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NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 29 de junio de 2006 322725REPUBLICADELPERU funcionamiento de la Sala Civil Transitoria, de la Primera Sala Penal Transitoria, y de la Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente Resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidentes de las Salas Permanentes y Transitorias del Supremo Tribunal, Fiscal de la Nación, Ministerio de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República, Gerencia General del Poder Judicial, Procuraduría Pública del Poder Judicial, e Inspectoría General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.ANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ11462 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/GE1/G6E /G6C/G6F/G73/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G61/G6D/G70/G61/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G4E/G75/G65/G76/G6F/G20/G43/GF3/G64/G69/G67/G6F/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G61/G6C/G20/G50/G65/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 096-2006-CE-PJ Lima, 28 de junio del 2006 VISTOS:Los Oficios Nº 063-2006-ETI-PJ y Nº 065-2006-ETI- PJ, cursados por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal; y, CONSIDERANDO:Que, el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal somete a consideración de este Órgano de Gobierno para su aprobación los siguientes proyectos de Reglamentos que regularán los procesos judiciales al amparo del Nuevo Código Procesal Penal promulgado por Decreto Legislativo Nº 957: a) Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal; b) Reglamento General de Audiencias bajo las Normas del Código Procesal Penal; c) Reglamento de Administración del Nuevo Despacho y de las Causas para Juzgados y Salas Penales; y d) Reglamento del Expediente Judicial bajo las Normas del Código Procesal Penal, a efectos de que se disponga su entrada en vigencia de acuerdo a lo previsto en la Actualización del Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS, de fecha 3 de marzo del 2006; Que, conforme a lo prescrito en el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 958 corresponde al Poder Judicial dictar las Reglamentaciones previstas en el Código Procesal Penal y las Directivas que con carácter general y obligatorio permitan la efectiva y adecuada aplicación del nuevo sistema procesal penal; Que, revisados los mencionados proyectos y de conformidad con lo previsto con el artículo 7º del citado Decreto Legislativo Nº 958, resulta necesaria la aprobación de los Reglamentos de Implementación del Código Procesal Penal del 2004 elaborados por el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión extraordinaria de la fecha, sin las intervenciones del señorPresidente de este Órgano de Gobierno y del señor Consejero José Donaires Cuba por encontrarse licencia, respectivamente, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar los siguientes Reglamentos que regularán los procesos judiciales al amparo del Nuevo Código Procesal Penal promulgado por Decreto Legislativo Nº 957, los mismos que en anexos forman parte integrante de la presente resolución, y entrarán en vigencia de conformidad con el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS, de fecha 3 de marzo del 2006: - Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal. - Reglamento General de Audiencias bajo las Normas del Código Procesal Penal. - Reglamento de Administración del Nuevo Despacho y de las Causas para Juzgados y Salas Penales. - Reglamento del Expediente Judicial bajo las Normas del Código Procesal Penal. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente Resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Academia de la Magistratura, Cortes Superiores de Justicia del país, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.ANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ- Los mencionados Reglamentos se publicarán en la página Web del Poder Judicial, Portal de Internet www.pj.gob.pe. 11456 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONTRALORÍA GENERAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G69/G63/G6C/G61/G79/G6F/G2D/G20/G4C/G61/G6D/G62/G61/G79/G65/G71/G75/G65 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 190-2006-CG Lima, 26 de junio de 2006 VISTO, el Informe Especial Nº 065-2006-CG/ORCH resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de Chiclayo - Lambayeque, por el período ENE. - DIC.2003, habiéndose ampliado la revisión al período 2000 - 2004 en algunos aspectos; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al Plan Anual de Control de la Oficina Regional de Control Chiclayo, la Contraloría General de la República dispuso la ejecución de una acción de control