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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (29/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 322720El Peruano jueves 29 de junio de 2006 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la adecuación del servicio público de telecomunicaciones de Distribución por Circuito Cerrado y del servicio especial de telecomunicaciones Distribución Privada de Emisiones y/o Señales, de los cuales es titular la empresa TC SIGLO 21 S.A.A., al servicio público de Distribución de Radiodifusión por Cable en la modalidad de Sistema de Distribución Multicanal Multipunto (MMDS), de acuerdo a las normas legales vigentes en materia de telecomunicaciones, así como la adecuación del contrato de concesión del Servicio Público de Distribución de Telecomunicaciones por Circuito Cerrado al contrato de concesión para la prestación del Servicio Público de Distribución de Radiodifusión por cable en la modalidad de Sistema de Distribución Multicanal Multipunto (MMDS). Artículo 2º.- Aprobar la Adenda de adecuación del contrato de concesión del Servicio Público de Distribución de Telecomunicaciones por Circuito Cerrado, mediante la cual se formaliza la adecuación al contrato de concesión para la prestación del Servicio Público de Distribución de Radiodifusión por Cable en la modalidad de Sistema de Distribución Multicanal Multipunto (MMDS). Dicha Adenda de adecuación consta de veinticinco (25) cláusulas y tres (3) anexos. Artículo 3º.- El plazo de la concesión otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 0025-82-TC/TEL se mantiene vigente; por lo que el plazo de veinte (20) años se computa a partir de la fecha en que fue expedida la Licencia de Operación para la prestación del Servicio Público de Distribución de Telecomunicaciones por Circuito Cerrado en la modalidad de sistema de antena comunitaria, para la recepción de programas de radiodifusión por los abonados, es decir desde el 4 de abril de 1990. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba la Adenda de adecuación que se aprueba en el artículo anterior; así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Pública de la referida Adenda y de las Adendas que se suscriban al Contrato. Artículo 5º.- La empresa TC SIGLO 21 S.A.A. se adecuará a las decisiones que adopte el Ministerio, una vez realizada la canalización de la banda 2500 a 2690 MHz. Artículo 6º.- La adecuación aprobada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda, a la que se hace referencia en el artículo 2º, no es suscrita por la empresa TC SIGLO 21 S.A.A. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 11362 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G61/G76/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G61/G20/G48/G65/G6C/G69/G6E/G6B/G61 /G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 078-2006-MTC/12 Lima, 24 de mayo del 2006 Vista la solicitud de la empresa HELINKA S.A.C., sobre modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial - Trabajo Aéreo: Agrícola, Defensa y Protección de la fauna, Fotografía, Prospección, Publicidad, Carga Externa e Inspección y Vigilancia; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nº 060-2004- MTC/12 del 5 de mayo del 2004 se otorgó a la empresa HELINKA S.A.C. Permiso de Operación de Aviación Comercial - Trabajo Aéreo: Agrícola, Defensa yProtección de la fauna, Fotografía, Prospección, Publicidad, Carga Externa e Inspección y Vigilancia, por el plazo de cuatro (4) años contados a partir del 16 de mayo del 2004; Que, de acuerdo al Documento con Registro Nº 2006- 010128 del 19 de abril del 2006, la empresa HELINKA S.A.C. solicita la modificación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial - Trabajo Aéreo: Agrícola, Defensa y Protección de la fauna, Fotografía, Prospección, Publicidad, Carga Externa e Inspección y Vigilancia, a fin de incrementar material aeronáutico y Sub-Bases de Operación a los ya autorizados; Que, según los términos del Memorando Nº 439-2006- MTC/12.AL, emitido por la Asesora Legal de la Dirección General de Aeronáutica Civil; Memorando Nº 1658-2006- MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aérea; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa HELINKA S.A.C., la modificación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial - Trabajo Aéreo: Agrícola, Defensa y Protección de la fauna, Fotografía, Prospección, Publicidad, Carga Externa e Inspección y Vigilancia, a fin de incrementar material aeronáutico y Sub-Bases de Operación a los ya autorizados a través de la Resolución Directoral Nº 060-2004-MTC/12 del 5 de mayo del 2004, de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONÁUTICO: (Además del ya autorizado) - Alouette III SA316B. - Lama SA315B. - S61N. - S61L. SUB-BASES DE OPERACIÓN: (Además de las ya autorizadas) - Aeródromo del Cuzco. - Aeródromo de Arequipa. - Helipuerto de Superficie "Helinka". - Helipuerto de Superficie "María Reiche". Artículo 2º.- Incorporar a la Resolución Directoral Nº 060-2004-MTC/12 del 5 de mayo del 2004, el siguiente artículo: "Artículo 14º.- La empresa HELINKA S.A.C. deberá respetar la riqueza cultural, histórica y turística que sustenta la buena imagen del país." Artículo 3º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 060-2004-MTC/12 del 5 de mayo del 2004, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS CESAR RIVERA PEREZ Director General de Aeronáutica Civil 09557