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NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 7 de junio de 2006 320417REPUBLICADELPERU solicitud de permiso de pesca para operar la embarcación pesquera MI ROSMERY de matrícula PL- 5140-CM; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 137- 2006-PRODUCE /DGEPP-Dchi y con la opinión favorabledel Área Legal de esta Dirección Nacional; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000- PE y Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2002-PRODUCE, la Resolución Ministerial Nº 130-2002- PRODUCE y la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, elartículo 6º de la Resolución Ministerial Nº 130-2002- PRODUCE y el literal c) del artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de laProducción; SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar INADMISIBLE el recurso de reconsideración interpuesto por el señor armadorPEDRO ALVINGULO PUESCAS GALAN contra el Oficio Nº 124-2006-PRODUCE/ DNEPP-Dchi, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presenteresolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 09980 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61 /G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G4E/GBA/G20/G32/G36/G38/G2D/G39/G36/G2D/G50/G45/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G72/G76/G61/G73/G52/G69/G63/G6F/G66/G72/G65/G73/G20/G53/G2E/G52/G2E/G4C/G2E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 159-2006-PRODUCE/DGEPP Lima, 15 de mayo del 2006 Visto los escritos con registros Nºs CE-08438002, del 24 de julio y 28 de agosto de 2003, Nº 12014001 del 17 de octubre de 2003, Nº 03930001 del 6 y 21 de abril,12 de agosto de 2004 y 7 de abril de 2005, Nº 00003519 del 13 de junio de 2005 y 00037216 del 10 de noviembre de 2005 presentados por la empresa CONSERVASRICOFRES S.R.L. CONSIDERANDO: Que los artículos 43º incisos b) y d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la autorización de instalación de los establecimientos industriales pesqueros y para la operación de plantas deprocesamiento de productos pesqueros se requiere de la autorización y licencia correspondiente, los que constituyen derechos que el Ministerio de la Producciónotorga a nivel nacional; Que el artículo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que las personas naturales o jurídicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiológicos para consumo humano directo, indirectoo al uso industrial no alimenticio, requerirán de autorización para la instalación o aumento de la capacidad de operación del establecimiento industrial y de licenciapara la operación de cada planta de procesamiento; Que el artículo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, establece que durante la vigencia de la licenciade operación de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesión del establecimiento industrial pesquero, conlleva latransferencia de dicha licencia en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; Que por Resolución Ministerial Nº 268-96-PE del 14 de mayo de 1996, se otorgó a PESQUERA DONALFONSO S.A., licencia de operación en adecuación a la Ley General de Pesca y su Reglamento, para desarrollar la actividad de procesamiento de productoshidrobiológicos, a través de su planta de enlatado, con una capacidad instalada de 828 cajas/turno, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el distritode Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima; Que a través de los escritos del visto, la empresa CONSERVAS RICOFRES S.R.L., solicitó cambio de titularde licencia de operación otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 268-96-PE, adjuntado los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 26 del Texto ÚnicoOrdenado de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; Que la citada empresa presenta, entre otros, copia del contrato de compraventa de la maquinaria y equipos de la planta de enlatado celebrado entre PESQUERA DON ALFONSO S.A. y CONSERVAS RICOFRES S.R.L., Declaración Jurada de Autovalúo HR y PU de la Municipalidad de Chancay, copias del recibo de ingresos de la municipalidad por los trimestres III del 2003 y I del 2004, y copia de constatación policial otorgada por la Comisaría de Chancay , alcanzando la licencia municipal de funcionamiento otorgada por la Municipalidad deChancay, una declaración jurada de poseedor del predio inmueble, adjunta fotocopia del contrato de compraventa celebrado entre la señora Luz Violeta Viacava Dellisantia favor de Pesquera Don Alfonso S.A.C. del fecha 18 de enero de 2002 y fotocopia del Contrato de Arrendamiento celebrado entre PESQUERA DON ALFONSO S.A. yCONSERVAS RICOFRES S.R.L.; Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, el administradodebe acreditar la transferencia de propiedad o cambio de posesión del establecimiento industrial pesquero como sustento de su solicitud de cambio de titularidad de lalicencia otorgada; Que en cuanto al cumplimiento del requisito 8 del procedimiento Nº 26 (Cambio de titular de la autorizacióno licencia de operación) del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE , relacionado a la presentaciónde la copia simple del documento que acredite el cambio de titular inscrito en los Registros Públicos, debe señalarse que el mismo texto establece que éste debeser presentado "cuando corresponda"; Que en el presente caso, la empresa CONSERVAS RICOFRES S.R.L., ha acreditado que ha adquiridomediante contrato de compraventa de bienes de la empresa DON ALFONSO S.R.L. de fecha 14 de junio de 2004, es decir la maquinaria que compone la planta deenlatado, y mediante contrato de arrendamiento de fecha 20 de julio de 2003 suscrito entre PESQUERA DON ALFONSO S.A. y CONSERVAS RICOFRES S.R.L., conla Constatación Policial Nº 096 otorgada por la Comisaría de Chancay con fecha 3 de abril de 2004 la cual señala que en dicho inmueble opera la citada empresa, así comocon copia de la Licencia Municipal de Funcionamiento Comercial, Industrial de Servicios, actividades Profesionales y otros, otorgada a la citada empresa confecha 11 de julio de 2003, se acredita que operado un cambio de posesión del establecimiento industrial pesquero a favor de la empresa recurrente y que vieneposeyendo dicho inmueble de una manera pacífica y pública, por lo que resulta procedente aprobar la solicitud presentada y con la copia de Declaración Jurada deAutovalúo (folio 330), para efectos del impuesto predial 2004, a nombre de Conservas Ricofres S.R.L.; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la empresa CONSERVAS RICOFRES S.R.L.., ha cumplido con los requisitos sustantivos exigidos por la normatividadpesquera vigente y con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 26 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobadopor Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, (Texto Único de Procedimientos Administrativos por lo que es procedente aprobar lo solicitado por la recurrente; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante los Informes