Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2006 (08/06/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

320616

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 8 de junio de 2006

cargos seran asumidos a partir del 31.05.2006 al 30.05.2011 por los siguientes docentes:
Rector Vicerrector Academico Vicerrector Administrativo Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo Segundo.- El Presidente del Comite Electoral, dictara las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA VIANA MORDAZA Rector 10111

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESSALUD
Exoneran de procesos de seleccion la adquisicion de sistemas de dialisis peritoneal ambulatoria continua y medicamento inmunosupresor
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 325-PE-ESSALUD-2006 MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2006 VISTA: Las Cartas Nºs. 179, 345 y 636-GCA-GDAO-ESSALUD2006 de la Gerencia Central de Adquisiciones, el Informe Tecnico que sustenta la exoneracion para la adquisicion de los Sistemas de Dialisis Peritoneal Ambulatoria Continua 2.0 y 2.5 litros (Sistemas Ultrabag, MORDAZA Disc y Dianectan) para el tratamiento de los pacientes que se encuentran en Dialisis Peritoneal Ambulatoria Continua - Continuadores; la Carta Nº 1159-OCAJ-ESSALUD-2006 de la Oficina Central de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el articulo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes a traves del otorgamiento de prestaciones de prevencion, promocion, recuperacion y rehabilitacion, y prestaciones economicas y sociales, que corresponden al regimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, asi como de otros seguros de riesgos humanos; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 300-GG-ESSALUD-2004 del 4 de MORDAZA del 2004, se estandarizo en ESSALUD los insumos para Dialisis Peritoneal Continua para pacientes continuadores, en lo referente a los Componentes 2 (Linea Prolongadora) y 3 (Sistema de doble bolsa); Que, con Carta Nº 179-GCA-GDAO-ESSALUD-2006, la Gerencia Central de Adquisiciones solicita la exoneracion de la adquisicion de los sistemas de Dialisis Peritoneal Ambulatoria Continua 2.0 y 2.5 litros (Sistema Ultrabag, Sistema MORDAZA Disc y Sistema Dianectan) para pacientes continuadores; en base al supuesto regulado en el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, segun el Informe Tecnico emitido por la Gerencia de Division de Prestaciones en coordinacion con la Gerencia del Centro de Hemodialisis, asi como la documentacion remitida por la Gerencia Central de Adquisiciones mediante Cartas Nºs. 179, 345 y 636GCA-GDAO-ESSALUD-2006: i) En el MORDAZA, existen diferentes sistemas de Dialisis Peritoneal Continua y en el MORDAZA peruano se dispone de los sistemas "Ultrabag" (Laboratorios MORDAZA S.A.), "Dianectan" (Laboratorios Trifarma S.A.) y "Andy Disc" (Laboratorios Fresenius Medical Care); ii) Los sistemas de dialisis

constan de tres componentes: Componente 1 (cateter peritoneal), Componente 2 (Linea Prolongadora) y Componente 3 (Sistema de doble bolsa); iii) La incompatibilidad de los Componentes 2 y 3 entre los tres sistemas conllevo a que se realice la estandarizacion en la adquisicion de insumos de dialisis peritoneal en base a la politica del MORDAZA continuador; iv) La continuacion del MORDAZA en el mismo sistema de dialisis peritoneal previene complicaciones medicas masivas de MORDAZA infecciosas (peritonitis) y no infecciosas asociadas al cambio de la solucion empleada y a la tecnica de cambio de bolsa; v) Los unicos proveedores que comercializan los sistemas Ultrabag, MORDAZA Disc y Dianectan son Laboratorios MORDAZA S.A., Laboratorios Fresenius Medical Care y Laboratorios Trifarma S.A., respectivamente; vi) El monto considerado a ser exonerado representa un valor MORDAZA de S/. 21´904,027.86 (Veintiun millones novecientos cuatro mil veintisiete con 86/100 Nuevos Soles) que representa 211,440 tratamientos para pacientes continuadores de 2.0 litros y 43,185 tratamientos para pacientes continuadores de 2.5 litros; vii) Se encuentra considerado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado de ESSALUD del 2006, segun lo senalado mediante Carta Nº 179GCA-GDAO-ESSALUD-2006; Que, de acuerdo al literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, estan exoneradas de los procesos de seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realizan cuando los bienes o servicios no admitan sustitutos y exista proveedor unico; Que, el articulo 144º del Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Se considerara proveedor unico en los casos en que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, de acuerdo al Informe Tecnico que sustenta la exoneracion, los Sistemas de Dialisis Peritoneal Ambulatoria Continua (Sistemas Ultrabag, MORDAZA Disc y Dianectan), son los unicos sistemas que cumplen con los requerimientos de la Entidad, para su uso en pacientes continuadores; de tal manera que incluso los mismos han sido estandarizados mediante Resolucion de Gerencia General Nº 300-GG-ESSALUD-2004; por lo que, llevar a cabo una Licitacion Publica careceria de objeto toda vez que Laboratorios MORDAZA S.A., Laboratorios Fresenius Medical Care y Laboratorios Trifarma S.A., son las unicas empresas proveedoras que comercializan los mencionados sistemas, cumpliendose con ello, lo dispuesto en el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, al haberse configurado la causal prevista en el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente exonerar la adquisicion de los sistemas de Dialisis Peritoneal Ambulatoria Continua 2.0 y 2.5 litros (Sistema Ultrabag, Sistema MORDAZA Disc y Sistema Dianectan) para pacientes continuadores, de la realizacion de una Licitacion Publica; en consecuencia, la adquisicion de los bienes debera realizarse en forma directa mediante acciones inmediatas, debiendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico, tal como lo dispone el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, segun el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la exoneracion debe ser aprobada por resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, de acuerdo con el articulo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, concordado con el articulo 2º del Reglamento de la Ley de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.