Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2006 (08/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano jueves 8 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

320619

4. DISPONER que la Secretaria General remita a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. 5. DISPONER que la Secretaria General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolucion. 6. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 10063

INDECI
Aprueban transferencias financieras de recursos a favor de los Gobiernos Regionales de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 264-2006-INDECI 30 de MORDAZA del 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM se creo la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres (CMPAD) generados por fenomenos de origen natural o tecnologico, encargada de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidas de prevencion de danos, atencion y rehabilitacion en las zonas del MORDAZA que se encuentren en peligro inminente o afectados por desastres de gran magnitud; Que, mediante Ley Nº 28382 se amplio hasta S/. 50'000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES) el monto de la Linea de Credito Extraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nacion al INDECI al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96. Los recursos provenientes de dicha Linea de Credito se destinaran para realizar acciones que permitan reducir los efectos daninos de un peligro inminente de origen natural o antropico, brindar una respuesta oportuna a la poblacion, ejecutar acciones de rehabilitacion de la infraestructura publica para recuperar los niveles que los servicios basicos tenian MORDAZA de la ocurrencia de un desastre; y ejecutar acciones de recuperacion de la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres; Que, la Octava Disposicion Final de la Ley Nº 28562, Ley que autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, a propuesta de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico (DGPM), incorpore, cuando sea necesario, previo informe favorable de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, los recursos en la Fuente de Financiamiento "Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno" provenientes de la Linea de Credito referida en el considerando precedente, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Que, la Decima Disposicion Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, establece la prorroga de la vigencia de la referida Octava Disposicion Final; Que, el numeral 7.1 del articulo 7º de la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para la incorporacion de los recursos a que se refiere la Ley Nº 28382, Ley que amplia el monto de la linea de credito otorgada por el Banco de la Nacion al INDECI", aprobada por Resolucion Ministerial Nº 510-2005EF/10, senala que los recursos provenientes de la

mencionada linea de credito podran financiar gastos temporales de emergencia que no MORDAZA destinados a proyectos y que tengan por finalidad realizar acciones que permitan reducir los efectos daninos de un peligro inminente de origen natural o antropico y brindar una respuesta oportuna a la poblacion y cuenten con el Informe de Evaluacion de Danos correspondiente, aprobado por el INDECI, para lo cual el INDECI debe cumplir con presentar un Informe Tecnico a la Direccion General sustentando la necesidad de financiar estos gastos con recursos provenientes de la linea de credito. Se senala a su vez que recibido el Informe Tecnico favorable del INDECI, la DGPM propone la incorporacion de los recursos; Que, el volcan Ubinas, ubicado en el departamento de MORDAZA, muestra, desde el 27.MAR.2006, un incremento en la emision de fumarolas y la presencia de cenizas que ha afectado los cultivos y poblados cercanos, habiendo sido necesaria la evacuacion de la poblacion aledana y de su ganado por encontrarse ante un peligro inminente; Que, con fecha 23.ABR.2006, mediante Decreto Supremo Nº 020-2006-PCM del 21.ABR.2006, se declaro el Estado de Emergencia en la provincia de General MORDAZA Cerro del departamento de MORDAZA y el distrito de San MORDAZA de Tarucani de la provincia y departamento de MORDAZA por el peligro inminente generado por el incremento de la actividad volcanica del Ubinas; Que, mediante Oficio Nº 341-2006 GRA/PR-GGRGRPPAT-SGPI del 8.MAY.2006, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de MORDAZA remitio las Fichas Tecnicas refor muladas correspondiente a "Acciones de Alimentacion del Ganado producto de la actividad volcanica del Ubinas" y "Acciones de sanidad del Ganado producto de la actividad volcanica del Ubinas", para la ejecucion de actividades en el Sector Agricultura; Que, mediante Oficio Nº 2874-2006-INDECI/4.0 del 23.MAY.2006, se remitio a la DGPM el Informe Tecnico Nº 017-2006-INDECI/DNO/11.0, emitido por la Direccion Nacional de Operaciones del INDECI, donde se concluye en que es necesario desarrollar las actividades MORDAZA senaladas por el monto ascendente a UN MILLON CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1'005 628.00); Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2006-EF se incorporo via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, Pliego 006 INDECI, la suma de UN MILLON CIENTO SESENTA MIL CIENTO VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1' 160 128.00), correspondiente a la Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno, provenientes del credito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nacion a favor del INDECI, con cargo a los recursos de la mencionada Linea de Credito; Que, de conformidad con el articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atencion de desastres se aprueban por Resolucion del Titular del Pliego, las mismas que seran obligatoriamente publicadas en el Diario Oficial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de MORDAZA, con cargo a los recursos provenientes del credito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nacion a favor del INDECI, hasta por el monto de UN MILLON CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1'005 628.00), para la ejecucion de las actividades senaladas en el Anexo 01 adjunto; Con las visaciones de la Subjefatura, las Oficinas de Asesoria Juridica, Planificacion y Presupuesto y Administracion y Direcciones Nacionales de Operaciones y Proyectos Especiales; De conformidad con la Ley Nº 28562 - Ley que autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, Ley Nº 28652 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, Ley Nº 28653 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal

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