Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2006 (27/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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EP

UB

LICA DEL P E

RU

325214
CONSIDERANDO :

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 27 de MORDAZA de 2006

Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2005-DE/SG del 12 setiembre del 2005, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Defensa; Que, el vigente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Defensa, en el Rubro Nº 1, correspondiente a procedimientos administrativos de la Secretaria General sobre acceso de las personas naturales o juridicas a la informacion que produce o posee el Ministerio de Defensa, establece las tasas que los usuarios deben pagar segun la forma en que se les proporcione la informacion, referidas a un factor en funcion de un porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Sin embargo, al detallar las formas en que se puede proporcionar la informacion no se han incluido algunas y la referencia al monto de la UIT puede llevar a una interpretacion ambigua por parte del usuario, la cual no guarda proporcion con los montos aprobados para otras dependencias del Sector; Que resulta conveniente realizar las modificaciones propuestas al MORDAZA vigente del Ministerio de Defensa, ya que permitiran al usuario un manejo adecuado del procedimiento establecido para acceder a la informacion que produce o posee el Ministerio de Defensa; toda vez que las mismas no implican la creacion de nuevos procedimientos, ni el incremento de derechos de tramitacion o requisitos, sino que detallan en forma mas especifica las tasas por derecho de pago en montos referidos a un porcentaje de la UIT, pormenorizando las formas en que puede brindarse la informacion del Sector, a solicitud del interesado; Que, el articulo 38.1 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), es aprobado por Decreto Supremo del sector; asimismo, el

numeral 38.5 del precitado articulo establece que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector; Que, el Ar ticulo 20º del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica aprobado por Decreto Supremo Nº 043 -2003-PCM del 22 de MORDAZA del 2003, establece que el solicitante que requiera la informacion, debera abonar solamente el impor te correspondiente a los costos de reproduccion de la informacion requerida. El monto de la tasa debe figurar en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de cada entidad de la Administracion Publica. Cualquier costo adicional se entendera como una restriccion al ejercicio del derecho regulado por la Ley, aplicandose las sanciones correspondientes; y, Estando a lo propuesto por la Secretaria General del Ministerio de Defensa, y a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE Articulo Unico.- Modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2005-DE/SG, del 12 setiembre 2005, en la parte que corresponde al Cuadro Rubro Nº 1, referido al acceso de las personas naturales o juridicas a la informacion que produce o posee el Ministerio de Defensa, conforme al cuadro que forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa

ANEXO A LA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 706-2006-DE/SG MODIFICACION AL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE DEFENSA - MORDAZA TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE DEFENSA
ORGANISMO : MINISTERIO DE DEFENSA DEPENDENCIA : SECRETARIA GENERAL
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO Acceso a las personas naturales y juridicas a la informacion que produce o posee el Ministerio de Defensa. Base Legal D.S. Nº 043-2003-PCM D.S. Nº 072-2003-PCM DERECHO DE PAGO % DE UIT CALIFICACION EVALUACION AUT. 7 dias habiles POS. NEG. DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE Oficina de Acceso a la Informacion Publica AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE Secretaria General AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATIVO Ministro



REQUISITOS

1

a. Solicitud segun formato, dirigida a la Secretaria General del Ministerio de Defensa. b. MORDAZA simple legible del DNI actualizado c. De ser viable la informacion, debe asumir solo los costos por concepto de reproduccion, que se detallan : * Por pagina impresa (simple) * Por pagina impresa (autenticada) * Por pagina copiada en disquete * Por MORDAZA simple de pagina o folio * Por copias autenticadas de pagina o folio * Por reproduccion en cintas de audio, video o CD. * Por correo electronico * Por disquete (unidad) * Por CD (unidad) Otros, segun el material empleado. c. La informacion se proporcionara previo pago de los derechos establecidos, en la Cta. Cte. 0000308641 del Bco de la Nacion, a nombre del Ministerio de Defensa. d. De no precisarse el medio por el cual se quiere que se entregue la informacion, esta sera proporcionada por pagina impresa o fotocopiada. Nota:Las personas juridicas de Derecho Publico se sujetaran por la Ley Nº 27444, respecto al Subcapitulo de colaboracion entre entidades. 0.02 0.10 0.02 0.02 0.10 0.50 0.30 0.06 0.08

00478-4

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