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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (08/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 8 de junio de 2006 320619REPUBLICADELPERU 4.DISPONER que la Secretaría General remita a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, copia de la presente Resolución y de los informes que la sustentan,dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. 5.DISPONER que la Secretaría General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolución. 6.DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente Ejecutivo 10063 INDECI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G73/G20/G64/G65 /G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20 /G61/G20 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G6F/G73/G20 /G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61/G20/G79/G20/G4D/G6F/G71/G75/G65/G67/G75/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 264-2006-INDECI 30 de mayo del 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM se creó la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres (CMPAD) generados por fenómenos de origen natural o tecnológico, encargada de coordinar, evaluar,priorizar y supervisar las medidas de prevención de daños, atención y rehabilitación en las zonas del país que se encuentren en peligro inminente o afectados por desastresde gran magnitud; Que, mediante Ley Nº 28382 se amplió hasta S/. 50’000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON00/100 NUEVOS SOLES) el monto de la Línea de Crédito Extraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nación al INDECI al amparo del DecretoLegislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96. Los recursos provenientes de dicha Línea de Crédito se destinarán para realizar acciones quepermitan reducir los efectos dañinos de un peligro inminente de origen natural o antrópico, brindar una respuesta oportuna a la población, ejecutar acciones derehabilitación de la infraestructura pública para recuperar los niveles que los servicios básicos tenían antes de la ocurrencia de un desastre; y ejecutar acciones derecuperación de la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres; Que, la Octava Disposición Final de la Ley Nº 28562, Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante decretosupremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público (DGPM),incorpore, cuando sea necesario, previo informe favorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, los recursos en la Fuente de Financiamiento “Recursos porOperaciones Oficiales de Crédito Interno” provenientes de la Línea de Crédito referida en el considerando precedente, a favor del Instituto Nacional de DefensaCivil - INDECI; Que, la Décima Disposición Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2006, establece la prórroga de la vigencia de la referida Octava Disposición Final; Que, el numeral 7.1 del artículo 7º de la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para la incorporación de los recursos a que se refiere la Ley Nº 28382, Ley que amplía el monto dela línea de crédito otorgada por el Banco de la Nación al INDECI”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 510-2005- EF/10, señala que los recursos provenientes de lamencionada línea de crédito podrán financiar gastos temporales de emergencia que no sean destinados a proyectos y que tengan por finalidad realizar acciones que permitan reducir los efectos dañinos de un peligro inminentede origen natural o antrópico y brindar una respuesta oportuna a la población y cuenten con el Informe de Evaluación de Daños correspondiente, aprobado por elINDECI, para lo cual el INDECI debe cumplir con presentar un Informe Técnico a la Dirección General sustentando la necesidad de financiar estos gastos con recursosprovenientes de la línea de crédito. Se señala a su vez que recibido el Informe Técnico favorable del INDECI, la DGPM propone la incorporación de los recursos; Que, el volcán Ubinas, ubicado en el departamento de Moquegua, muestra, desde el 27.MAR.2006, un incremento en la emisión de fumarolas y la presencia decenizas que ha afectado los cultivos y poblados cercanos, habiendo sido necesaria la evacuación de la población aledaña y de su ganado por encontrarse anteun peligro inminente; Que, con fecha 23.ABR.2006, mediante Decreto Supremo Nº 020-2006-PCM del 21.ABR.2006, sedeclaró el Estado de Emergencia en la provincia de General Sánchez Cerro del departamento de Moquegua y el distrito de San Juan de Tarucani de laprovincia y departamento de Arequipa por el peligro inminente generado por el incremento de la actividad volcánica del Ubinas; Que, mediante Oficio Nº 341-2006 GRA/PR-GGR- GRPPAT-SGPI del 8.MAY .2006, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y AcondicionamientoTerritorial del Gobierno Regional de Arequipa remitió las Fichas Técnicas reformuladas correspondiente a “Acciones de Alimentación del Ganado producto de laactividad volcánica del Ubinas” y “Acciones de sanidad del Ganado producto de la actividad volcánica del Ubinas”, para la ejecución de actividades en el SectorAgricultura; Que, mediante Oficio Nº 2874-2006-INDECI/4.0 del 23.MAY.2006, se remitió a la DGPM el Informe TécnicoNº 017-2006-INDECI/DNO/11.0, emitido por la Dirección Nacional de Operaciones del INDECI, donde se concluye en que es necesario desarrollar las actividades antesseñaladas por el monto ascendente a UN MILLÓN CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1’005 628.00); Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2006-EF se incorporó vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Pliego 006INDECI, la suma de UN MILLON CIENTO SESENTA MIL CIENTO VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1’ 160 128.00), correspondiente a la Fuente deFinanciamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno, provenientes del crédito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de laNación a favor del INDECI, con cargo a los recursos de la mencionada Línea de Crédito; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución delTitular del Pliego, las mismas que serán obligatoriamente publicadas en el Diario Oficial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Arequipa, con cargo a los recursos provenientes del crédito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por elBanco de la Nación a favor del INDECI, hasta por el monto de UN MILLÓN CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1’005628.00), para la ejecución de las actividades señaladas en el Anexo 01 adjunto; Con las visaciones de la Subjefatura, las Oficinas de Asesoría Jurídica, Planificación y Presupuesto y Administración y Direcciones Nacionales de Operaciones y Proyectos Especiales; De conformidad con la Ley Nº 28562 - Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2005, Ley Nº 28652 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Ley Nº 28653 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal