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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (29/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 29 de junio de 2006 322721REPUBLICADELPERU /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G61/G76/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G48/G6F/G72/G69/G7A/G6F/G6E/G73 /G53/G6F/G75/G74/G68/G20/G41/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 088-2006-MTC/12 Lima, 6 de junio de 2006 Vista la solicitud de la empresa HORIZONS SOUTH AMERICA S.A.C., sobre Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo: Vuelos de Aerofotografía. CONSIDERANDO:Que, con Documento con Registro Nº 2006-008035 del 27 de marzo del 2006 precisado a través del Documento con Registro Nº 022238 del 3 de abril del 2006 la empresa HORIZONS SOUTH AMERICA S.A.C., solicitó Permiso de Operación de Aviación Comercial - Trabajo Aéreo: Vuelos Aerofotográficos; Que, según los términos del Memorando Nº 352-2006- MTC/12.AL, emitido por la Asesora Legal de la Dirección General de Aeronáutica Civil; Memorando Nº 1528-2006- MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aérea; Informes Nº 024-2006-MTC/12.03.ECO, Nº 051-2006-MTC/ 12.03.ECO y Nº 058-2006-MTC/12.03.ECO, emitidos por la Jefatura de Estudios Económicos de la Dirección de Circulación Aérea, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa HORIZONS SOUTH AMERICA S.A.C., Permiso de Operación de Aviación Comercial - Trabajo Aéreo: Vuelos de Aerofotografía, por el plazo de cuatro (4) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para iniciar sus operaciones aéreas la empresa HORIZONS SOUTH AMERICA S.A.C. deberá contar con el Certificado de Explotador correspondiente, así como sus Especificaciones de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial - Trabajo Aéreo: Vuelos Aerofotográficos ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Cessna T310Q ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS Departamento: Amazonas - Chachapoyas, Rodríguez de Mendoza, Ciro Alegría, Galilea.Departamento: Ancash - Chimbote, Huascarán / Anta. Departamento: Apurímac - Andahuaylas. Departamento: Arequipa - Arequipa Departamento: Ayacucho - Ayacucho Departamento: Cajamarca - Cajamarca, Jaén. Departamento: Cusco - Cuzco, Quincemil, Yauri. Departamento: Huánuco - Tingo María, Huánuco. Departamento: Ica - Pisco, Nasca. Departamento: Junín - Jauja, Mazamari. Departamento: La Libertad - Trujillo. Departamento: Lambayeque - Chiclayo. Departamento: Lima - Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, Collique Departamento de Loreto - Caballococha, Iquitos, Yurimaguas, El Estrecho, Requena. Departamento: Madre de Dios - Puerto Maldonado, Iñapari. Departamento: Moquegua - Ilo, Moquegua. Departamento: Piura - Talara, Piura, Huancabamba. Departamento: Puno - Juliaca.Departamento de San Martín - Rioja, Tarapoto, Juanjuí, Tocache. Departamento: Tacna - Tacna. Departamento: Tumbes - Tumbes. Departamento de Ucayali - Pucallpa, Atalaya, Puerto Esperanza, Sepahua. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional Jorge Chávez. Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la empresa HORIZONS SOUTH AMERICA S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matrícula vigentes, expedidos -de ser el caso- por el Registro Público de Aeronaves de la Oficina Registral de Lima y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, de la Póliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aérea. Artículo 3º.- La empresa HORIZONS SOUTH AMERICA S.A.C. está obligada a presentar a la Dirección General de Aeronáutica Civil, los datos estadísticos e informes que correspondan a su actividad aérea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 4º.- La empresa HORIZONS SOUTH AMERICA S.A.C. está obligada a establecer un Sistema