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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2006 (02/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 55

PÆg. 313565 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de marzo de 2006 consecuencia se deniega la admisión a trámite la solicitud de inscripción de los siguientes candidatos:Urbina Moya Eduardo Augusto con número de inscripción 27 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 08384399, por cuanto tal como se adviertede su propia Declaración Jurada de Vida a fojas 276, el candidato tiene suspendido el ejercicio de su ciudadanía al haber sido sentenciado por tres años de Pena Privativade Libertad; y Luna Gálvez José León con número de inscripción 30 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 07246887, conforme a la informaciónremitida por el Congreso de la República que el candidato tiene suspendido el ejercicio de la ciudadanía por ser funcionario público inhabilitado, con inhabilitación desdeel 06 de abril de 2002 hasta por el tiempo que demore el proceso judicial (Expediente 016-2001-CR). Cuarto.- Que con relación al texto expreso del artículo 114º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859 concordante con el artículo 4º del Reglamento para la recepción, calificación e inscripción de fórmulas decandidatos al Congreso de la República en las Elecciones Generales de 2006 - Resolución Nº 047-2006-JNE, no se cumple con estas normas con la sola presentaciónde el pedido de licencia, sino que ésta debe ser concedida con la antelación debida, esto es (60) días antes de la fecha las elecciones, criterio que también se encuentraestablecido por el Jurado Nacional de Elecciones en sus Resoluciones Nº 132-2006-JNE y 151-2006-JNE, de fecha 21 y 22 de febrero respectivamente; no obstanteello los candidatos pueden regularizar la omisión incluso con la presentación de su recurso de apelación (ver Resolución Nº 164-2006-JNE de fecha 23 de febrero delpresente año). Por estas consideraciones, en virtud de lo dispuesto en el artículo 36º inciso f) de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486, artículo 119º de la Ley Orgánica de Elecciones; y en la Resolución Nº 047-2006-JNE; el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, en uso de sus facultades conferidas por ley: RESUELVE: Artículo Primero .- Admitir a trámite la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Congreso de la República presentada por el Personero Legal de la Alianza Electoral “Unidad Nacional”, para el proceso deElecciones Generales del 09 de abril de 2006, la misma que está integrada como sigue: Nº APELLIDOS Y NOMBRES DNI ORDEN 01 Menchola Vásquez Walter Ricardo 10491127 02 Bedoya de Vivanco Javier 08771966 03 Ruiz Silva Wilder Augusto 07590902 04 Villarán Salazar José Luis 06132187 05 Castro Stagnaro Raúl Eduardo 07278274 06 Harm Fernández Dávila Ursula María 08774149 07 Bustamante Castro Martín Marcial 07770307 08 Zegarra Lévano Jorge Luis 08270631 09 Cajina Barrera Gastón Alejandro 08747002 10 Galarreta Velarde Luis Fernando 09537000 11 Pérez Del Solar Cuculiza Gabriela Lourdes 07877981 13 Parra Sánchez Marco Antonio 08689864 14 Saravia Soriano Mónica Emperatriz 08132516 15 Franco De Montenegro Lola Eufemia 07806250 16 Rivera Vílchez Walter Enrique 10477797 17 Pérez Tello De Rodríguez María Soledad 07867789 18 Koechlin Von Stein Jorge 06521283 19 Mormontoy Gonzáles Patricia 44293833 20 Alcorta Suero María Lourdes Pía Luisa 08235876 22 Alvarez Silva Esther Milagros 07553219 23 Rocha Salazar de Trujillo Ahura Hires 10404860 24 Pérez Luyo Ricardo Gabriel 07240879 25 Ponce Fernández Sabina Estelita 43761603 28 Kleinberg Ackerman José 08219814 31 De Pomar Vizcarra Edgardo Renán 09489571 32 Velazco Revoredo Daniella María 40341274Nº APELLIDOS Y NOMBRES DNI ORDEN 33 Chavarry Chimoy de Saldaña Carmen Rosa 10748835 34 Campos Ramos María Milagros Socorro 08222474 35 Lombardi Elías Güido Ricardo 07853976 Artículo Segundo.- Denegar a trámite la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Congreso de la República presentada por el Personero Legal de la Alianzaelectoral “Unidad Nacional”, para el proceso de Elecciones Generales del 09 de abril de 2006, la misma que está integrada como sigue: Nº APELLIDOS Y NOMBRES DNI ORDEN 12 Ruíz Huidobro Cubas Manuel Eduardo 06997297 21 Montero Lara Marcia 10806720 26 Isla Cabrera César Emilio 19850398 27 Urbina Moya Eduardo Augusto 08384399 29 Tong Hurtado Teodoro Federico 07973345 30 Luna Gálvez José León 07246887 Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sección normas legales del Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ARAUJO SANCHEZ MEDINA GALDOSMARTINEZ GARCIA 03833 Admiten a trÆmite solicitud de inscripción de candidatos al Congreso de la Repœblica del "Frente de Centro"para el Distrito Electoral de la RegiónLima JURADO ELECTORAL ESPECIAL LIMA CENTRO RESOLUCIÓN Nº 0093-2006-JEE/LC Lima, 1 de marzo de 2006.VISTA: La solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Congreso de la República, presentada por don Luis Dario Gutiérrez, personero legal titular del“Frente de Centro”, para el Distrito Electoral de la Región Lima, en el proceso de Elecciones Generales 2006, presentada el 8 de febrero de 2006. CONSIDERANDO: Que, los Jurados Electorales Especiales ubicados en la capital del departamento tienen a su cargo la inscripción de las listas de candidatos al Congreso de laRepública; Que, los partidos políticos o alianzas registrados en el Registro de Organizaciones Políticas del JuradoNacional de Elecciones sólo pueden inscribir una lista de candidatos al Congreso de la República en cada Distrito Electoral ante el Jurado Electoral Especialcorrespondiente, hasta sesenta (60) días naturales antes de la fecha de las elecciones, conforme lo establece el artículo 115º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859,concordante con el artículo 11º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094. Primero.- Que, habiéndose procedido a calificar y procesar la solicitud presentada, en cuanto a los requisitos positivos referidos a la edad, nacionalidad,goce del derecho de sufragio y ejercicio de la ciudadanía de los candidatos, requisitos negativos concernientes a los impedimentos y condición de inelegibilidad, cuota degénero, declaración jurada de vida, democracia interna