Disposicion Transitor ia, Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 1142005-EF dispone que los Gobiernos Regionales y Locales deberan presentar Informes Multianuales extraordinarios, que incluya el calculo de las reglas

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