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PÆg. 313557 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de marzo de 2006 Convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de Regidora dela Municipalidad Distrital deHuancaspata, provincia de Pataz RESOLUCIÓN Nº 203-2006-JNE Exp. Nº 042-2006. Lima, 27 de febrero de 2006VISTA la solicitud formulada por el alcalde de la Municipalidad Distrital de Huancaspata, provincia dePataz, departamento de La Libertad; sobre convocatoria de candidato por vacancia del cargo de regidor de don Justo Haro Aguirre por causal prevista en el inciso 7) delartículo 22º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; CONSIDERANDO: Que en Sesión Extraordinaria de fecha 12 de octubre de 2005, de fojas 20 a 21, el Concejo Distrital de Huancaspata acordó por unanimidad declarar la vacancia del cargo de regidor de don Justo Haro Aguirre, por lacausal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias de concejo, prevista en el inciso 7) del artículo 22º de la Ley Nº 27972; expidiéndose en igual sentido elAcuerdo de Concejo Nº 009-2005-MDH del 13 de octubre de 2005 de foja 24; Que mediante las actas de las sesiones ordinarias de fechas 16, 23 y 29 de setiembre de 2005 y notificaciones de las mismas, consta la inasistencia injustificada de don Justo Haro Aguirre a las sesionesordinarias; Que se ha notificado al regidor Justo Haro Aguirre el acuerdo de vacancia según constancia de foja 25; yconforme al certificado emitido por la Secretaría General de la Municipalidad de foja 26, se deja constancia que habiendo transcurrido el plazo de ley no existe recursoimpugnatorio alguno, con lo que el referido acuerdo quedó consentido; Que habiéndose cumplido con los requisitos formales para la expedición de credenciales al accesitario, y estando a lo dispuesto en el artículo 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en caso devacancia, el regidor es reemplazado por el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral; correspondiendo en este caso llamar a doñaJulia Arellano Carbajal, candidata no proclamada de la organización política local “Fuerza Campesina”, según los documentos remitidos por el Jurado Electoral Especialde Pataz; El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a doña Julia Arellano Carbajal, candidata no proclamada de la organización política local “Fuerza Campesina”, para que asuma el cargode Regidora de la Municipalidad Distrital de Huancaspata, provincia de Pataz, departamento de La Libertad, para completar el período de gobierno municipal 2003 - 2006,debiendo otorgársele la respectiva credencial. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la credencial de Regidor de la Municipalidad Distrital de Huancaspata,otorgada a don Justo Haro Aguirre. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMIREZPEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓVELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ, Secretario General (e) 03719Admiten a trÆmite solicitud de inscripción de candidatos al Congresode la Repœblica del Partido "Socialista"para el Distrito Electoral de la Región Lima JURADO ELECTORAL ESPECIAL LIMA CENTRO RESOLUCIÓN Nº 0085-2006-JEE/LC Lima, 27 de febrero de 2006 VISTA: La solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Congreso de la República, presentada pordon Eduardo Enrique Ballon Echegaray, personero legal titular del Partido “Socialista”, para el Distrito Electoral de la Región Lima, en el proceso de Elecciones Generales2006, presentada el 08 de febrero de 2006, expediente 005-2006-LC. CONSIDERANDO: Que, los Jurados Electorales Especiales ubicados en la capital del departamento tienen a su cargo la inscripción de las listas de candidatos al Congreso de la República; Que, los partidos políticos o alianzas registrados en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones sólo pueden inscribir una lista decandidatos al Congreso de la República en cada Distrito Electoral ante el Jurado Electoral Especial correspondiente, hasta sesenta (60) días naturales antesde la fecha de las elecciones, conforme lo establece el artículo 115º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, concordante con el artículo 11º de la Ley de PartidosPolíticos Nº 28094. Primero.- Que, habiéndose procedido a calificar y procesar la solicitud presentada, en cuanto a los requisitos positivos referidos a la edad, nacionalidad, goce del derecho de sufragio y ejercicio de la ciudadaníade los candidatos, requisitos negativos concernientes a los impedimentos y condición de inelegibilidad, cuota de género, declaración jurada de vida, democracia internay demás exigencias legales previstas en la Constitución y la Ley Orgánica de Elecciones, Ley de Partidos Políticos y otras normas conexas, además del TUPA; esprocedente la admisión a trámite de la solicitud de inscripción, conforme lo dispone el artículo 9º del Reglamento para la recepción, calificación e inscripciónde la lista de candidatos al Congreso de la República, aprobado por Resolución Nº 047-2006-JNE; se procede a admitir a trámite la solicitud de inscripción de los candidatos señalados en el articulo primero de la parte resolutiva de la presente Resolución. Segundo.- Que, se advierte que no se ha dado cumplimiento de lo establecido en el artículo 114º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859 concordante con el artículo 4º del Reglamento para la recepción,calificación e inscripción de fórmulas de candidatos al Congreso de la República en las Elecciones Generales de 2006 - Resolución Nº 047-2006-JNE, respecto atrabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos y de los Organismos y Empresas del Estado que no han cumplido con adjuntar el otorgamiento de la licencia singoce de haber, concedida sesenta (60) días antes de la fecha las elecciones; en consecuencia se deniega la admisión a trámite la solicitud de inscripción de lossiguientes candidatos: Lynch Gamero Nicolas Javier , con número de inscripción 03 e identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 10270250, porcuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha labora en la Universidad Mayor de San Marcos,Organismo descentralizado autónomo con personería Jurídica de Derecho Público Interno, como profesor Principal; de Caro Meléndez Jose Antonio, con número de inscripción 08 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 00820037, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce dehaber, siendo que a la fecha labora en el Ministerio de