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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2006 (28/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 28 de julio de 2006 325363REPUBLICADELPERU del procesado LEONIDAS LAGOS QUISPE, formulada por la Segunda Sala Penal para procesados Libres de laCorte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima (Exp.Nº 1998-198); CONSIDERANDO: Que, por Resolución del 25 de mayo de 2006, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de laRepública, declaró procedente la solicitud de extradicióndel procesado LEONIDAS LAGOS QUISPE, por el delitocontra la vida, el cuerpo y la salud - lesiones graves, (Exp. Nº 28-2006); Que, mediante el Informe Nº 079-2006/COE-TC, del 22 de junio de 2006, la Comisión Oficial de Extradicionesy Traslado de Condenados, propone acceder al pedidode extradición del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del TextoÚnico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicialaprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y el Tratadode Derecho Penal Internacional de Montevideo de 1889; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado LEONIDAS LAGOS QUISPE, formulada por la Segunda Sala Penal para procesados Libres de laCorte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima, ydeclarado procedente por la Sala Penal Permanente dela Corte Suprema de Justicia de la República, por eldelito contra la vida, el cuerpo y la salud - lesiones graves; y disponer su presentación por vía diplomática, a la República Argentina, de conformidad al Tratado de lamateria vigente, y lo estipulado por las normas legalesperuanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 00547-16 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 123-2006-JUS Lima, 26 de julio de 2006 Visto el Informe Nº 080-06/COE-TC, del 27 de junio de 2006, de la Comisión Oficial de Extradiciones yTraslado de Condenados, sobre el pedido de extradicióndel procesado ALVARO FERNÁNDEZ LEIVA, formuladapor el Tercer Juzgado Penal de la Corte Superior deJusticia de Lima, (Exp. Nº 1999-12062); CONSIDERANDO: Que, por Resolución de fecha 16 de junio de 2006, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justiciade la República, declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesado ALVARO FERNÁNDEZ LEIVA, por el delito contra la libertad sexual - violaciónsexual, (Exp. Nº 20-06); Que, mediante el Informe Nº 080-06/COE-TC, del 27 de junio de 2006, la Comisión Oficial de Extradiciones yTraslado de Condenados, propone acceder al pedido de extradición activa del referido procesado;Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el DecretoLegislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del TextoÚnico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicialaprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y elTratado de Derecho Penal Internacional de Montevideo de 1889; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado ALVARO FERNÁNDEZ LEIVA, formuladapor el Tercer Juzgado Penal de la Corte Superior deJusticia de Lima, y declarado procedente por la SalaPenal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el delito contra la libertad sexual - violación sexual; y disponer su presentación por vía diplomática,al Gobierno de la República Argentina, de conformidadcon el Tratado de Extradición vigente, y lo estipulado porlas normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 00547-17 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 124-2006-JUS Lima, 26 de julio de 2006 Visto el Informe Nº 081-06/COE-TC, del 27 de junio de 2006, de la Comisión Oficial de Extradiciones yTraslado de Condenados, sobre el pedido de extradicióndel procesado LUIS ALBERTO LEIVA LUNA, formuladapor el Tercer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima (Exp. Nº 1999-12062); CONSIDERANDO:Que, por Resolución de fecha 16 de junio de 2006, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesado LUIS ALBERTO LEIVALUNA, por el delito contra la libertad sexual - violaciónsexual, (Exp. Nº 18-06); Que, mediante el Informe Nº 081-06/COE-TC, del 27 de junio de 2006, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados, propone acceder al pedido de extradición activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el DecretoLegislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del TextoÚnico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y el Tratado de Derecho Penal Internacional de Montevideode 1889; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado LUIS ALBERTO LEIVA LUNA, formuladapor el Tercer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, y declarado procedente por la Sala